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RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 19 de junio de 2026, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Derivados del cemento para la provincia de Cáceres 2013-2016, en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales de los años 2024 a 2026 en el ámbito de aplicación del citado convenio.
DOE Número: 130
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 08 de julio de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios Colectivos.
Página Inicio: 29290
Página Fin: 29298
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del Acta, de fecha 19 de junio de 2026, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Derivados del cemento para la provincia de Cáceres 2013-2016 (código de convenio 10000075011982, publicado en DOE de 18 de noviembre de 2014), en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales correspondientes a los años 2024 a 2026 en el ámbito de aplicación del citado convenio.
Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de junio de 2026.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE DERIVADOS DEL CEMENTO LA PROVINCIA DE CÁCERES
Por CNC CÁCERES - FECONS:
Joaquín Sánchez Chamorro (DNI ***0798**)
Jorge Alarcón Domingo (DNI ***6303**)
Por PYMECON:
José Luis Iglesias Sánchez (***7744**)
Por CCOO del Hábitat:
Sara Medina Borrega (***3673**)
Por UGT-FICA:
Juan José Pedrazo Mogollón (***6668**)
Laura Méndez Castaño (***6859**)
En la sede de Cáceres de la Fundación Laboral de la Construcción, siendo las 09:10 horas del día 19 de junio de 2026, se reúnen los miembros arriba relacionados.
Primero. El objeto de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio provincial de Derivados del cemento de Cáceres es la negociación de las tablas salariales de 2024, 2025 y 2026.
Segundo. Se acuerda por los miembros de la misma la firma de la tabla salarial 2024, que representa un incremento salarial del 1,00 % respecto a la tabla salarial provincial del año 2023, la firma de la tabla salarial 2025, que representa un incremento salarial del 4,75 % (cantidad que tiene en cuenta el consumo del cemento del año 2025 el cual ascendió a 16.575.230 TM) respecto a la tabla provincial de 2024 y por último la firma de la tabla salarial de 2026, que representa un incremento salarial del 3,25% (2,50% fijo más un 0,75% de variable mínimo) respecto a la tabla salarial provincial del año 2025, conforme a lo pactado por la Comisión Negociadora del VIII (BOE de 14 de julio de 2023) y del IX Convenio General del Sector de Derivados del Cemento (BOE de 9 de enero de 2026).
Únicamente se abonarán los atrasos de 2025 y 2026, desde 1 de enero de los respectivos años.
Tercero. Los atrasos generados por la actualización de estas tablas podrán ser abonados por parte de las empresas en la forma que consideren conveniente, dentro de los 90 días siguientes a la publicación de las presentes tablas.
Cuarto. En cualquier caso, ningún grupo ni categoría profesional podrá percibir un salario por debajo del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento.
Quinto. Los representantes de CC.OO del Hábitat de Extremadura y UGT FICA solicitan que se aprueben las tablas correspondientes a 2024, 2025 y 2026.
Sexto. Se faculta a Laura Méndez Castaño (***6859**), para la presentación, registro y publicación de las actas de esta comisión.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 09:40 horas del día de la fecha, levantando la presente acta, que en prueba de conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha indicados.
Por CNC CÁCERES FECONS
Por PYMECON
Por UGT FICA Extremadura
Por CCOO del Hábitat de Extremadura
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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