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RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Valverde del Fresno para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada "Puesta en valor de restos de Salvaleón y espacio de visitantes en Valverde del Fresno", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
DOE Número: 14
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 22 de enero de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 3793
Página Fin: 3800
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 19 de diciembre de 2025, la Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Valverde del Fresno para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada Puesta en valor de restos de Salvaleón y espacio de visitantes en Valverde del Fresno , financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea NEXT-Generation EU , de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 13 de enero de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DEL FRESNO PARA LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN DE COHESIÓN ENTRE DESTINOS DENOMINADA PUESTA EN VALOR DE RESTOS DE SALVALEÓN Y ESPACIO DE VISITANTES EN VALVERDE DEL FRESNO , FINANCIADO POR EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA-FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA NEXT-GENERATION EU .
19 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. José Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 97/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 145, de 28 de julio), y por Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm. 151, de 7 de agosto).
De otra parte, D. José Nuñez Vázquez , con NIF ***2961**, en nombre y representación del Ayuntamiento de Valverde del Fresno, con sede en la villa de Valverde del Fresno (Cáceres), en Plaza de la Constitución, 5, C.P. 10.980, actuando en su calidad de Alcalde-Presidente, nombrado mediante acuerdo plenario, adoptado en sesión celebrada el día 17 de junio de 2023; actuando en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) y 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, facultado para la suscripción de la presente adenda del convenio.
La celebración de la adenda ha sido autorizada por acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 16 de diciembre de 2025 y por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente el día 12 de diciembre de 2025.
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas instituciones, reconociéndose de modo reciproco capacidad para formalizar el presente convenio a cuyo efecto
EXPONEN
Primero. Con fecha 10 de octubre del 2024 se publica en el DOE número 198 el convenio de colaboración entre la Consejeria de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, y el Ayuntamiento de Valverde del Fresno con la finalidad de ejecutar las Actuaciones de Cohesión denominada Puesta de valor de los restos en Salvaleón y espacio de visitantes en Valverde del fresno , incluidas en el Plan Territorial de Extremadura para el 2022, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. El convenio extiende su vigencia desde el 20 de agosto del 2024 hasta el 30 de junio del 2026.
Segundo. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Estado español (en adelante PRTR), se configura como un instrumento promovido a nivel de la Unión Europea orientado a mitigar los impactos de la pandemia COVID-19, así como a transformar la sociedad, con los objetivos de modernizar el tejido productivo, impulsar la descarbonización y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalización, y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigación y formación, con el fin de conseguir, en última instancia, una mayor capacidad de la sociedad para superar problemas como la pandemia, conforme al marco establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante Mecanismo).
El PRTR nacional, que sigue las pautas marcadas por la Unión Europea, así como las líneas de la Agenda del Cambio, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, identifica la estrategia de la política española entre los años 2021 y 2023, fundamentándose sobre cuatro transformaciones fundamentales: la transición ecológica, la digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial, para propiciar un crecimiento sostenible e inclusivo en nuestra sociedad. Este Plan engloba diez llamadas políticas-palanca y, entre ellas, la referente a la Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora y dentro de esta política-palanca, se incluye la línea de inversión de transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad, titulado Componente 14 , donde se engarzan los Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos (en adelante Planes Territoriales), como submedida 2 de la inversión 1 (C14. I1), en tanto que mecanismo de actuación cooperada entre los tres niveles de las administraciones con competencia en materia de turismo: Administración General del Estado, la autonómica y la de las entidades locales. Este programa financia proyectos cuyos créditos serán objeto de territorialización.
Los Planes Territoriales se elaboran mediante un proceso participativo y de colaboración entre las tres administraciones públicas competentes y los diferentes actores públicos y privados del ecosistema turístico del destino. Articulan, así mismo, su intervención por medio de dos instrumentos: los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) y las Actuaciones de Cohesión entre Destinos (ACD).
Al hilo de lo anterior, la Administración General del Estado, en virtud de las competencias reservadas a la misma por el artículo 149.1.13ª de la Constitución (bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica), aprobó la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 del Programa Extraordinario de Sostenibilidad Turística en Destinos 2021- 2023, dirigida a entidades locales, en el contexto de la submedida 2 de la inversión 1 del Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico, componente 14 del PRTR.
La Conferencia Sectorial de Turismo, en su reunión del día 28 de julio de 2021, ratificó la aprobación de la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destino, marco de los Programas de Sostenibilidad Turística en Destinos. Y, con fecha de 9 de mayo de 2023 se acordó en el seno de la mencionada Conferencia lanzamiento de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023, lo que permitió la presentación de propuestas a entidades locales y comunidades autónomas.
Así, con fecha 27 de diciembre de 2022 se publica la Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo, de fecha 19 de diciembre de 2022 (BOE n.º 310), en la que se recoge el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022, por el que se fijan los criterios de distribución, y el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales, en el marco del Componente 14 Inversión 1 del PRTR.
Y, con fecha de 13 de abril de 2023 se publica en el BOE, número 88, la Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se acuerda la distribución de los créditos a las comunidades autónomas, y se formalizan los compromisos financieros derivados del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022.
La concesión de estos fondos permite a las comunidades autónomas destinar los créditos correspondientes a ellas mismas y a las entidades locales beneficiarias en el marco de los Planes Territoriales. En la citada Resolución de 19 de diciembre de 2022, se acuerda la distribución territorial de créditos junto con las consiguientes adjudicaciones para la aplicación de los PSTD por parte de las entidades locales.
A la Comunidad Autónoma de Extremadura se le asignan un total de 29.400.000,00 millones de euros para su Plan Territorial, distribuidos en los dos tipos de intervención: cuatro PSTD y dos ACD.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes rmantes con el fin de ejecutar la actuación, Puesta en valor de restos en Salvaleón y espacio de visitantes en Valverde del Fresno , correspondiente a la ACD Corredor Rayano incluida en el Plan Territorial de Extremadura 2022, con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
El objetivo específico de la actuación es mejorar la rentabilidad de los destinos rurales para generar empleo y frenar la pérdida de población, incrementar la oferta turística de Extremadura, mejorar y optimizar la accesibilidad de los recursos turísticos, y posibilitar las visitas turísticas a un recurso patrimonial.
Para conseguir este objetivo se proyecta la siguiente actuación dentro del Eje 4. Competitividad: Comprende actuaciones de creación de oferta y mejora del producto, infraestructuras verdes y áreas a recuperar, así como creación de equipamientos, señalización y adecuación de recursos patrimoniales y naturales .
Tercero. De conformidad con el apartado undécimo, cualquiera de las partes podrá proponer la modificación del convenio. La modificación del convenio se acordará a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante la suscripción de una adenda modificativa que requerirá el acuerdo unánime de los firmantes según lo dispuesto en el artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Cuarto. Con fecha de 29 de octubre de 2025 se celebra comisión de seguimiento en la cual los miembros del Ayuntamiento de Valverde del Fresno comunican a la Dirección General de Turismo la posibilidad de modificación del convenio mediante una Adenda al mismo, dada la dificultad de cumplir con los plazos de ejecución (31 de diciembre de 2025) y justificación (31 de diciembre de 2025) y se propone ampliar el plazo de ejecución y justificación al 30 de junio del 2026 y mantener el plazo de vigencia en el 30 de junio del 2026, lo cual implica modificar las cláusulas tercera y decimoquinta y el anexo I.
El Ayuntamiento de Valverde del Fresno manifiesta su acuerdo con las modificaciones planteadas. De este modo, se cumplen los requisitos establecidos en la cláusula undécima del convenio para su modificación y se procede, en consecuencia, a tramitar la primera adenda del convenio.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La adenda tiene por objeto ampliar el plazo de ejecución y justificación final del convenio de colaboración entre la Consejeria de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Valverde del Fresno hasta el 30 de junio del 2026, manteniendo el plazo de vigencia y modificar las cláusulas tercera, decimoquinta y el Anexo I.
Segunda. Modificación de la cláusula tercera.
Se modifica la cláusula tercera relativa a actuaciones objeto de financiación, la cual queda redactada en los siguientes términos:
La actuación consistirá en resaltar el valor turístico del patrimonio histórico artístico, del yacimiento arqueológico de castillo de Salvaleón en Valverde del fresno, siendo las actuaciones a realizar en el citado yacimiento:
— Limpieza superficial de vegetación y capa vegetal del perímetro amurallado y del interior del yacimiento.
— Realización de sondeos arqueológicos.
— Realizar una documentación exhaustiva de la muralla perimetral, así como obtener información sobre su construcción y evolución en el tiempo.
— Recuperar y analizar el material arqueológico asociado al yacimiento.
— Ejecución de excavaciones arqueológicas en área.
— Consolidación de las estructuras arqueológicas.
— Plan de uso y puesta en valor.
La actuación aprobada, incluida en la ACD Corredor Rayano es la reflejada en el siguiente cuadro:
Ejes Actuaciones Anualidad 1 Anualidad 2 Anualidad 3 Total
EJE 4 14 Puesta en valor de restos en Salvaleón y espacio de visitantes en Valverde del Fresno 50.000€ 125.000€ 125.000 € 300.000€
En el Anexo I del presente convenio se recoge un cronograma con las actuaciones, calendario de actuación y presupuesto desglosado de la presente ACD, adaptadas a la fecha de inicio del convenio.
Las actuaciones financiadas con cargo a estos fondos deberán cumplir los criterios de elegibilidad, deben financiarse en plazo y ejecutarse conforme a la legislación medioambiental nacional y europea aplicable. Además, se deben cumplir las obligaciones relacionadas en la cláusula séptima.
La actuación de esta ACD debe estar ejecutada, como mínimo, en un 30 % del presupuesto aprobado antes de finalizar el cuarto trimestre del 2024. Se exigirá tener finalizadas y justificadas todas las actuaciones contenidas en la ACD, en todo caso, el 30 de junio de 2026.
En el Anexo I del convenio se recoge un cronograma con las actuaciones.
A modo de resumen, se establece el siguiente calendario de ejecución:
Cuadro ejecución actuación por períodos temporales
Fechas ejecución Porcentajes de ejecución
31/12/2024 30 %
30/06/2026 100 %
Para considerar finalizada una actuación es necesario que todos los elementos constitutivos de la misma estén finalizados. A estos efectos se exigirá el acta de recepción del contrato o el documento que se pueda determinar alternativamente en cumplimiento de las disposiciones que establezca la Comisión Europea o el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Tercera. Modificación de la cláusula decimoquinta.
Se modifica la cláusula decimoquinta relativa a la vigencia duración y resolución, la cual queda redactada en los siguientes términos:
El presente convenio tendrá vigencia desde su firma y hasta el 30 de junio de 2026.
Por lo que respecta a la ejecución de la actuación, deberá realizarse y justificarse en el periodo comprendido entre el día siguiente a la firma del convenio y el 30 de junio de 2026.
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
a) La ejecución de las actuaciones objeto del PSTD.
b) El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga del mismo.
c) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
d) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, para lo que se estará a lo previsto en la cláusula decimocuarta.
e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
La resolución tendrá como efecto la devolución de los fondos aportados y no justificados hasta el momento de su efectividad.
Cuarta. Modificación del Anexo I.
El cuadro contenido en el Anexo I se sustituye por el siguiente:
Quinta. Impacto económico.
Las modificaciones incorporadas con esta adenda no conllevan ejecución presupuestaria para la Junta de Extremadura.
Sexta. Mantenimiento del resto de las cláusulas del convenio.
En lo no estipulado expresamente en esta adenda se estará a lo establecido en el convenio, el cual las partes revalidan, y del cual el presente documento forma parte integrante e inseparable.
Séptima. Eficacia.
Esta Adenda producirá efectos desde su firma hasta la fecha de finalización del convenio interadministrativo modificado.
Y en prueba de conformidad con el contenido de esta adenda, las partes lo firman en el lugar y fecha arriba indicados.
El Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes,
(PD, Resol. 2 de agosto de 2023, de la Consejera, DOE núm. 151, de 7 de agosto),
D. JOSÉ LUIS GIL SOTO
El Alcalde de Valverde del Fresno,
D. JOSÉ NÚÑEZ VÁZQUEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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