RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituye lista de espera derivada de la Orden de 23 de diciembre de 2024, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Orden de 23 de diciembre de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 250, de 27 de diciembre) se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por Orden de 17 de diciembre de 2025 (Diario Oficial de Extremadura número 244, de 19 de diciembre) se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de la citada especialidad, así como se procede a su acumulación a las convocadas mediante Orden de 23 de diciembre de 2024.
Finalmente, por Orden de 4 de marzo de 2026 (Diario Oficial de Extremadura número 46, de 9 de marzo) se procede a la modificación de la Orden de 23 de diciembre de 2024.
El artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las Categorías Profesionales del Convenio Colectivo en vigor, se constituirá, por cada uno de los Cuerpos y Especialidades y por cada una de las Categorías y Especialidades, respectivamente, una lista de espera con los/as aspirantes que sin haber superado las correspondientes pruebas selectivas, hayan aprobado al menos el primer ejercicio.
De conformidad con lo anterior, la base duodécima de la Orden de 23 de diciembre de 2024 en la redacción dada por la Orden de 4 de marzo de 2026 establece que para la constitución de listas de espera con las personas aspirantes que no superen el proceso de selección, cuyo procedimiento se regula en el título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, sólo se considerará la puntuación obtenida en la fase de oposición, formando parte de la lista de espera aquellas personas aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan alcanzado una puntuación mínima de tres puntos en el ejercicio de la fase de oposición.
Además, añade que las personas aspirantes que hayan obtenido en la primera parte del ejercicio una puntuación superior a tres puntos e inferior a cinco puntos solo podrán formar parte de la lista de espera si son declarados aptos en la segunda parte del ejercicio.
No obstante, finalizada la fase de oposición de los procesos selectivos para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y ante la necesidad urgente e inaplazable de atender la cobertura de puestos vacantes, resulta necesario y conveniente proceder a constituir, dado que han concluido las pruebas selectivas, las listas de espera derivadas del proceso selectivo antes de su finalización, con todos las personas aspirantes que han obtenido una puntuación mínima de tres puntos en el ejercicio y considerando la puntuación obtenida.
En virtud de lo anterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, esta Dirección General de Función Pública, de acuerdo con la Resolución de 7 de mayo de 2026 de la Consejera, por la que se delegan en quienes ostentan la titularidad de algunos de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social,
RESUELVE:
Primero.
1. Constituir lista de espera de personal laboral del Grupo IV, categoría Bombero/a Forestal Conductor/a de los procesos selectivos convocados por Orden de 23 de diciembre de 2024, por el orden de puntuación obtenida en la fase de oposición por las personas aspirantes que han obtenido una puntuación superior a tres puntos y, además, hayan sido declarados apto en la prueba de aptitud física.
La lista de espera entrará en vigor en el siguiente día hábil al de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
2. La referida lista se expondrá al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura. Asimismo, podrán consultarse en la siguiente dirección de internet: https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico.
Segundo.
1. Conforme a lo establecido en la base octava apartado 3, el orden de prelación en caso de empate se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1º Mayor puntuación en la fase de oposición.
2º Mayor puntuación en la fase de concurso.
3º Comenzar el primer apellido por la letra S, de conformidad con el resultado del sorteo público por el que se determina el orden de actuación y prelación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2024, publicado mediante Resolución de 9 de abril de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 80, de 25 de abril).
4º De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo al siguiente apellido y al nombre.
2. Las listas de espera constituidas se instrumentarán de acuerdo con los criterios de zonificación que se hallen vigentes, de tal modo que dará lugar a listas específicas en cada una de las zonas existentes en función de la petición formulada por cada aspirante en la instancia de participación en las pruebas selectivas.
Tercero. La lista de espera que se constituye mediante la presente resolución sustituirá a las derivadas de la anterior convocatoria de pruebas selectivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.8 del Reglamento General de Ingreso, así como, en su caso, a la lista de espera constituida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.4 del citado texto legal.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 6 de julio de 2026.
La Consejera de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social,
PD, Resolución de 7 de mayo de 2026 (DOE n.º 87 del 8),
El Director General de Función Pública,
HUGO ALFONSO CURIEL RODRÍGUEZ