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RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2026, de la Dirección Gerencia, por la que se avoca competencia en materia de contratación administrativa y autorización del gasto y se delega competencia en la misma materia.
DOE Número: 152
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 07 de agosto de 2026
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Avocación. Delegación de competencias.
Página Inicio: 34710
Página Fin: 34711
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El artículo 4 del anexo del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, atribuye al titular de la Dirección Gerencia la competencia para autorizar los gastos de su competencia, así como para ejercer como órgano de contratación del Organismo Autónomo en los términos establecidos en la Ley de Salud de Extremadura y en la normativa general sobre contratación administrativa.
Mediante Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la Dirección Gerencia, modificada por Resolución de 14 de octubre de 2025, DOE n.º 205, de 24 de octubre de 2025, se delegan competencias en determinadas materias, incluyendo la delegación en la Dirección General de Planificación Económica de los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 120.202,43 euros.
No obstante, razones de eficacia, celeridad y coor­dinación en el ejercicio de las competencias asignadas, aconsejan avocar la competencia en materia de contratación administrativa, delegada en la Dirección General de Planificación Eco­nómica, en relación con la redacción del proyecto, ejecución de obra y licitación de las Obras de reforma interior para la conversión de la planta de Pediatría en Unidad Materno-Infantil del Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena , así como la autorización del gasto derivada del mismo, sin perjuicio del resto de delegaciones en vigor en la materia. Razones de la misma índole, aconsejan delegar dicha competencia en la persona titular de la Gerencia del Área de Salud de Don Benito-Villanueva.
En virtud de cuanto antecede, y de conformidad con las facultades que me confieren los artí­culos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como los artículos 72 a 74 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Adminis­tración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Avocar la competencia en materia de contratación administrativa relacionada con la redacción del proyecto, ejecución de obra y licitación de las Obras de reforma interior para la conversión de la planta de Pediatría en Unidad Materno-Infantil del Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena , así como la autorización del gasto derivada del mismo, que por cuantía se encuentran dentro de las com­petencias delegadas en la persona titular de la Dirección General de Planificación Económica en virtud de la Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la Dirección Gerencia, por la que se delegan competencias en determinadas materias.
Segundo. Delegar en la persona titular de la Gerencia del Área de Salud de Don Benito Villanueva de la Serena, la competencia en materia de contratación administrativa en relación con la redacción del proyecto, ejecución de obra y licitación Obras de reforma interior para la conversión de la planta de Pediatría en Unidad Materno-Infantil del Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena , cuyo valor estimado es superior a 120.202,43 euros, así como la autorización del gasto, sin perjuicio del resto de delegaciones efectuadas mediante Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la Dirección Gerencia, por la que se delegan competencias en determinadas materias.
Tercero. La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá también avocar para sí el co­nocimiento del asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Cuarto. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación de competencias se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente esta circunstancia, con las precisiones que se establecen en el artículo 73.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 31 de julio de 2026.
La Directora Gerente,
ENCARNACIÓN SOLÍS PÉREZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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