MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución del Comité Ejecutivo de ADEVAG (Asociación para el Desarrollo de las Vegas Altas del Guadiana) de la I convocatoria de ayudas para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027 en la Comarca de las Vegas Altas del Guadiana, para proyectos no productivos de acciones a servicios básicos para la economía y la población rural.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):882169.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ).
El extracto aprobado inicialmente en referencia a esta convocatoria, publicado el 23 de enero de 2026, DOE n.º 15, y que es objeto de modificación a través del presente, recogía que el crédito aprobado era:
— 810.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Según lo referido en el Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027, que establece en su artículo 28.5 ... Asimismo, podrá incrementarse la cuantía asignada a la convocatoria, en cualquiera de sus procedimientos, como consecuencia de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido autorizados por el órgano directivo con competencias en materia de desarrollo rural antes de resolver la concesión de las ayudas, con los límites establecidos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura .
Aprobado por Consejo Ejecutivo de la Asociación para el desarrollo de las Vegas Altas del Guadiana el 22 de julio de 2026, un trasvase de crédito de ciento cincuenta mil euros (150.000,00 euros) y, tras su autorización por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural con fecha 4 de agosto de 2026, se procede a la modificación del Extracto de fecha 23 de enero de 2026 en el siguiente apartado:
Apartado Cuarto. Cuantía, quedará redactado de la siguiente manera:
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 960.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 100% del gasto subvencionable, con el límite de 30.000 € por proyecto. En cualquier caso, ningún beneficiario podrá recibir una ayuda superior a 30.000 €.
En el supuesto de entidades locales que cuenten con alguna pedanía en el municipio, además, podrá presentar proyectos para estas pedanías, con la limitación de 15.000 € por proyecto. En cualquier caso, ningún beneficiario podrá recibir una ayuda superior a 15.000 € .
Mérida, 5 de agosto de 2026.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ