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ANUNCIO de 23 de junio de 2026 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2026.
DOE Número: 126
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 02 de julio de 2026
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA LUZ
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 28448
Página Fin: 28448
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 22 de junio de 2026, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan para el año 2026.
Personal funcionario.
Escala de Administración Especial:
Denominación Subgrupo N.º Plazas Turno
Policía Local C1 1 Libre
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente:
— Recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y computándose los plazos de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014;
— O bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso-administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Arroyo de la Luz, 23 de junio de 2026. El Alcalde-Presidente, CARLOS CARO DOMÍNGUEZ.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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