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MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del Programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2026 y 2027, y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes.
DOE Número: 167
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 28 de agosto de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Vivienda. Subvenciones.
Página Inicio: 37510
Página Fin: 37511
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 914545
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 126, de fecha 2 de julio de 2026, el Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2026 y 2027, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/914545 ).
De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero del resuelvo quinto de la Resolución de 17 de junio de 2026 (resolución de convocatoria), el plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses, a contar desde el 15 de julio de 2026; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo .
Por otro lado, el párrafo primero del apartado 5 del Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2026 y 2027, establece:
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses, a contar desde el 15 de julio de 2026; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo .
En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta que la estimación de las solicitudes de subvención hasta ahora presentadas conllevaría el agotamiento del crédito vinculado en la convocatoria de las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2026 y 2027,
ACUERDO:
1. Anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , convocadas mediante Resolución de 17 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2026 y 2027, debiendo procederse a publicar el presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Modificar el párrafo primero del apartado 5 del Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2026 y 2027, cuyo literal debe quedar como sigue:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura el anuncio de la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de subvenciones. No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten con posterioridad .
Mérida, 4 de agosto de 2026.
EL Director General de Movilidad y Transportes,
PS, Resolución del Consejerode 16/06/2026, (DOE n.º 117, de 19/06/2026),
CRISTÓBAL MAZA OLIVERA
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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