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RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento ordinario n.º 188/2026, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo.
DOE Número: 102
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 29 de mayo de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Recurso. Emplazamiento.
Página Inicio: 22807
Página Fin: 22807
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo con número de procedimiento ordinario 188/2026 por la representación procesal de D.ª Patricia Mogollón Moreno, frente a la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada presentado con fecha 27 de febrero de 2025, contra el Acuerdo de 9 de enero de 2025 del Tribunal de Selección n.º 10, por el que se hace pública la puntuación definitiva obtenida por las personas aspirantes para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico, Especialidad Arquitectura Técnica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el sistema excepcional de concurso de méritos (DOE n.º 247, de 28 de diciembre de 2022).
En consecuencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y dando debido cumplimiento al requerimiento efectuado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados para que puedan personarse ante este Tribunal, si a su derecho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Mérida, 18 de mayo de 2026.
El Director General de Función Pública,
HUGO ALFONSO CURIEL RODRÍGUEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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