RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga al Convenio Marco de Colaboración firmado entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura para la implantación del Servicio de Atención de Urgencias y Emergencias 112.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 19 de diciembre de 2025, la Adenda de prórroga al Convenio Marco de Colaboración firmado entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura para la implantación del Servicio de Atención de Urgencias y Emergencias 112, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 16 de enero de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN FIRMADO ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Y LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE EXTREMADURA PARA LA IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS 112.
19 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Abel Bautista Morán, Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto de la Presidenta 17/2023, de 20 de julio (DOE n.º 140, de 21 de julio), y al amparo de lo establecido en los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D. Manuel José González Andrade, Presidente de la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (FEMPEX), elegido en la X Asamblea General de la misma el 28 de noviembre de 2023, en virtud de las funciones atribuidas por el artículo 24.I.a) de los Estatutos de la Federación.
Ambas partes intervienen en representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para la firma de la siguiente Adenda y al efecto,
EXPONEN:
Primero. Que con fecha de 24 de enero de 2022 la entonces Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura, al amparo de lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscribieron un convenio marco de colaboración que tiene por objeto concertar acciones encaminadas a facilitar el establecimiento de los Convenios entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y cada uno de los ayuntamientos para la incorporación de los servicios de urgencias, emergencias y seguridad de titularidad municipal, al Servicio de Atención de Urgencias y Emergencias 112 Extremadura, que presta la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Que en la actualidad la competencia en materia de protección civil y emergencias recae en la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, tras la modificación de la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura operada por el Decreto de la Presidenta 16/2023 de 20 de julio, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la referida Consejería.
Tercero. Que de conformidad con la cláusula séptima del convenio, este tendrá una vigencia de cuatro años desde el momento de su firma, siendo prorrogable por un periodo de cuatro años, por acuerdo unánime de las partes, mediante una adenda de prórroga al Convenio, que debe ser acordada por las partes antes de la finalización del plazo de vigencia .
Por ello, estando próxima la fecha de vencimiento de los cuatro años de vigencia de dicho convenio, es intención de ambas partes acordar su prórroga por un período de cuatro años más.
Por todo lo que antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
Primera. Prórroga.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio firmado entre la anterior Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura, para la implantación del servicio de atención de urgencias y emergencias 112, por un periodo de cuatro años, que tendrá efectos a partir del día 24 de enero de 2026 y hasta el día 23 de enero de 2030, de conformidad con los límites contemplados en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda. Términos del convenio.
Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio firmado por las partes con fecha de 24 de enero de 2022, sin perjuicio de lo previsto en la anterior cláusula primera.
Tercera. Publicidad.
La presente adenda se deberá inscribir en el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y publicarse en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Y en prueba de conformidad, se firma electrónicamente por ambas partes el presente documento.
El Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social,
ABEL BAUTISTA MORÁN
El Presidente de la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura,
MANUEL JOSÉ GONZÁLEZ ANDRADE