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EXTRACTO de la Línea I (Ayudas para la adquisición de maquinaria de obras públicas) de la convocatoria incorporada al Decreto 192/2025, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la mejora, acondicionamiento, conservación y mantenimiento de los caminos rurales públicos de titularidad municipal en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el año 2026.
DOE Número: 12
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 20 de enero de 2026
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Caminos. Ayudas.
Página Inicio: 3062
Página Fin: 3063
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):881327
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura
http://doe.juntaex.es.
Primero. Objeto.
El objeto de las ayudas es atender las necesidades de financiación para la adquisición de maquinaria de obras públicas por municipios y mancomunidades destinada a la conservación y mantenimiento de caminos rurales.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias las mancomunidades integrales y municipios titulares de parques de maquinaria destinada a la conservación y mantenimiento de los caminos rurales que discurren por los términos municipales que les afectan.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 192/2025, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la mejora, acondicionamiento, conservación y mantenimiento de los caminos rurales públicos de titularidad municipal en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el año 2026.
Cuarto. Financiación y cuantía.
Las ayudas contempladas en la presente estarán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 230040000 G/314A/760.00 FR23734302 de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en el proyecto de gasto 20250558 Mejoras en caminos rurales públicos (6843.2 PEPAC) . El importe total de la convocatoria será de un millón de euros (1.000.000,00€), conforme a las siguientes anualidades e importes:
— Anualidad 2026: 750.000,00 €.
— Anualidad 2027: 250.000,00 €.
Estas actuaciones están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola para el Desarrollo Rural (FEADER), con un 75%; la Comunidad Autónoma de Extremadura, con un 21,8%, y la Administración General del Estado, con un 3,72%. Todo ello conforme a la financiación prevista en la Intervención 6843.2 - Ayudas a inversiones en infraestructuras agrarias para el fomento de la competitividad del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
La cuantía máxima de las ayudas para la adquisición de maquinaria será de trescientos mil euros (300.000,00 €).
Quinto. Presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo, las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la convocatoria.
Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado que figura en el anexo I del Decreto 192/2025, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la mejora, acondicionamiento, conservación y mantenimiento de los caminos rurales públicos de titularidad municipal en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el año 2026, que estará disponible en el punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0730125 ), y deberán presentarse en la forma indicada en el artículo 5 de dicho Decreto, e irán acompañadas de la documentación exigida en el artículo 24.
Mérida, 18 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
ISABEL GUTIÉRREZ DE LA BARREDA MENA
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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