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EXTRACTO de la Resolución de 17 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas correspondiente al ejercicio 2026.
DOE Número: 11
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 19 de enero de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Comercio. Ayudas.
Página Inicio: 2783
Página Fin: 2784
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):881066
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Las franquicias que cumplan los requisitos establecidos por el artículo 2 del Decreto 161/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas (DOE núm. 199, de 11 de octubre de 2018).
Segundo. Objeto.
Se concederán ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 161/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas (DOE núm. 199 de 11 de octubre de 2018)
Cuarto. Cuantía.
El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado con cargo a la aplicación presupuestaria 14003341A77000 y proyecto de gasto 20170246 denominado Plan Franquicias , por un importe de 100.000,00 euros, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
Respecto al importe de la ayuda, en las categorías de gasto para la creación y actualización de manuales y para la formación inicial la ayuda, la cuantía de ayuda es del 40% de los gastos subvencionables y para los gastos de promoción y publicidad del 70%. No obstante, el Decreto 161/2018 de 2 de octubre, establece en el artículo 3 límites máximos de ayuda para los diferentes conceptos de gasto con la finalidad de adecuarlo al valor de mercado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico de los servicios y trámites en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0630922 .
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica.
Mérida, 17 de noviembre de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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