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RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2026, de la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural, por la que se hace pública la relación definitiva de los cotos incluidos en el inventario de cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2026/2027.
DOE Número: 101
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 01 de enero de 1970
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO NATURAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Caza.
Página Inicio: 22768
Página Fin: 22773
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Con fecha 23 de marzo de 2026, la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia dictó una resolución por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la temporada 2026/2027, que fue objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura n.º 58, de 25 de marzo de 2026.
Revisadas las solicitudes presentadas en virtud a ésta, con fecha de 21 de abril de 2026, la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia dictó una Resolución por la que se hacía pública la relación provisional de los cotos incluidos en el inventario de cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2026/2027, y la relación de aquellos cotos que precisaban subsanar la solicitud para su inclusión, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 79, de 27 de abril de 2026.
Finalizado el plazo de subsanación de solicitudes para participar en dicho mecanismo, debe incluirse en el inventario de cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2026/2027 a aquellos que habiendo subsanado reúnen los requisitos exigidos por la resolución inicial y por otra parte, desistir aquellas solicitudes que no hayan subsanado la solicitud inicial.
Por todo lo expuesto, de acuerdo con la resolución antes citada y en virtud de la habilitación concedida en la disposición final segunda de la Orden de 22 de julio de 2024, por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Hacer pública la relación definitiva de cotos incluidos en el inventario de cotos participantes en el Plan de Caza Adaptativa de la Tórtola para la temporada 2026/2027, en el anexo I de esta resolución.
Debiendo considerar no obstante, que para la inclusión de dichos cotos en la resolución por la que se otorgará el cupo de capturas que le correspondiera, deberán cumplir con la monitorización y las medidas de gestión propuestas en la Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la temporada 2026/2027.
Segundo. Hacer pública la relación de cotos que no habiendo subsanado las carencias observadas en el plazo establecido en la Resolución de 21 de abril de 2026, de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se hacen públicas la relación provisional de los cotos incluidos en el inventario de cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2026/2027, y la relación de aquellos cotos que precisan subsanar la solicitud para su inclusión, se consideran desistidos en su solicitud inicial, conforme a la relación del anexo II.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 22 de mayo de 2026.
La Directora General de Caza, Pesca,
Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural,
MARÍA DE LAS MERCEDES MAZO TOMÉ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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