ANUNCIO de 16 de mayo de 2026 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de centro de gestión, clasificación y almacenamiento temporal de residuos no peligrosos promovido por Alquitodo Hijos de Hipólito Pozanco, SL, en el término municipal de Talayuela (Cáceres).
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de centro de gestión, clasificación y almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, promovido por Alquitodo Hijos de Hipólito Pozanco, SL, en el término municipal de Talayuela, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, avenida Valhondo, s/n., de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015: Categorías 9.1, 9.6 y 9.7 del anexo II, relativas a Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I , Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios e “Instalaciones de gestión de residuos inertes mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación”.
— Actividad: El proyecto consiste en la instalación y puesta en funcionamiento de una planta de clasificación, tratamiento y almacenamiento de residuos no peligrosos.
— Capacidad de producción:
Se proyecta la planta para una capacidad de gestión anual de 11.530 tn de residuos no peligrosos.
— Residuos que pretende gestionar:
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Residuo
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Código LER
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Cantidad anual gestionada (tn)
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Cobre, bronce, latón
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17 04 01
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30
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Aluminio
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17 04 02
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30
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Hierro y acero
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17 04 05
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300
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Metales mezclados
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17 04 07
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100
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Envases de madera
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15 01 03
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50
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Madera
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17 02 01
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50
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Tierras y piedras
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17 05 04
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150
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Envases de plástico
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15 01 02
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20
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Cables
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17 04 11
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20
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Envases de papel y cartón
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15 05 01
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20
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Mezclas de hormigón, ladrillos tejas y materiales cerámicos
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17 01 07
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10.000
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Hormigón
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17 01 01
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1.000
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— Ubicación: El terreno donde se emplaza la actividad es la parcela 99 del polígono 37 del término municipal de Talayuela (Cáceres), cuya referencia catastral es 10184A037000990000YP. Las coordenadas UTM de la planta son X = 277.747; Y = 4.428.997; huso 30; datum ETRS89.
— Infraestructuras e instalaciones:
La parcela tendrá unas dimensiones de 11.060 m2, y tiene las siguientes zonas dedicadas a la actividad:
La nave-marquesina de 160 m2 tendrá la siguiente distribución:
Zona de almacenamiento de papel y cartón (25 m2).
Zona de almacenamiento de envases plásticos (25 m2).
Zona de almacenamiento de cables (25 m2).
Zona de acceso interior del porche (85 m2).
La zona exterior dedicada a la actividad tendrá la siguiente distribución:
Zona de almacenamiento exterior (2.005 m2).
Zona exterior instalaciones (75m2).
Calle y zonas de acceso a las instalaciones (2.500 m2).
Zona de maniobra y acceso a la zona de almacenamiento (1.000 m2).
Contenedor aseo-vestuario (7 m2).
Zona de recepción, clasificación y colocación del molino triturador (450 m2).
La zona exterior se realizará sobre zahorra artificial, salvo la zona de recepción, clasificación y colocación del molino triturador que se realizará sobre superficie hormigonada con pendiente hacia un separador de grasas.
— Maquinaria.
Camión caja abierta de 14.000 kg.
Camión porta-contenedores.
Camión caja abierta de 3.500 kg.
Furgones de 3.500 kg.
Báscula de pesaje de camiones de 40.000 kg.
Molino triturador.
Recipientes y envases homologados.
— Informe de impacto ambiental.
La instalación de gestión de residuos metálicos cuenta con evaluación de impacto ambiental en trámite en el expediente IA26/0028.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.
Mérida, 16 de mayo de 2026. El Director General de Gestión Sostenible y Política Forestal, JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO.