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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio del reajuste de anualidades del crédito de la convocatoria del Programa 1 de ayudas a las actuaciones de accesibilidad en espacios públicos urbanizados de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2025, aprobada mediante Decreto 106/2025, de 26 de agosto.
DOE Número: 120
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 24 de junio de 2026
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE SALUD Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Promoción de la accesibilidad. Subvenciones.
Página Inicio: 27046
Página Fin: 27048
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 859967
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 193 de fecha 7 de octubre de 2025, el Extracto de la primera convocatoria del Programa 1 del Decreto 106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales destinadas a fomentar la adaptación de espacios públicos urbanizados de titularidad pública y edificios o establecimientos de titularidad pública o privada, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia de accesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio económico 2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) con la identificación BDNS 859967.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente, en la modificación del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con la modificación producida, cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
De acuerdo con la disposición adicional primera del Decreto 106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales destinadas a fomentar la adaptación de espacios públicos urbanizados de titularidad pública y edificios o establecimientos de titularidad pública o privada, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia de accesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio económico 2025, y según se establece en la disposición sexta, Financiación y cuantía de la ayuda, el importe del crédito destinado a esta convocatoria es de un millón sesenta mil euros (1.060.000,00 euros) financiado con fondos Comunidad Autónoma, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria y programa de financiación: 110080000/G/262A/76000/ CAG0000001/20120187, Accesibilidad en edificios y espacios públicos del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los ejercicios 2025, 2026 y 2027 y distribuidos de la siguiente manera:
Aplicación económica 2025 2026 2027
11008 262A 760 530.000 - 530.000
Teniendo en cuenta los plazos de tramitación y resolución de los expedientes presentados al amparo del programa 1 y, conforme a la naturaleza de los proyectos subvencionados, a los cuales se les viene otorgando un plazo de ejecución de hasta 24 meses; a los efectos de acompasar los créditos de la convocatoria a los hitos de pagos de las ayudas concedidas, las cuales se abonan en un primer 50% en el momento de la resolución de concesión y el 50% restante tras la justificación del proyecto, resulta más adecuado, conforme a ese calendario de pagos, que el crédito total esté distribuido entre los ejercicios 2026 y 2028. Por todo lo anterior, se procede al anuncio de la redistribución de los créditos previstos en la disposición sexta de la disposición adicional primera del Decreto 106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales destinadas a fomentar la adaptación de espacios públicos urbanizados de titularidad pública y edificios o establecimientos de titularidad pública o privada, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia de accesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio económico 2025, quedando distribuidos de la siguiente manera:
Aplicación económica 2025 2026 2027 2028
11008 262A 760 530.00 - - 530.000
De esta forma, se anula el crédito asignado a la aplicación presupuestaria 11008/262A/760 del Proyecto de Gasto 20120187 Accesibilidad en edificios y espacios públicos en la anualidad 2027 por importe de 530.000 euros, y se incrementan por el mismo importe los créditos asignados a la misma aplicación presupuestaria y proyecto de gasto en la anualidad 2028.
El importe total de la convocatoria se mantiene en 1.060.000,00 euros, que serán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 11008/262A/760 y proyecto de gasto 20120187 Accesibilidad en edificios y espacios públicos , distribuidos en 530.000,00 euros en la anualidad 2025 y 530.000,00 euros en la anualidad 2028, financiados con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 30 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DEL PILAR NOGALES PEROGIL
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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