EXTRACTO de las Ayudas PAC campaña 2026/2027 del "Pago de regímenes en favor del clima y el medio ambiente (eco-regímenes)", según Resolución de 21 de enero de 2026, de la Secretaría General.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 882884
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ), y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Esta ayuda consiste en un pago anual por todas las hectáreas subvencionables declaradas para el cumplimiento de una de las siguientes prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente:
— Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos húmedos.
— Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos mediterráneos.
— Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano.
— Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo.
— Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío.
— Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos.
— Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media.
— Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales.
— Agroecología: Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas agricultoras que lo soliciten en tiempo y forma y cumplan:
a) Los requisitos que determinan la figura de agricultor activo, conforme al capítulo I del título II del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
b) Que justifiquen cada derecho con una hectárea admisible ubicada en territorio nacional excepto en la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) Los requisitos generales, así como los específicos establecidos en cada práctica agrícola en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
Cuarto. Cuantía.
La ayuda por un importe total de 124.0000.000,00 euros, se imputará a la aplicación presupuestaria 120040000 G/313A/470.00 FA23000001, proyecto de gasto 20230088, con el siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2026: 96.000.000,00 euros.
Anualidad 2027: 28.000.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Del 1 de febrero al 30 de abril de 2026.
Mérida, 21 de enero de 2026.
La Secretaria General
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ