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ANUNCIO de 9 de junio de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2025.
DOE Número: 115
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 17 de junio de 2026
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Formación para el empleo. Subvenciones.
Página Inicio: 26318
Página Fin: 26321
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El Servicio Extremeño Público de Empleo se crea como organismo autónomo de carácter administrativo mediante Ley 7/2001, de 14 de junio (DOE n.º 76, de 3 de julio), estableciéndose en su artículo 1, como fines generales del mismo la ejecución de las competencias de administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo.
Por otro lado, el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo) atribuye al organismo autónomo la gestión de la formación profesional para el empleo, impulsando y extendiendo entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda adecuadamente a sus necesidades y contribuya al desarrollo de la economía extremeña, bajo la coordinación y/o supervisión estratégica de la Secretaría General de Empleo.
En concreto, el artículo 4, apartado f, del mencionado decreto, atribuye a este organismo la competencia de la gestión de la formación profesional para el empleo, que favorezca la inserción laboral de las personas desempleadas y la cualificación profesional de personas desempleadas y ocupadas.
El Decreto 121/2021, de 20 de octubre, regula el procedimiento para la declaración estratégica de la formación para el empleo, prevista en proyectos empresariales que sean de especial interés para la región por su impacto significativo en el empleo, y que cumpliendo determinados condicionantes, permitan la adquisición de un nivel de cualificación profesional de las personas, a través de la realización de acciones formativas específicas encaminadas a la creación de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mediante Orden de 29 de agosto de 2022, se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la formación declarada como estratégica (DOE núm. 171, de 5 de septiembre). La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la impartición de la formación declarada como estratégica en los proyectos empresariales de interés para el empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, ya que tal calificación acredita la existencia de motivos de interés público, económico y social que no hace posible la aplicación del régimen de concurrencia competitiva.
En concordancia con la anterior en fecha 6 de febrero de 2025 se publica Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2025
Las ayudas convocadas tienen como finalidad financiar los costes derivados de la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para su financiación.
El artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de conceder subvenciones de forma directa mediante convocatoria abierta, considerando al citado procedimiento como un régimen excepcional.
Por su parte, el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención.
No obstante, el apartado segundo del mismo precepto legal exceptúa de la obligación de publicación en el DOE, entre otros, de las subvenciones concedidas cuyo importe individualmente considerado sea de cuantía inferior a 3.000 euros.
Igualmente, atendiendo a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, las subvenciones concedidas fuera de los procedimientos de concurrencia competitiva deberán publicarse en el Portal Electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura.
En cumplimiento de este mandato y en ejercicio de sus competencias propias en materia de concesión subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, la Secretaria General de Empleo, en virtud de las funciones que tiene atribuidas como Directora Gerente,
RESUELVE:
Único. Dar publicidad a las subvenciones concedidas por la Dirección General de Formación para el Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo en el año 2025, al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para su financiación, la Orden de 29 de agosto de 2022, se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la formación declarada como estratégica y la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2025, que se detallan en el anexo I adjunto, con expresión de los beneficiarios, programa y crédito presupuestario, y cuantía concedida.
Mérida, 9 de junio de 2026. La Secretaria General de Empleo, Decreto 108/2026, de 26 de mayo (DOE n.º 105, de 3 de junio de 2026), MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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