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RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 19 de junio de 2026, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de la construcción y obras públicas para Cáceres y su provincia, en la que se recoge el acuerdo para proceder a la modificación del artículo 56 del citado convenio, así como a las adaptaciones de las condiciones laborales ante la concurrencia de temperaturas elevadas extremas derivadas de fenómenos meteorológicos adversos.
DOE Número: 129
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 07 de julio de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios Colectivos.
Página Inicio: 29131
Página Fin: 29133
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del Acta, de fecha 19 de junio de 2026, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de trabajo del sector de la construcción y obras públicas para Cáceres y su provincia (código de convenio 10000065011982, publicado en DOE de 12 de marzo de 2008), en la que se recoge el acuerdo para proceder a la modificación del 56 del citado convenio, así como a las adaptaciones de las condiciones laborales ante la concurrencia de temperaturas elevadas extremas derivadas de fenómenos meteorológicos adversos.
Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de junio de 2026.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES
Por UGT-FICA:
Juan José Pedrazo Mogollón (***6668**)
Laura Méndez Castaño (***6859**)
Por CC.OO del Hábitat:
Sara Medina Borrega (***3673**)
Por CNC CACERES-FECONS:
Joaquín Sánchez Chamorro (***0798**)
Jorge Alarcón Domingo (***6303**)
Por PYMECON:
José Luis Iglesias Sánchez (***7744**)
En Cáceres, en la sede de Cáceres de la Fundación Laboral de la Construcción, siendo las 09:45 horas del día 19 de junio de 2026, se reúnen los miembros arriba relacionados.
Primero. El objeto de la reunión de la comisión negociadora del convenio provincial de la construcción y obras públicas de Cáceres es la modificación del articulado del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción para la provincia de Cáceres.
Segundo. En virtud de lo dispuesto en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda por los miembros de esta Comisión la modificación del artículo 56. Jornada, quedando redactado como sigue:
1. La jornada ordinaria anual durante la vigencia del presente convenio general será la determinada en el VII Convenio General del Sector de la Construcción (1.736 horas) durante la vigencia del mismo.
2. La jornada ordinaria semanal será de 40 horas durante toda la vigencia del presente Convenio, distribuyéndose esta de lunes a jueves entre las 8 y las 19 horas y no prolongándose más allá de las 14 horas del viernes. No obstante lo anterior, la jornada podrá iniciarse a las 7 horas para cumplir con el Protocolo de actuación en el sector de la construcción ante fenómenos meteorológicos adversos relacionados con las altas temperaturas, de 4 de julio de 2023, suscrito por CCOO Hábitat, UGT Fica y Confederación Nacional de la Construcción CNC.
3. Las empresas que, de acuerdo con la representación legal de las personas trabajadoras, establezcan un calendario distribuyendo la jornada laboral pactada antes del día 30 de enero de cada año en los centros estables y en las obras con objeto de coordinar las actividades en la empresa, se regirán por el mismo. En dicho calendario se establecerán los días laborables y las horas diarias, que no podrán ser más de nueve.
En ausencia de calendario pactado en los centros de trabajo en los plazos previstos se observará el calendario establecido en el convenio provincial o, en su caso, autonómico aplicable.
4. En cada centro de trabajo la empresa expondrá en lugar visible el calendario laboral pactado en el convenio provincial o, en su caso, autonómico, o para el propio centro de trabajo.
5. En todo lo demás relativo a la jornada laboral, el presente convenio se remite a lo establecido en el artículo 71 del VII Convenio General del Sector de la Construcción.
6. Igualmente, en lo relativo a las adaptaciones de las condiciones de trabajo ante la concurrencia de temperaturas elevadas extremas derivadas de fenómenos meteorológicos adversos, el presente convenio se remite a lo establecido en el artículo 74 bis del VII Convenio General del Sector de la Construcción y al Protocolo de actuación en el sector de la construcción ante fenómenos meteorológicos adversos relacionados con las altas temperaturas, de 4 de julio de 2023, suscrito por CCOO Hábitat, UGT Fica y Confederación Nacional de la Construcción CNC
Cuarto. Se faculta a Laura Méndez Castaño (***6859**), para la presentación, registro y publicación de las actas de esta comisión.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 10:15 horas del día de la fecha, levantando la presente acta, que en prueba de conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha indicados.
Por CNC CÁCERES-FECONS
Por CCOO del Hábitat
Por UGT FICA Extremadura
Por PYMECON
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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