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DECRETO 160/2026, de 1 de septiembre, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Mejora de seguridad viaria y homogeneización de la carretera EX-201. Tramo: LP Huelva-Segura de León".
DOE Número: 173
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 07 de septiembre de 2026
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: DECRETO
Descriptores: Expropiaciones.
Página Inicio: 38504
Página Fin: 38509
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Proyecto cofinanciado con FEDER
La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda tiene atribuidas por Decreto 113/2026, de 26 de mayo, en relación con el Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de proyección, construcción, conservación y explotación de las carreteras de la red de la Junta de Extremadura, así como la elaboración de planes, programas, estudios y normas, así como la revisión y actualización del mapa de carreteras de Extremadura, a coordinar junto con las instituciones provinciales y estatales.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38.b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Con relación a las obras de Mejora de seguridad viaria y homogeneización de la carretera EX-201. Tramo: LP Huelva Segura de León , el proyecto fue aprobado con fecha 25 de julio de 2025, y en relación con el procedimiento expropiatorio se ha practicado información pública mediante Anuncio de 11 de mayo de 2026 (DOE n.º 99, de 26 de mayo). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de las publicaciones exigidas legalmente. No se han recibido alegaciones dentro del plazo concedido al efecto.
La mejora de la seguridad vial de la circulación es uno de los principales objetivos de la gestión de las infraestructuras viarias de la red de carreteras de la Junta de Extremadura, siendo su fin último conseguir reducir, en la mayor medida posible, las consecuencias humanas, sociales y económicas de los accidentes de circulación. Consecuencia de ello son las numerosas actuaciones para modernizar la red viaria y mejorar y reforzar los equipamientos de seguridad de las carreteras de titularidad autonómica.
Es objeto de la Dirección General de Infraestructuras Viarias, adscrita a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, perfeccionar los procedimientos usados y mejorar la calidad de sus trabajos, por ello todos los elementos que forman parte de la seguridad viaria, como se indica en la gestión de las infraestructuras viarias, la seguridad pasiva de la carretera ha de considerarse bajo un enfoque integral, con un análisis de los posibles escenarios, así como de las mejores soluciones posibles.
El Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, establece en su artículo 33 que en los proyectos de construcción se incluirán entre otros, todos los datos de tráfico, topográficos, hidrológicos, geológicos, geotécnicos, territoriales, socio-económicos, demográficos, ambientales, de seguridad viaria, así como los cálculos y estudios que se hubieran utilizado en su elaboración y que justifiquen e identifiquen el trazado, las características de las obras proyectadas y los procesos constructivos elegidos.
Redactado el proyecto de las obras denominadas Actuaciones de mejora de seguridad viaria y homogeneización de itinerarios de las carreteras EX-202 (Tramo: Fuente de Cantos-Segura de León y Travesía de Bienvenida), EX-201 (Tramo: LP Huelva-Segura de León) y EX-211 (Travesía de Peraleda del Zaucejo , es necesario hacer constar la urgencia del procedimiento expropiatorio de los terrenos afectados, pues se trata de ejecutar cuanto antes el proyecto mencionado para dar solución a los problemas de seguridad vial y permitir de esta forma un tráfico más seguro y fluido que el existente en la actualidad.
Se recogen en el proyecto las siguientes actuaciones:
— EX-201: Límite provincia de Huelva (pk 26+150) a inicio variante nueva de Segura de León (pk 33+400): Extendido de una capa de refuerzo de 6 cm de mezcla bituminosa semicaliente po AC22 Surf D 50/70, sobre riego de adherencia con emulsión po C60B3 TER.
— EX-202: pk 46+490 a rotonda acceso a la EX-201 en la variante de la EX-201 en Segura de León (pk 60+350) (sin incluir dicha rotonda): extendido de una capa de refuerzo de 6 cm de mezcla bituminosa semicaliente po AC22 Surf D 50/70, sobre riego de adherencia con emulsión poC60B3 TER.
— Travesía de Peraleda del Zaucejo (EX-211 de pk 25+050 a pk 25+980): fresado de 6 cm, saneo de blandones y extendido de una capa de 6 cm de mezcla bituminosa semicaliente po AC22 Surf D 50/70, sobre riego de adherencia con emulsión po C60B3 TER.
— Travesía de Bienvenida (EX-202 de pk 23+750 a pk 24+750): se realizará un fresado y reposición de 5 cm de media de firme actual en zona de calzada (cuña) franjas en bordes de calzada (con mezcla bituminosa semicaliente po AC22 Surf D 50/70, sobre riego de adherencia con emulsión po C60B3 TER), y extendido, en el resto de calzada, de una capa de rodadura de 6 cm de mezcla bituminosa semicaliente “po AC22 Surf D 50/70, sobre riego de adherencia con emulsión “po C60B3 TER.
La señalización horizontal será sustituida dado que los trabajos son de refuerzo de firmes. Los elementos de balizamiento y defensa se mantienen, siendo sustituidos aquellos que estén en mal estado.
Se prevé realizar una reordenación de accesos en la margen derecha entre el pk 31+950 al pk 32+314, mediante un camino de servicio paralelo a la carretera, mejorando así la seguridad viaria del tramo.
Por todo lo anterior y debido al elevado riesgo que conlleva el tráfico de vehículos en la zona del proyecto, si no se ejecutase la obra con urgencia, haría aumentar aún más los problemas de accidentalidad existentes.
El objetivo de cualquier actuación de seguridad vial sobre una infraestructura viaria es la previsión de los posibles accidentes que se puedan producir, a fin de adoptar soluciones para reducir la probabilidad de ocurrencia y sus consecuencias.
El proyecto es en sí la forma de hacer constar que se han tenido en cuenta todos los aspectos que pueden influir en los niveles de riesgo de accidente una vez construida la obra y que las soluciones que se han adoptado son las más favorables desde el punto de vista de la seguridad.
Por otro lado, las obras consideradas se realizarán estando cofinanciadas con fondos FEDER, Objetivo Político OP3, Una Europa más conectada; Prioridad de Inversión, P.3.A, Movilidad. Objetivo Específico 3.iii), El desarrollo y el refuerzo de una movilidad sostenible, resistente al cambio climático, inteligente e intermodal a escala nacional, regional y local, que incluye la mejora del acceso a la RTE-T y de la movilidad transfronteriza, por tanto, se hace necesario realizar con urgencias las obras para cumplir con los compromisos establecidos de ejecución con Europa y para contar con su financiación.
Se puede concluir que se está ante un evidente problema de seguridad vial, por lo que la disponibilidad de los terrenos en el menor plazo posible, a través del procedimiento de urgencia de la ocupación, dentro de la legalidad vigente, posibilitaría el inicio de las obras en el menor tiempo posible al poder disponer de los terrenos antes de llegar a un acuerdo sobre el justiprecio. Con ello se lograría dar solución a los problemas de seguridad vial actuales que ponen en peligro la integridad de personas y bienes, además de responsabilidades patrimoniales derivadas, mediante la construcción de la nueva infraestructura, que mejorará las características geométricas de las que había anteriormente para reducir la tasa de accidentalidad y dar fluidez al tráfico que confluye en la zona objeto de la nueva actuación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 1 de septiembre de 2026,
DISPONGO:
Artículo único. Se declare de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición de derechos necesarios para la ejecución de las obras de Mejora de seguridad viaria y homogeneización de la carretera EX-201. Tramo: LP Huelva Segura de León , con los efectos y alcance previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su reglamento.
Contra el presente decreto del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, tal y como establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, conforme establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 1 de septiembre de 2026.
El Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,
FRANCISCO JOSÉ RAMÍREZ GONZÁLEZ
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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