Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

EXTRACTO de la Resolución de 28 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial correspondiente al ejercicio 2026.
DOE Número: 11
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 19 de enero de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Comercio. Ayudas.
Página Inicio: 2812
Página Fin: 2814
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):881067
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la presente resolución las asociaciones del sector comercio que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que estén constituidas como entidades sin ánimo de lucro, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Que desarrollen su actividad dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Que el 50% de los socios sean empresarios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes) y 65 (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes) del Impuesto de Actividades Económicas. Este porcentaje mínimo será del 40% siempre y cuando las asociaciones de comerciantes tengan al menos 100 socios.
d) Que más del 80 % de los socios tengan la categoría de pequeña y mediana empresa.
e) Que tengan al menos 40 socios.
f) Que estén inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Segundo. Objeto.
El fomento del asociacionismo comercial, ayudas dirigidas al sostenimiento de los gastos de estructura y de funcionamiento de las asociaciones de comerciantes. Con ello se pretende optimizar sus recursos propios, así como promover la contratación de personal para una gestión más directa y profesional, todo ello orientado a poner en valor las ventajas del asociacionismo haciendo más visible los beneficios que aporta a los socios.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 158/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial (DOE núm. 196, de 8 de octubre de 2018).
Cuarto. Cuantía.
Se subvencionará el 100% de los gastos elegibles con los siguientes límites máximos de ayuda según el número de socios del sector comercio de la asociación de comerciantes (agrupación 64 y 65 del Impuesto de Actividades Económicas):
a) Una subvención máxima de 3.000 euros si el número de socios del sector comercio no supera los 50.
b) Una subvención máxima de 4.500 euros si el número de socios del sector comercio está entre 51 y 75.
c) Una subvención máxima de 6.000 euros si la asociación tiene más de 75 socios del sector comercio.
El límite se incrementará en 10.000 euros para los gastos de personal en el caso de que la asociación lo solicite, siempre que el contrato sea a tiempo completo. Este importe será de 13.000 euros en el supuesto de que la persona objeto de contratación sea una mujer. Si no es a tiempo completo este importe se reducirá proporcionalmente en función del número de horas de la jornada de trabajo establecida. Tal y como se establece en el artículo 3.1 a) del Decreto 158/2018, de 2 de octubre, para que los gastos de personal sean subvencionables el contrato debe tener una antigüedad de al menos un año a fecha de publicación de la resolución de la convocatoria.
El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa 341ª Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña , de los presupuestos de 2026, con cargo al centro cargo al centro gestor 140030000, partida presupuestaria G/341A/48000, Código de Proyecto de gasto 20180197, denominado Ayudas para promover el asociacionismo comercial , con un importe de 200.000 euros, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de la Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico de los servicios y trámites en la siguiente dirección electrónica: https://juntaex.es/w/0631322
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica.
Mérida, 28 de noviembre de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

Otras Opciones

2026 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal