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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 16 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se convocan ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas (PYMES) (Modalidad I), pymes de base tecnológica (Modalidad II) y startups en Extremadura (Modalidad III), para el ejercicio de 2025.
DOE Número: 15
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 23 de enero de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: CORRECCIÓN
Descriptores: Investigación. Ayudas.
Página Inicio: 4279
Página Fin: 4292
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Advertido error en la Resolución de 16 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se convocan ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas (PYMES) (Modalidad I), pymes de base tecnológica (Modalidad II) y startups en Extremadura (Modalidad III), para el ejercicio de 2025, publicado en el DOE n.º 3, de 7 de enero de 2026, se procede a su oportuna rectificación:
En la página 708 (SIA: 3014730 - ANEXO IV: DECLARACIONES), se incorporan dos nuevas declaraciones, con el contenido siguiente:
19. DECLARACIÓN DE PYME DE BASE TECNOLÓGICA (SOLO MODALIDAD II).
El/los representante/s legal/es de la empresa solicitante DECLARA/N que:
La empresa tiene consideración de pyme de base tecnológica conforme a lo dispuesto en el art. 34.2 del Decreto de bases reguladoras, esto es:
— Tiene unos gastos de investigación y desarrollo que ascienden a lo indicado y representen al menos un 20% del total de sus gastos de explotación durante al menos uno de los tres años previos al de la fecha de solicitud de la ayuda, concretamente en el año que se indica.
AÑO
GASTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
GASTOS DE EXPLOTACIÓN
— Un mínimo del 50% de su plantilla esté compuesto por personal cualificado con titulación universitaria desempeñando puestos correspondientes a dicha titulación, siendo las personas que se identifican en la tabla adjunta:
NOMBRE APELLIDOS DNI TITULACIÓN
La empresa ha sido calificada como empresa innovadora emergente en la categoría de empresas de base tecnológica, al amparo de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes.
20. DECLARACIÓN DE LA CONDICIÓN DE STARTUP (SOLO MODALIDAD III).
El/los representante/s legal/es de la empresa solicitante DECLARA/N que:
La empresa no tiene más de 48 meses de actividad computados desde la fecha de constitución, según el apartado 17 del Anexo I hasta la fecha de solicitud de estas ayudas y su modelo de negocio se apoye en la tecnología y el conocimiento, asociados a la innovación y al desarrollo de tecnologías; que buscan arrancar, emprender o crear un nuevo negocio de acelerado crecimiento en base al desarrollo de una idea que sirva para generar un producto nuevo o mejorar de forma ostensible uno ya existente en el mercado, bajo condiciones de alto riesgo tecnológico.
La empresa no es una STARTUP de estudiantes y sido calificadas como empresa innovadora emergente en la categoría de STARTUP, al amparo de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes .
Como consecuencia de ello, el Anexo SIA: 3014730 - ANEXO IV: DECLARACIONES, queda redactado tal y como se acompaña a la presente resolución.
Por otra parte, en la página 712 (SIA: 3014730 - ANEXO VI: DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO DE LA MEMORIA CIENTÍFICO TÉCNICA DEL PROYECTO),
Donde dice:
4. CALIDAD Y EXCELENCIA CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA DE LA PROPUESTA PRESENTADA:
4.1. Adecuación del proyecto a las áreas tecnológicas especificadas en la convocatoria.
4.2. Claridad de los objetivos científico-tecnológicos.
4.3. Adecuación de la metodología y plan de trabajo.
5. PLAN DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL DEL PROYECTO:
5.1. Modelo de negocio y plan de mercado.
5.2. Capacidad del proyecto para generar valor al mercado.
5.3. Capacidad del proyecto para generar valor a la empresa.
5.4. Potencial del proyecto para generar propiedad intelectual.
6. CAPACIDADES Y RECURSOS DE LA PYME PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO:
6.1. Adecuación de los recursos humanos, tecnológicos y de infraestructura para afrontar los retos científicos y tecnológicos del proyecto.
6.2. Adecuación de los recursos financieros para afrontar los retos científicos y tecnológicos del proyecto.
6.3. Adecuación y justificación del presupuesto solicitado .
Debe decir:
4. CALIDAD Y EXCELENCIA CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA DE LA PROPUESTA PRESENTADA:
4.1. Reto tecnológico del proyecto.
4.2. Conocimiento del estado del arte y tecnología vigente.
4.3. Necesidad tecnológica de la propuesta.
4.4. Claridad de los objetivos científico-tecnológicos.
4.5. Adecuación de la metodología y plan de trabajo.
4.6. Adecuación y justificación del presupuesto solicitado.
5. PLAN DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL DEL PROYECTO:
5.1. Necesidad del mercado.
5.2. Mercado potencial de los desarrollos.
5.3. Incremento de competitividad de la pyme.
5.4. Plan de internacionalización del proyecto.
6. CAPACIDADES CIENTÍFICO-TÉCNICAS Y ECONÓMICAS DE LA PYME PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO.
6.1. Adecuación de los medios para los retos científicos y tecnológicos del proyecto.
6.2. Experiencia previa en proyectos de I+D+i.
6.3. Adecuación del proyecto a las actividades de la pyme solicitante.
6.4. Incorporación al proyecto de patentes o licencias .
Como consecuencia de ello, el documento Anexo SIA: 3014730 - ANEXO VI: DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO DE LA MEMORIA CIENTÍFICO TÉCNICA DEL PROYECTO, queda redactado tal y como se acompaña a la presente resolución.
Mérida, 15 de enero de 2026.
El Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación
(PD, Resolución del Secretario General de 6/11/2024, DOE núm. 217, de 7 de noviembre).
JAVIER DE FRANCISCO MORCILLO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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