ANUNCIO de 22 de junio de 2026 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de modificación sustancial de la planta de extracción y purificación de compuestos bioactivos procedentes de plantas, promovido por Natac Biotech, SL, en el término municipal de Hervás.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de modificación sustancial de la planta de extracción y purificación de compuestos bioactivos procedentes de plantas, promovido por Natac Biotech, SL, en el término municipal de Hervás (Cáceres), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, sitas en avda. Valhondo, s/n., de la localidad de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es, así como en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/index.php?option=com_content&view=article&id=4235&Itemid=492
Por tratarse de una modificación significativa de un establecimiento afectado por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, sujeto a los requisitos de su artículo 14 (Planificación del uso del suelo), se informa al público del presente proyecto en virtud del artículo 16.2 del precitado Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre.
Simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal al Ayuntamiento de Hervás, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
Además, en virtud de lo indicado por la Secretaría General de Interior, Emergencia y Protección Civil, como órgano competente en materia de prevención y gestión de riesgos derivados de accidentes graves y catástrofes, se da traslado de la solicitud de AAU a los órganos competentes en materia de urbanismo y ordenación del territorio, a los efectos de su conocimiento y consideración en los instrumentos de planificación territorial y urbanística, así como en cualesquiera otros que resulten pertinentes.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 16 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 6.1. de su anexo II, relativa a instalaciones, no incluidas en el anexo I, dedicadas al tratamiento de productos intermedios y producción de productos químicos, a escala industrial y mediante transformación química o física, en particular: h) Otros productos intermedios o productos químicos, no indicados expresamente entre las subcategorías de este apartado 6.1 de este anexo ; debiendo por ello contar con AAU.
El proyecto actual consiste en una modificación sustancial del proyecto Instalación para la extracción y purificación de compuestos bioactivos procedentes de plantas , para el que se otorgó AAU mediante Resolución de 30 de noviembre de 2020, de la entonces Dirección General de Sostenibilidad (DOE n.º 241, de 16 de diciembre de 2020) y que fue sometido a evaluación de impacto ambiental simplificada y resultó mediante la emisión del preceptivo informe de impacto ambiental publicado en el DOE n.º 236, de 9 de diciembre de 2020.
Al tratarse de una modificación de un proyecto sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, la tramitación prevé la realización de consultas a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para que el Órgano Ambiental pueda pronunciarse sobre el carácter de la modificación solicitada.
— Actividad:
La actividad actualmente desarrollada consiste en la producción de ingredientes naturales, principalmente extractos vegetales y lípidos funcionales.
Con la modificación solicitada se incorpora una nueva materia prima al proceso productivo. La ampliación proyectada consiste en la instalación y puesta en funcionamiento de una nueva línea que extraerá componentes orgánicos (triterpenos) de las hojas de olivo.
— Ubicación:
La planta industrial actual se ubica en la parcela 42 del polígono industrial Las Cañadas en la localidad de Hervás (Cáceres).
La ampliación prevista se llevará a cabo en las parcelas colindantes, específicamente en las comprendidas entre los números 23 y 32, ambas inclusive, también del polígono industrial Las Cañadas . La superficie total ascenderá a 29.178 m².
Actualmente, en el catastro, las parcelas comprendidas entre los números 23 y 32 han sido unificadas en una sola parcela catastral.
Las coordenadas son las siguientes (ETRS1989-UTM):
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Huso
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X
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Y
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|---|
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30
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255.001
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4.463.142
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El acceso al polígono industrial Las Cañadas se realiza a través de la CC-82, que une la localidad de Hervás con la N-630, que a su vez la une con la A-66.
— Capacidades:
La planta está diseñada para realizar ciclos de 32 horas; y funcionará 24 horas al día y 360 días al año. La nueva línea se proyecta para trabajar 300 días al año, durante 24 horas al día.
Las capacidades horarias, diarias y anuales de la instalación son las siguientes:
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Concepto
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Capacidad horaria
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Capacidad diaria
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Capacidad anual
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MATERIAS PRIMAS
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Plantas
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281,25 kg/h
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6.750,00 kg/día
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2.430.000 kg/año
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Concentrado acuoso ultrafiltrado
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700 litros/h
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16.800 litros/día
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6.048 m3/año
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Hoja de olivo
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400 kg/h
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9.600 kg/día
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2.880.000 kg/año
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PRODUCTOS FINALES
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Extracto concentrado (54,30 % humedad)
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94,10 kg/h
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2.258,52 kg/día
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813.024 kg/año
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Extracto orgánico del conc. acuoso ultrafiltrado
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1,4 kg/h
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33,6 kg/día
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12.096 kg/año
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Extracto seco NT97
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3,65 kg/h
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87,72 kg/día
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26.310 kg/año
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Extracto seco NT30
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12,48 kg/h
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299,5 kg/día
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89.850 kg/año
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— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Infraestructuras:
Edificio administrativo (oficinas, laboratorios y servicios sociales y sanitarios del personal): de 693,55 m2 construidos.
Edificio de producción:4.575,65 m2 construidos.
Edificio de calderas: 203,36 m2.
Edificio taller-residuos: 387,90 m2.
Edificio de incendios: 85,86 m2.
Edificio para extracción de compuestos orgánicos a partir de un concentrado acuoso ultrafiltrado, obtenido mediante la valorización del alperujo:
Edificio planta piloto: 70,09 m2.
Edificio de extracción de compuestos orgánicos del concentrado acuoso ultrafiltrado: 167,81 m2.
Losa de cimentación de equipos exteriores de extracción y viales.
Instalaciones y equipos principales.
— Línea de extracción y purificación de compuestos bioactivos a partir de diversas especies vegetales:
Equipos para almacenamiento de materias primas.
Maquinaria y equipos para la preparación de las materias primas.
Maquinaria y equipos para la extracción, concentración y destilación.
Sistema de transporte de materia prima.
Sistema de extracción.
Línea de evaporación.
Unidad de pasterización del concentrado.
Unidad de destilación.
Columna lavadora de gases.
Depósitos aéreos de almacenamiento de etanol. 2 unidades de 40.000 litros de volumen máximo de llenado cada uno.
Depósitos aéreos de proceso de extracción. 2 unidades de 20.000 litros de capacidad unitaria; 1 depósito de 50.000 litros; 2 depósitos de 25.000 litros cada uno.
Depósitos aéreos de proceso de evapo-destilación: 1 de 10.000 litros de capacidad; 3 de 5.000 litros cada uno; 4 de 25.000 litros.
Automatización y control de proceso.
Maquinaria y equipos de atomización.
Maquinaria y equipos de preparación y envasado de productos finales (salas blancas).
Equipos de almacenamiento de productos finales.
Instalación de generación de calor: sistema de generación de vapor (5,530 MW, gas natural como combustible); sistema de producción de aceite térmico; sistema de producción de vapor sanitario.
Instalación de refrigeración.
Instalación de tratamiento de vertidos: consta de pretratamiento, tratamiento físico-químico; tratamiento de oxidación con ozono y tratamiento de fangos.
Otras instalaciones: suministro de agua, instalación de aire comprimido, planta satélite de GNL (80 m3 de capacidad), instalación eléctrica (MT, BT).
— Línea de extracción de compuestos orgánicos a partir de un concentrado acuoso ultrafiltrado, obtenido mediante la valorización del alperujo.
Planta piloto: 1 columna de cromatografía de 2.000 litros; 1 equipo de nanofiltración y ósmosis; 10 bombas para el trasiego de productos; 1 concentrador de cuádruple efecto, con condensador. Depósitos de poliéster.
Ampliación proyectada:
Infraestructuras
— Nueva edificación de 2.433,38 m2 construidos, distribuidos en dos plantas, con una ocupación máxima de 1.225,70 m2.
— Nueva edificación de 1.016,01 m2 construidos.
— Red de saneamiento para aguas pluviales y sanitarias.
— Cerramientos y viales.
Instalaciones y equipos
— Parque de almacenamiento:
3 depósitos enterrados, de 49.000 litros de capacidad geométrica cada uno (40.000 litros de capacidad máxima de llenado cada uno), para metanol.
1 depósito enterrado de 30.000 litros de capacidad geométrica cada uno (24.490 litros de capacidad máxima de llenado), de hexano.
1 depósito aéreo, de 35.580 litros de capacidad máxima de llenado, de metanol recuperado.
1 depósito aéreo, de 35.580 litros de capacidad máxima de llenado, de hexano recuperado.
1 depósito aéreo, de 11.000 litros, de agua evaporada.
1 depósito aéreo, de 10.000 litros para eluido cristalizado.
1 depósito aéreo, de 25.000 litros para concentrado madurado.
1 decantador de hexano, de 5.000 litros de capacidad.
Almacén de hoja de olivo (2,3 t de capacidad), con tolva de recepción y tornillos sin fin de transporte hasta la banda de difusión.
— Banda de difusión-extracción.
— Parque de producto extractado.
— Desalcoholización.
— Decoloración.
— Concentración.
— Maduración y lavados de metanol.
— Destilación.
— Concentración eluido madurado.
— Concentración eluido L1, L2 cristalizado.
— Redisolución y cristalizado.
— Concentración eluido desgrasado.
— Lavado de gases con metanol.
— Lavado de gases con hexano.
— Servicios: Generador de vapor, de 0,98 Mw, a gas natural. Torre de refrigeración. Enfriadora de agua (glicolada). Compresor.
— Centrifugación.
— Centrifugación y secado.
— Ampliación de la instalación de suministro de agua.
— Ampliación de la instalación eléctrica de BT.
La instalación industrial genera un vertido de aguas residuales de proceso, que es tratado en la depuradora de aguas residuales industrial, y un vertido de aguas sanitarias y pluviales, que es evacuado junto con el vertido industrial depurado a la red de saneamiento de Hervás.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.
La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado en el procedimiento. No obstante, quienes presenten alegaciones u observaciones en este trámite tienen derecho a obtener de la Administración una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales (artículo 83.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 22 de junio de 2026. El Director General de Gestión Sostenible y Política Forestal, JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO.