RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se declaran aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas para participar en el turno de ascenso para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura convocado por Orden de 11 de diciembre de 2025.
DOE Número: 134
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 14 de julio de 2026
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Procesos selectivos. Turno de ascenso.
Página Inicio: 29999
Página Fin: 30000
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo previsto en su base cuarta de la Orden de 11 de diciembre de 2025, por la que se convoca el turno de ascenso para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura número 243, de 18 de diciembre), esta Dirección General de Función Pública,
RESUELVE:
Primero. Declarar aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el turno de ascenso para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura convocado por Orden de 11 de diciembre de 2025 con indicación de las causas de exclusión.
Segundo. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión y efectuar reclamaciones. Asimismo, aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
De conformidad con lo previsto en el apartado 1 de la citada base cuarta, la subsanación de los defectos observados en la solicitud de participación en el proceso selectivo se realizará por el Portal del Candidato de la Junta de Extremadura.
El formulario de subsanación generado, firmado digitalmente y registrado automáticamente de forma electrónica servirá a todos los efectos como justificante de su presentación en tiempo y forma; asimismo, deberá adjuntarse la documentación correspondiente. No deberán en ningún caso presentarse subsanaciones en papel, siendo exclusivamente válidas las gestionadas a través del Portal.
Aquellas personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión, no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas o lo realicen de forma distinta a la establecida anteriormente serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas selectivas.
Tercero. Las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas permanecerán expuestas al público, durante el plazo de subsanación de defectos y reclamaciones, en:
— La dirección de internet:
https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/ (buscador de empleo público).
— El Portal del Candidato de la Junta de Extremadura.
Además, para posibilitar el acceso de las personas interesadas, se facilitará su consulta desde cualquiera de las Oficinas de Asistencia General a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
Cuarto. De conformidad con la base cuarta de la Orden de 11 de diciembre de 2025, en la resolución por la que se aprueben las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas se determinará el lugar, fecha y hora de celebración del ejercicio de la fase de oposición.
Mérida, 8 de julio de 2026.
El Director General de Función Pública,
HUGO ALFONSO CURIEL RODRÍGUEZ