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EXTRACTO de la Resolución de 26 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
DOE Número: 16
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 26 de enero de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Seguridad y salud en el trabajo. Subvenciones.
Página Inicio: 4541
Página Fin: 4542
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):877401
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ), y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, con ánimo de lucro, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, siempre que tengan trabajadores/as por cuenta ajena mediante contrato indefinido, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y realicen las inversiones destinadas a la adaptación de los puestos y/o entorno del trabajo o dotación de equipos de protección específicos en relación a su discapacidad para evitar accidentes laborales a la persona trabajadora con discapacidad o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo, conforme a lo establecido en la presente convocatoria, en centros de trabajo situados en Extremadura.
Asimismo, podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos enumerados en el resuelvo tercero de esta convocatoria y puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención.
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria son las subvenciones destinadas a fomentar la adaptación de los puestos de trabajo ocupados por personas trabajadoras con discapacidad en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 157/2024, de 17 de diciembre de 2024, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria (DOE núm. 14, de 22 de enero).
Cuarto. Cuantía.
El importe total del crédito destinado a esta convocatoria asciende a veinte mil euros (20.000,00 €), financiados con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicación presupuestaria 140120000/G/325A/77000/CAG0000001/20001339 mejora de las condiciones de trabajo en empresas con fuente de financiación fondos de la Comunidad Autónoma.
La cuantía de las subvenciones será del 50% del coste de la inversión subvencionable, con un límite de 20.000 euros por beneficiario, para la totalidad de las inversiones subvencionables realizadas y justificadas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y del presente extracto de la misma previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Procedimiento de concesión y convocatoria.
El procedimiento se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica. El procedimiento electrónico completo estará ubicado en el Punto de Acceso General, en la dirección https://www.juntaex.es/w/0702324.
Mérida, 26 de noviembre de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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