ANUNCIO de 30 de diciembre de 2025 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, del proyecto de instalación de gestión de residuos en el Polígono Industrial "El Nevero" promovido por Industria de Recuperaciones Hispano Lusas, SL, en el término municipal de Badajoz.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto- ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de instalación de gestión de residuos en el Polígono Industrial El Nevero promovido por Industria de Recuperaciones Hispano Lusas, SL, en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Avenida Valhondo, s/n de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico
exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto- Ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 7.1.e) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en las categorías 9.1 y 9.6 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativas a Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I e Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.
— Actividad:
El proyecto consiste en la instalación y puesta en funcionamiento de una instalación para el tratamiento y descontaminación de vehículos fuera de uso, para el almacenamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y para el almacenamiento y gestión de residuos metálicos y otros residuos no peligrosos.
— Capacidad de producción:
La capacidad de producción de las 7 líneas de tratamiento es la siguiente:
Línea 1: Centro de descontaminación de vehículos al final de su vida útil con una capacidad de tratamiento de 800 vehículos al año.
Línea 2: Clasificación y almacenamiento de metales: 37.342 Tn/año.
Línea 3: Clasificación y almacenamiento de RAEE: 4.069 Tn/año.
Línea 4: Valorización de cables: 4.369 Tn/año.
Línea 5: Valorización de RAEE no peligrosos: 1.222 Tn/año.
Línea 6: Compactación de metales: 24.716 Tn/año.
Línea 7: Clasificación y almacenamiento de residuos industriales: 1.502 Tn/año.
Ubicación: Las instalaciones se emplazan en el Polígono Industrial El Nevero , calle Joaquín Sánchez Valverde, n.º 79, naves C6, C7, C8, C2, C3, parte de C4, C9 y C5, D5 y espacio exterior frente a dichas naves. Las coordenadas de UTM de las instalaciones son: X: 674.024; Y: 4.307.101; Huso 29; datum: ETRS89. Sus referencias catastrales son las siguientes:
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Nave
reparcelación
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Nave
proyecto
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Ref. catastral
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Sup. m2
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Vinculada
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|---|
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C2
|
2
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3973006PD7037D0020LJ
|
415
|
100
|
|
C3
|
3973006PD7037D0021BK
|
415
|
100
|
|
C4
|
3
|
3973006PD7037D0022ZL
|
285
|
50
|
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C5
|
4
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3973006PD7037D0023XB
|
282
|
40
|
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C7
|
1
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3973006PD7037D0025QX
|
274
|
100
|
|
C8
|
3973006PD7037D0026WM
|
274
|
100
|
|
C9
|
4
|
3973006PD7037D0027EQ
|
584
|
50
|
|
D5
|
5
|
3973014PD7037D0003UY
|
625
|
100
|
|
C6
|
6
|
3973006PD7037D0024MZ
|
317
|
100
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— Infraestructuras:
Las naves del proyecto y su correspondencia con las naves de la reparcelación tienen las siguientes dependencias:
Nave 1 (C7-C8):
Valorización de cable (190 m2).
Valorización de RAEE No Peligrosos (163 m2).
Oficinas (28,5 m2).
Vestuarios (21m2).
Zonas de paso (170,5 m2).
Nave 2 (C2-C3):
Almacenamiento de metales en suelo y en contenedores (247 m2).
Almacenamiento de metales no férreos en sacas (106 m2).
Zona de limpieza de metales (67 m2).
Aseos (13 m2).
Oficinas (33 m2).
Zonas de paso (374 m2).
Nave 3 (C4):
Almacenamiento e RAEE (120 m2).
Almacenamiento de baterías (40 m2).
Zonas de paso (126 m2).
Nave 4 (C9-C5):
Almacenamiento de RAEE (60 m2).
Almacenamiento de varios residuos (120 m2).
Almacenamiento de motores eléctricos (60 m2).
Zonas de paso (200 m2).
Nave 5 (D5):
Zona de descontaminación de VFU (70 m2).
Almacenamiento de fracciones de la descontaminación (65 m2).
Zona de recepción (65 m2).
Almacenamiento de piezas para reutilización 140 m2).
Vestuarios (8 m2).
Almacén (8 m2).
Aseos (9 m2).
Oficinas (75 m2).
Zonas de paso (170 m2).
Nave 6 (C6): página 15:
Aseos (7,5 m2).
Zona de almacenamiento (183,5 m2).
Almacén de herramientas y consumibles (18 m2).
Zonas de paso (78 m2).
Campa (Naves 2-3-4-5):Esta zona exterior formada por la participación C y las zonas exteriores de las participaciones C2, C3, C4, C5 y C6 y tiene una extensión de 2.300 m2.
— Instalaciones y equipos principales:
Línea 1: Elevador de vehículos armado , tanques de almacenamiento de residuos, separador neumático, extractor de catalizadores, neutralizador de airbags, kit de recuperación de aire acondicionado, estanterías, carretilla elevadora y báscula de vehículos.
Línea 2: Báscula de palets, contenedores metálicos, máquina giratoria con pulpo, banco de trabajo y vehículos de transporte.
Línea 3: Contenedores, palets, estanterías y carretilla elevadora.
Línea 4: Pretriturador, granuladora y separadora.
Línea 5: Báscula y banco de trabajo equipado.
Línea 6: Prensa.
Línea 7: Contenedores GRG de 1 m3 de capacidad, y contenedores metálicos o de plástico tipo bigbox.
— Informe de impacto ambiental:
La instalación de gestión de residuos en el Polígono Industrial El Nevero cuenta con evaluación de impacto ambiental en trámite.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 30 de diciembre de 2025. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.