RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2026, de la Dirección General de Administración Local, por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas admitidas con el orden de prelación, para su incorporación a la lista de espera autonómica constituida para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para puestos de Subescala Secretaría-Intervención, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que han superado la II edición del Máster "Formación Permanente en Gestión y Administración Local".
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Administración Local (DOE n.º 83, de 4 de mayo de 2026), se establece el procedimiento para la incorporación a la actual lista de espera autonómica en orden a la provisión temporal de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaria Intervención, mediante nombramiento interino, en entidades locales extremeñas, de aquel alumnado que, habiendo finalizado con aprovechamiento óptimo la II edición del Máster Formación Permanente en Gestión y Administración Local (organizado por la Facultad de Derecho, Caceres), objeto del Convenio formalizado el 2 de julio de 2025 entre la Junta de Extremadura, Diputaciones de Badajoz y Cáceres y la Universidad de Extremadura, soliciten su incorporación a aquella.
Mediante Resolución de 3 de junio de 2026, de la Dirección General de Administración Local, se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos y se designa a la Comisión de Valoración (DOE n.º 111, de 11 de junio de 2026).
Una vez valorados los méritos y fijado el orden de prelación correspondiente de las personas admitidas para participar en la incorporación a la referida lista de espera autonómica, y de conformidad con la base sexta de la referida Resolución de 23 de abril de 2026, procede dictar resolución declarando aprobada la lista definitiva y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, pudiéndose consultar en la dirección electrónica habilitada.
El Decreto 105/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura, atribuye, en su artículo 10.2, a la Dirección General de Administración Local, entre otras, la competencia sobre el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en las entidades locales extremeñas.
Por tanto, dando cumplimiento a lo establecido en la citada base sexta de la Resolución de 23 de abril de 2026 y en el ejercicio de las competencias reglamentariamente establecidas, este órgano directivo,
RESUELVE:
Primero. Declarar aprobada la relación definitiva de personas aspirantes admitidas con el orden de prelación establecido por la Comisión de Valoración en base a la calificación obtenida en el máster referenciado en orden a su inclusión en la lista de espera autonómica.
Segundo. En ningún caso la incorporación a la lista de espera autonómica generará vínculo laboral o relación administrativa alguna con la Dirección General de Administración Local, ni conllevará obligación alguna de contratación por parte de la administración autonómica.
Tercero. Proceder a la actualización de la lista autonómica con la integración de los nuevos candidatos conforme a los criterios establecidos en la Resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura de 28 de septiembre de 2021 (DOE n.º 193, de 6 de octubre de 2021).
Cuarto. Disponer la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Quinto. La lista definitiva de personas admitidas con el orden de prelación se podrá consultar en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0699424 .
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican, los recursos siguientes:
Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo correspondiente, en los términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación del acto, conforme al artículo 46.1 de la citada ley. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su sede, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Mérida, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previsto en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Mérida, 23 de junio de 2026.
La Directora General de Administración Local,
ANA MARÍA CANCHO BERMEJO