RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la segunda Adenda de modificación del Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales "Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres-MÁSMEDIO", para el desarrollo del Plan Provincial de Puntos Limpios de la provincia de Cáceres, financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next-Generation EU".
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 8 de mayo de 2026, la segunda Adenda de modificación del Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MÁSMEDIO , para el desarrollo del Plan Provincial de Puntos Limpios de la provincia de Cáceres, financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next-Generation EU , de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 20 de mayo de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
SEGUNDA ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO POR EL QUE SE ARTICULA LA CONCESION DIRECTA DE UNA SUBVENCION POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA AL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES - MÁSMEDIO , PARA EL DESARROLLO DEL PLAN PROVINCIAL DE PUNTOS LIMPIOS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, FINANCIADO POR EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA - NEXT-GENERATION EU .
8 de mayo de 2026.
REUNIDOS
De una parte, D. María Concepción Montero Gómez, Secretaria General de la Consejería de Industria, Energía , Ciencia y Territorio en virtud del Decreto 41/2026, de 5 de mayo, por el que se dispone su nombramiento, y debidamente autorizada por acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 5 de mayo de 2026.
La presente Adenda de modificación del convenio ha sido autorizado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 5 de mayo de 2026.
Y de otra parte, el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio (MASMEDIO) con NIF P1000044F y sede en el Edifico Julián Murillo, calle Ronda de San Francisco n.º3 cp. 10002 de Cáceres y en su nombre y representación D. Miguel Ángel Morales Sánchez, con DNI ***4361**, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, con poderes suficientes para la firma de este Convenio, de acuerdo con lo establecido en su toma de posesión del referido cargo, en sesión constitutiva de 1 de julio de 2023, fecha en la que asumió todos los derechos, deberes y demás obligaciones que al cargo le confiere el actual ordenamiento jurídico.
Intervienen ambos en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción del presente Convenio y, al efecto,
MANIFIESTAN
Primero. La Junta de Extremadura, a través de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas las competencias para la protección del medio ambiente y de los ecosistemas, debiendo adoptar las medidas necesarias para garantizar la conservación, protección y recuperación de las especies de fauna y flora que viven en el estado silvestre en su territorio.
Conforme se establece en el Decreto 18/2026, de 30 de abrilo (DOE núm. 83 de 4 de mayo), por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre los órganos directivos que constituyen la Consejería de Industria, Energía , Ciencia y Territorio se encuentra la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal la cual llevará a cabo , la planificación, gestión y control de las actividades y proyectos con repercusiones en el medio ambiente, la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, así como, el otorgamiento de las autorizaciones ambientales a que se encuentren sujetas los proyectos y actividades, así como su control y seguimiento..
Asimismo, le corresponde las funciones en materia de residuos, calidad del aire y protección de la atmósfera, protección del paisaje, así como en materia de contaminación acústica, lumínica y radiológica.
Igualmente, llevará a cabo la promoción, ejecución y control en materia de gestión de la riqueza y potencial forestal y sus aprovechamientos.
Para prevenir la contaminación ocasionada por distinto tipos de residuos y asegurar la conservación de los valores naturales presentes en Extremadura resulta indispensable el mantenimiento y creación de instalaciones cerradas y ambientalmente controladas, ubicadas en zonas urbanas o periurbanas, en las que se disponga de contenedores específicos para la recogida selectiva de aquellos residuos asimilables a urbanos que requieren una recogida y tratamiento especializados, llamados Punto limpio .
Segundo. Los Puntos Limpios de la provincia de Cáceres se implantaron principalmente entre los años 2010 y 2015, fomentados por diferentes ayudas, destinadas a las entidades locales, y que tenían por objeto la construcción de estas instalaciones en aquellos municipios que lo solicitasen, entre otras mediante el Decreto 114/2012 y Orden 6 de noviembre de 2014. Sin embargo, una vez transcurrido el tiempo, algunos de estos Puntos Limpios presentan deficiencias, tanto en aspectos relativos a su mantenimiento y conservación, como aquellos relacionados con la gestión de las instalaciones.
En este sentido, se debe destacar que un número importante de municipios que disponían estas instalaciones han transmitido a la Diputación de Cáceres y MASMEDIO la gestión de las mismas. Todo ello debido a que la falta de medios, la imposibilidad de alcanzar una economía de escala en la gestión, el elevado peso de los costes fijos en este tipo de instalaciones y la imposibilidad de lograr la recuperación de costes, hacen inviable la gestión de estos Puntos Limpios para la mayoría de los municipios, problema que se agudiza en los municipios de menor población.
Debido a esta circunstancia, MASMEDIO tiene en planificación el desarrollo de un Plan Provincial de Puntos Limpios en la provincia de Cáceres, que permita la gestión unificada de treinta y dos instalaciones de Puntos Limpios, que incluirá tanto instalaciones existentes (que requieren de acciones de adecuación y/o reforma) como instalaciones de nueva construcción.
Tercero. Con fecha 30 de diciembre de 2024, se firmó el CONVENIO POR EL QUE SE ARTICULA LA CONCESION DIRECTA DE UNA SUBVENCION POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA AL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES - MÁSMEDIO , PARA EL DESARROLLO DEL PLAN PROVINCIAL DE PUNTOS LIMPIOS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, FINANCIADO POR EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA - NEXT-GENERATION EU .
Cuarto. Con fecha de 17 de marzo de 2026, se suscribió la PRIMERA ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO POR EL QUE SE ARTICULA LA CONCESION DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA AL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES - MÁSMEDIO , PARA EL DESARROLLO DEL PLAN PROVINCIAL DE PUNTOS LIMPIOS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, FINANCIADO POR EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA - NEXT-GENERATION EU , Dicha adenda tuvo por objeto la ampliación del plazo de vigencia del convenio hasta el 15 de mayo de 2026.
Quinto. Mediante escrito de fecha de 25 de marzo de 2026 dirigido a la Dirección General de Sostenibilidad de la extinta Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, D. Miguel Ángel Morales Sánchez, en su concicion de Presidente del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio solicita : la aprobación de una nueva adenda de modificación con la finalidad de ampliar el plazo de ejecución de las inversiones financiadas con cargo a la subvención que se canaliza a través del mismo hasta el 31 de agosto de 2026 asi como la correspondiente ampliación del plazo de justificación de la subvencion .
La cláusula sexta del convenio prevé expresamente la posibilidad de modificación del mismo, previa valoración técnica, siempre que dicha modificación no altere la naturaleza ni los objetivos de la subvención ni de las inversiones financiadas con cargo a la misma.
Examinada la solicitud, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo adoptado por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de fecha 24 de julio de 2024, cuyo punto 15 establece que todas las actuaciones objeto de financiación deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de febrero de 2020 y que el plazo de ejecución deberá ajustarse a lo previsto en la Decisión de Ejecución, conforme a la cual la implementación de la Inversión 3 deberá concluir, como máximo, el 30 de junio de 2026, debiendo asegurarse en dicha fecha el cumplimiento del objetivo n.º 443.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la cláusula sexta del convenio, que prevé la posibilidad de modificación previa valoración técnica, el Director Técnico ha emitido informe con fecha 20 de abril de 2026 en el sentido siguiente .
— Desestimar la fecha solicitada de ampliación del plazo de la ejecución de las inversiones, en base al punto 15 del Acuerdo adoptada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente con fecha 24 de julio de 2024: Todas las actuaciones objeto de financiación deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de febrero de 2020. El plazo para su ejecución deberá ceñirse a lo previsto en la Decisión de Ejecución que establece que la implementación de la Inversión 3 concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026. Por lo tanto, la ejecución de los proyectos técnicos seleccionados deberán asegurar el cumplimiento del objetivo n.º 443 a 30 de junio de 2026
— Ampliar el plazo de ejecución de las inversiones financiadas con cargo a la subvención hasta el 19 de junio de 2026. Ello teniendo presente que dicho cambio en ningún caso desvirtúa ni la naturaleza ni los objetivos de la subvención ni de las inversiones financiadas con cargo a la misma
Por todo ello, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente Adenda tiene por Objeto la modificación del Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio con el objeto de ampliación de plazo de ejecución y vigencia.
En concreto se modifica el clausulado del convenio en los términos recogidos en la cláusula siguiente.
Segunda. Modificación del convenio.
Uno. Se modifica la cláusula segunda referida a la vigencia que queda redactada de la siguiente manera:
La vigencia del presente convenio se extenderá desde la firma hasta el 19 de junio de 2026, plazo máximo de justificación, siendo plazo máximo de ejecución de las actuaciones hasta el 19 de junio de 2026 .
Dos: Se modifica el último apartado de la cláusula sexta, quedando redactado de la siguiente manera:
El período de ejecución referentes a las actividades incluidas en este convenio será desde la firma del convenio hasta el 19 de junio de 2026 .
Tres. Se modifican los párrafos segundos y terceros de la cláusula octava que se refiere al régimen de justificación y pagos quedando redactados de la siguiente manera:
El período de ejecución referentes a las actividades incluidas en este convenio será el siguiente desde la firma del convenio hasta el 19 de junio de 2026.
El periodo de justificación de los gastos y pagos referentes a las actividades incluidas en este convenio será desde la firma del convenio hasta el 19 de junio 2026 .
Tercera. Vigencia del resto de clausulado y anexos.
Los restantes términos y condiciones del convenio suscrito con fecha 30 de diciembre de 2024, mantienen su vigencia, salvo lo modificado en la presente Adenda.
Cuarta. Eficacia de la Adenda.
La presente adenda será eficaz desde la fecha de su firma por las partes y extenderá su vigencia hasta el 19 de junio de 2026.
En prueba de conformidad se firma a fecha de firma electrónica.
La Secretaria General de la Consejería de
Industria, Energia Ciencia y Territorio,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
El Presidente de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres,
MIGUEL ÁNGEL MORALES SÁNCHEZ