ANUNCIO de 18 de agosto de 2026 por el que se notifican determinados requerimientos para la presentación de la solicitud de liquidación en expedientes de ayuda aprobados al amparo del Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria, correspondiente al ejercicio 2023.
TEXTO ORIGINAL
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 26 del Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y una vez finalizado el plazo establecido para la ejecución de las inversiones subvencionadas al amparo de este decreto, mediante la presente notificación, se le requiere a los titulares de los expedientes relacionados en el anexo adjunto, para que, en el palazo máximo de 10 días hábiles computados a partir del día siguiente al de esta publicación, presenten la solicitud de liquidación de la subvención acompañada de los documentos preceptivos relacionados en el apartado 5 del citado artículo. Todo ello, sin perjuicio de las penalidades que puedan corresponder por su presentación extemporánea.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través de la notificación individual en la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
La falta de presentación de la solicitud de liquidación determinará la pérdida total de la subvención de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 29 y 30 de este decreto.
El incumplimiento total del ayuda declarado conllevará el inicio del procedimiento para la incautación de la garantía, en virtud de lo previsto en el apartado 2 del artículo 30 del decreto, con la salvedad establecida en el apartado 7 del artículo 27.
La solicitud de liquidación junto a la documentación justificativa, en relación con los expedientes relacionados en el anexo, se presentarán a través de la plataforma ARADO:
https://aradoacceso.juntaex.es/
(trámite Presentación documentación ayudas FEADER NO SIG INVERSIONES).
Tanto las personas físicas como las jurídicas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y de acuerdo con el artículo 26 del decreto, están obligadas a la utilización de los medios electrónicos. Serán inadmitidas automáticamente, sin más trámites, las solicitudes que no se presenten a través de los medios electrónicos anteriormente indicados.
Mérida, 18 de agosto de 2026. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria, PS, El Jefe de Sección de Promoción de Industrias Agrarias (Instrucción 5/2025, de la Secretaría General, por la que se regula el régimen de suplencias de los titulares de las jefaturas de servicio y unidades administrativas de la Consejería), JOSÉ MANUEL DE ANDRÉS RAMOS.