ANUNCIO de 15 de junio de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas por la Dirección General de Formación para el Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, durante el ejercicio 2026, al amparo de la Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2026 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional en el ámbito laboral del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura a través del procedimiento de concurrencia competitiva.
TEXTO ORIGINAL
El Servicio Extremeño Público de Empleo se crea como organismo autónomo de carácter administrativo mediante Ley 7/2001, de 14 de junio (DOE n.º 76, de 3 de julio), estableciéndose en su artículo 1, como fines generales del mismo la ejecución de las competencias de administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo.
Por otro lado, el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo) atribuye al organismo autónomo la gestión de la formación profesional para el empleo, impulsando y extendiendo entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda adecuadamente a sus necesidades y contribuya al desarrollo de la economía extremeña, bajo la coordinación y/o supervisión estratégica de la Secretaría General de Empleo.
En concreto, el artículo 4, apartado f, del mencionado decreto, atribuye a este organismo la competencia de la gestión de la formación profesional para el empleo, que favorezca la inserción laboral de las personas.
La Orden de 27 de marzo de 2023 (DOE n.º 62, de 30 de marzo) regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 51.a) de la Orden de 27 de marzo de 2023 establece que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria previa de carácter periódico, las subvenciones destinadas a financiar las acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigida a cubrir las necesidades formativas detectadas en los itinerarios personalizados de inserción, en las ofertas de empleo y en los informes de prospección, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Al amparo de la citada Orden de 27 de marzo se dicta Resolución de 19 de diciembre de 2025, que tiene como objeto aprobar la convocatoria para el año 2026 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional en el ámbito laboral del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La citada Resolución 19 de diciembre de 2025 regula en su resuelvo quinto lo relativo a la financiación de la convocatoria estableciendo que la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución asciende a 5.012.000,00 euros, con cargo a los créditos autorizados en el proyecto de gasto 20210292 Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y FP. Iniciativas formación trabajadores desempleados , con la siguiente distribución por aplicaciones presupuestarias y anualidades, con fuente de financiación de Transferencias del Estado:
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
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2026
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2027
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TOTAL
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140130000G/242B/46000
TE2400800120210292
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82.500,00 €
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82.500,00 €
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165.000,00 €
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140130000G/242B/47000TE2400800120210292
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2.300.000,00 €
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2.300.000,00 €
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4.600.000,00 €
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140130000G/242B/48000TE2400800120210292
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123.500,00 €
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123.500,00 €
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247.000,00 €
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TOTAL
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2.506.000,00 €
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2.506.000,00 €
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5.012.000,00 €
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El artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de conceder subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, considerando al citado régimen como el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones.
Por su parte, el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención.
No obstante, el apartado segundo del mismo precepto legal exceptúa de la obligación de publicación en el DOE, entre otros, de las subvenciones concedidas cuyo importe individualmente considerado sea de cuantía inferior a 3.000 euros.
Igualmente, atendiendo a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, las subvenciones concedidas deberán publicarse en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura.
En cumplimiento de este mandato y en ejercicio de sus competencias propias en materia de concesión subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, la Secretaria General de Empleo, en virtud de las funciones que tiene atribuidas como Directora Gerente,
RESUELVE:
Único. Dar publicidad a las subvenciones concedidas por la Dirección General de Formación para el Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo en el año 2026, al amparo de la Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2026 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional en el ámbito laboral del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se detallan en el anexo I adjunto, con expresión de los beneficiarios, programa y crédito presupuestario, y cuantía concedida.
Mérida, 15 de junio de 2026. La Secretaria General de Empleo, PD, Resolución de 29 de mayo de 2026 (DOE n.º 108, de 8 de junio), MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO.