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EXTRACTO de la Resolución de la Junta Directiva de la Asociación para el Desarrollo de la Comarca de Lácara de I convocatoria de ayudas en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos productivos de acciones de inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
DOE Número: 15
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 23 de enero de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Desarrollo rural. Ayudas.
Página Inicio: 4243
Página Fin: 4244
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 881702
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ).
Primero. Objeto.
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
Esta convocatoria se publica al amparo Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la Comarca de Lácara, que comprende los términos municipales de: Aljucén, Arroyo de San Serván, Calamonte, Carmonita, Cordobilla de Lácara, El Carrascalejo, Esparragalejo, La Garrovilla, Guadiana, La Nava de Santiago, La Roca de la Sierra, Lobón, Mirandilla, Montijo, Puebla de la Calzada, Puebla de Obando, Pueblonuevo del Guadiana, Talavera la Real, Torremayor, Trujillanos, Valdelacalzada, Barbaño, Guadajira, Alcazaba, Alvarado, Balboa, Gévora, Novelda del Guadiana, Lácara, Sagrajas, Valdebotoa y Villafranco del Guadiana.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología Leader, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Personas destinatarias finales de las ayudas.
Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas, las personas físicas y/o jurídicas o sus agrupaciones incluidas las comunidades de bienes, a las que para cada una de las actuaciones previstas en el Decreto 78/2024 se les reconozca tal condición. En el caso de empresas, tan solo podrán ser beneficiarias, aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 1.600.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hasta el 65% de la inversión auxiliable y con el límite máximo de 50.000 € por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de 60 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 30 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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