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RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al segundo Acuerdo de prórroga para el año 2026, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Abertura, Alcollarín, Escurial y Zorita en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, suscrito con fecha 29 de diciembre de 2023.
DOE Número: 106
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 04 de junio de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO, INTERIOR Y EMERGENCIAS
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 23870
Página Fin: 23876
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 29 de diciembre de 2025, el segundo Acuerdo de prórroga para el año 2026, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Abertura, Alcollarín, Escurial y Zorita en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, suscrito con fecha 29 de diciembre de 2023, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 29 de mayo de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
SEGUNDO ACUERDO DE PRÓRROGA PARA EL AÑO 2026 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE ABERTURA, ALCOLLARÍN, ESCURIAL Y ZORITA EN LA PRESTACIÓN DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA, SUSCRITO CON FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 2023.
29 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Sara García Espada, Consejera de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo para la que ha sido nombrada por Decreto de la Presidenta 21/2023, de 20 de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), actuando en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 16 de diciembre.
Y de otra, doña Olga María Tello Muñoz, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Abertura, cargo para la que ha sido elegida con fecha de 17 de junio de 2023, don Juan Salvador Calzas Prados, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcollarín, cargo para el que ha sido elegido con fecha de 17 de junio de 2023, don Eduardo Sánchez Alvez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Escurial, cargo para el que ha sido elegido con fecha de 17 de junio de 2023 y don Jerónimo Ruiz Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zorita, cargo para el que ha sido elegido con fecha de 17 de junio de 2023, todos ellos actuando en virtud de las atribuciones que les confiere el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y como integrantes de la agrupación 046 ZORABESAL , previo acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Alcollarín en sesión celebrada el 22 de octubre de 2025, acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Zorita en sesión celebrada el 13 de noviembre de 2025, acuerdo de pleno del Ayuntamiento de Escurial en sesión ordinaria celebrada el 2 de octubre de 2025 y por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Abertura en sesión extraordinaria urgente celebrada el 14 de noviembre de 2025.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, todas las partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos de la presente prórroga y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Con fecha 29 de diciembre de 2023, se suscribió Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Abertura, Alcollarín, Escurial y Zorita en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
Segundo. La cláusula undécima relativa al periodo de vigencia del convenio establece que: El presente convenio entrará en vigor el mismo día de su firma, si bien, teniendo en cuenta su objeto, tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2024 hasta el día 31 de diciembre del 2024, y con independencia del plazo de 17 de febrero de 2025 que regula la cláusula quinta a efectos de justificación por parte del Ayuntamiento gestor.
En cualquier momento antes del 31 de diciembre de 2024, fecha de finalización del presente convenio, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga en función de las disponibilidades presupuestarias, o su extinción. La prórroga del convenio podrá conllevar la actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante .
Todo ello de acuerdo con los artículos 3.1.g) y 4 del Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el que se regula la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Con fecha 27 de diciembre de 2024 se suscribió acuerdo de prórroga y actualización de la financiación, para el año 2025, del convenio de colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Abertura, Alcollarín, Escurial y Zorita, en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica para el período comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.
Cuarto. Próxima a finalizar la vigencia del acuerdo de prórroga suscrito, todas las partes están interesadas en acordar una segunda prórroga del contenido del convenio suscrito, para el año 2026, en los términos de las cláusulas que se recogen en la parte dispositiva de este acuerdo y dentro del límite previsto en el artículo 49 letra h) punto 2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica, que permita a su vez garantizar el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema público de servicios sociales con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas y la justicia social, de acuerdo con la Ley 14/2015, de 9 de abril, Servicios Sociales de Extremadura.
Quinto. Todas las partes consideran necesario acordar la segunda prórroga del convenio, en base a razones de agilidad administrativa al ser un procedimiento más efectivo para seguir garantizando la financiación de la prestación de información, valoración y orientación del servicio social de atención social básica y con ello conseguir garantizar la continuidad de dicha prestación de forma eficiente que mejore su calidad.
Por todo lo expuesto, todas las partes acuerdan, por unanimidad, suscribir el presente segundo acuerdo de prórroga al referido convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Se prórroga para el periodo comprendido desde el 1 de enero del 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, la vigencia del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Abertura, Alcollarín, Escurial y Zorita en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica, suscrito el 29 de diciembre de 2023.
Segunda. La financiación de la presente prórroga para el año 2026 asciende a la cantidad de ochenta mil setecientos cuarenta y un euros con cincuenta y ocho céntimos (80.741,58 €), para lo cual la consejería de salud y servicios sociales aportará la cantidad de setenta y nueve mil novecientos treinta y cuatro euros con dieciséis céntimos (79.934,16 €), correspondiente al 99% de la financiación de la misma, y los Ayuntamientos la cantidad de ochocientos siete euros con cuarenta y dos céntimos ( 807,42 €), correspondiente a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación de la misma, conforme al presupuesto que se detalla en el anexo I de la presente prórroga y en la parte proporcional que le corresponda a cada uno de ellos conforme al anexo II de la presente prórroga.
Tercera. La aportación económica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la financiación de la prórroga se realizará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, aplicación presupuestaria 110030000/G/252B/46000/CAG0000001/20160094 Servicios Sociales de Atención Social Básica, con fuente de financiación Comunidad Autónoma.
La aportación económica de los Ayuntamientos para la financiación de la prórroga se financiará con cargo a sus Presupuestos municipales para el año 2026.
Cuarta. La presente prórroga queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes presupuestos para el año 2026 para financiar las obligaciones derivadas de la misma.
Y para que así conste y en prueba de conformidad, firman la presente prórroga mediante firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
SARA GARCÍA ESPADA
La Alcaldesa-Presidenta
del Ayuntamiento de Abertura,
OLGA MARÍA TELLO MUÑOZ
El Alcalde-Presidente
del Ayuntamiento de Alcollarín,
JUAN SALVADOR CALZAS PRADOS
El Alcalde-Presidente
del Ayuntamiento de Escurial,
EDUARDO SÁNCHEZ ALVEZ
El Alcalde-Presidente
del Ayuntamiento de Zorita,
JERÓNIMO RUIZ RODRÍGUEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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