RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2026, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se hace pública la concesión de plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos para el curso 2026/2027.
DOE Número: 155
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 12 de agosto de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Residencias no Universitarias.
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Página Fin: 36319
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TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de 4 de agosto de 2026, de la Consejera de Educación y Formación Profesional, se resuelve la convocatoria de plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos para el curso 2026/2027.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.6 de la Orden de 24 de abril de 2026 por la que se convocan plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos en el curso 2026/2027 (DOE núm. 84, de 5 de mayo de 2026),
RESUELVO:
Hacer público en el Diario Oficial de Extremadura que las listas que contienen la relación de plazas concedidas y denegadas en residencias escolares se encuentran expuestas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación, y están disponibles en la plataforma educativa https://www.educarex.es , sin perjuicio de la notificación individual a las personas interesadas.
Se indica que, contra la referida resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que la parte interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 4 de agosto de 2026.
El Director General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios,
GONZALO BLANCO GALLEGO