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ANUNCIO de 22 de junio de 2026 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada del proyecto de almazara y zona de gestión de los residuos asociados a la industria, solicitado por Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales, en el término municipal de Arroyo de San Serván (Badajoz).
DOE Número: 123
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 29 de junio de 2026
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 27747
Página Fin: 27752
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de almazara y zona de gestión de los residuos asociados a la industria, solicitado por Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales, en el término municipal de Arroyo de San Serván (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, avenida Valhondo, s/n., Módulo II, 4.ª planta de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de modificación sustancial de AAU será remitida por la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es órgano competente para la resolución de la presente solicitud, la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
— El complejo industrial está incluido en el apartado 3.2.b), grupo 3 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de: Material prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día , y también en la categoría 9.1 Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I .
Actividad:
La actividad que se desarrolla es la propia de almazara y zona de gestión de los residuos asociados a la industria. Esta actividad contará con una capacidad para molturar 30.000.000 kg de aceitunas y 50.000 Tm de alperujos al 80% de humedad, contando con una capacidad máxima de producción de 6.000.000 kg de aceite de oliva virgen, 500.000 kg de aceite y 5.500 Tm de hueso.
Por las características de la industria, la producción máxima diaria de las instalaciones será de 268,2 Tm/día de producto acabado, obteniéndose 259,2 Tm/día de aceite en la primera extracción y 9 Tm/día de aceite en la segunda extracción.
Ubicación:
La almazara y zona de gestión de los residuos asociados a la industria se ubicará en las parcelas 20, 5001 y 5002 del polígono 6 de la localidad de Arroyo de San Serván. La referencia catastral de las parcelas son 06012A00600020, 06012A00605001 y 06012A00605002 respectivamente.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
— Nave de molturación de 551 m2 de superficie.
— Cobertizo de recepción de 1.190 m2 de superficie.
— Zona de oficinas con una superficie de 284,6 m2. Estará formado por la zona de oficinas, vestuarios y aseos, sala de control/laboratorio y taller de la industria.
— Caseta de cuadros de baja tensión con una superficie de 62.6 m2.
— Caseta de caldera de 61,8 m2 de superficie.
— Nave de repaso de 491,5 m2 de superficie.
— Nave de depósitos 1 con una superficie de 619,5m2.
— Centro de transformación prefabricado con una superficie de 21,4 m2.
— Balsa 1 de almacenamiento con una capacidad total de 47.000 m³ y una superficie superior de 7.800 m² con una altura de 10,9 m destinada al almacenamiento de alperujos.
— Balsa 2 de almacenamiento con una capacidad total de 25.000 m³ y una superficie superior de 5.000 m² con una altura de 7,7 m destinada al almacenamiento de alperujos.
— Balsa 3 de evaporación con una capacidad total de 25.000 m³ y una superficie superior de 5.100 m² con una altura de 7,4 m destinada a evaporación y almacenamiento de residuos líquidos.
— Línea completa de recepción y limpieza de aceitunas (tolva de recepción de aceitunas, cintas transportadoras, equipo compacto de limpieza y lavado de aceitunas, sistema neumático para las líneas de limpieza y báscula de pesaje, báscula electrónica de pesada continua automática).
— Sistema de almacenamiento de aceitunas (2 unidades de repartidores giratorios, 8 unidades tolvas de almacenamiento y transportadores sinfines helicoidales de alimentación a molinos).
— Líneas de molturación para extracción de aceite:
2 unidades de grupo de molinos con una capacidad de 32.000 kg/h, integrado por dos molinos trituradores para aceituna.
2 unidades de bomba tipo pistón para el trasiego de la pasta, con una capacidad de bombeo de 600 Tm/24h.
2 unidades de termobatidoras para el tratamiento continuo de la pasta de aceitunas, formada por 3 cuerpos dobles superpuestos, con una capacidad total de 35.000 kg.
3 unidades de bomba de masas del tipo helicoidal.
2 unidades de decanter centrífugo horizontal de 450 Tm/día.
Decanter centrífugo horizontal de 550 Tm/día.
3 unidades de tamiz vibrante con depósito de recogida de líquidos
3 unidades de cajón para el alperujo, compuesto por depósito de acero inoxidable.
3 unidades de bomba para el trasiego del aceite.
3 unidades de separadora centrífuga de eje vertical con una capacidad nominal máxima de 4.000 kg/h de producto en la alimentación.
3 unidades de bomba de aceite helicoidal de tornillo auto aspirantes de 4.000 l/h.
3 depósitos de aceite, para la recogida del aceite a la salida de la centrífuga con bomba para el trasiego de aceite.
— Línea de repaso de aceite:
2 unidades de termobatidoras para el tratamiento continuo de la pasta de aceitunas, formada por 3 cuerpos dobles superpuestos, con una capacidad total de 35.000 kg.
2 unidades de bomba de masa tipo helicoidal.
2 unidades de decanter centrífugo horizontal de 450 Tm/día.
2 unidades de bomba tipo pistón para el trasiego de pasta, con una capacidad de bombeo de 1.200 Tm/24h.
2 unidades de masero de orujo.
2 unidades de tamiz vibrador para aceite con depósito de recogida de líquidos.
2 unidades de bomba para el trasiego del aceite.
Sistema de extracción de hueso (transportador tipo tornillo sinfín para reparto de masa a deshuesadoras, 2 unidades de transportador tipo tornillo sinfín inyector para dosificación de producto, 2 unidades de separador pulpa-hueso, 4 unidades de tolvas de almacenamiento de hueso y alperujo y 2 unidades de bombas de alperujos).
Sistema de extracción de alperujos (2 unidades de transportador tipo tornillo sinfín para extracción de producto de balsa, criba de seguridad, transportador tipo tornillo sinfín, cinta transportadora y equipo de bombeo para extracción de alperujos).
Báscula de pesaje enterrada.
Filtro de aceite autolimpiables.
Bombas de trasiego de líquidos y aceite.
Analizador laboratorio NIRS.
Analizador laboratorio SOXTEC.
Hidrolimpiadora con una potencia de 5.000 W.
4 depósitos de 143.000 litros, realizados en acero inoxidable.
Caldera de biomasa (huesecillo de aceituna) de 988 kW/h.
Instalación eléctrica de baja tensión.
Instalación eléctrica de alta tensión.
Instalación de protección contra incendios.
Instalación de tuberías de acero inoxidable.
Instalación neumática y de aire comprimido.
Instalación de agua caliente.
Instalación de placas solares para autoconsumo con una potencia de 70 kWp.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 22 de junio de 2026. El Director General de Gestión Sostenible y Política Forestal, JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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