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RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2026, de la Secretaría General de Cultura, por la que se designa a los miembros de la Comisión de Valoración de las ayudas destinadas a la producción de largometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
DOE Número: 114
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 16 de junio de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Producción cinematográfica y audiovisual. Ayudas.
Página Inicio: 25890
Página Fin: 25890
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en el resuelvo decimocuarto de la Resolución de 6 de abril de 2026, por el que se convocan las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026 (DOE n.º 82, de 30 de abril), las solicitudes y documentación presentadas serán valoradas por una Comisión de Valoración.
El mismo precepto establece que la designación de los miembros de la Comisión de Valoración deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura por resolución del Secretario General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes con anterioridad al inicio de las actuaciones, y en virtud de ello,
RESUELVO:
Nombrar miembros de la Comisión de Valoración de las ayudas de la convocatoria mencionada a:
Presidente: Emilio Antonio Benito Alvarado (Jefe de Servicio de Promoción Cultural).
Vicepresidente: Antonio Gil Aparicio (Director de Medios Audiovisuales y Filmoteca de Extremadura).
Vocales: Ignacio Carballo Sánchez (profesional Técnico).
María Dolores Blanco Riudoms (profesional Técnico).
Rosa María Pérez Hernández (profesional Técnico).
Secretaria: Cecilia Vega Ferrera (empleada pública de la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes).
Mérida, 5 de junio de 2026.
El Secretario General de Cultura,
JOSÉ LUIS GIL SOTO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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