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EXTRACTO de la Resolución de 13 de julio de 2026, de ayudas destinadas a financiar el desarrollo de Programas de Refuerzo Educativo Competencial en centros educativos concertados, curso 2026/2027.
DOE Número: 176
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 11 de septiembre de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Programas educativos. Ayudas.
Página Inicio: 39381
Página Fin: 39383
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):928171
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de las ayudas destinadas a financiar el desarrollo de programas de refuerzo educativo competencial en centros educativos concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2026/2027.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que resulten seleccionados desde la Consejería competente en materia de educación en los términos contemplados en la Orden de 21 de junio de 2022, de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar el desarrollo de programas de refuerzo educativo competencial en centros educativos concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 21 de junio de 2022, de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar el desarrollo de programas de refuerzo educativo competencial en centros educativos concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
El importe de la subvención comprenderá la totalidad de los gastos necesarios para la implementación de los Programas de Refuerzo Educativo Competencial en los centros educativos seleccionados.
La cuantía individualizada será por cada maestro o maestra asignada a cada etapa seleccionada para la implementación del programa, que como máximo serán veinticinco, tal y como se indica en el apartado cuarto de esta resolución. En la anualidad 2026 dicha cuantía será de 4.725 € por etapa seleccionada y en la anualidad 2027 será de 8.775 €. La suma de las dos anualidades es de 13.500 €, que es el resultado de multiplicar 9 meses de duración del programa del curso escolar (2026-2027) por el importe de la subvención, que, tal y como se contempla en el artículo 13 de las bases reguladoras de estas ayudas, es de 1.500 € al mes por docente a media jornada, con un máximo de un docente por etapa educativa en cada uno de los centros.
Por lo tanto, la cuantía total de las ayudas convocadas es de 337.500 €.
El importe que se derive de la aplicación de la presente resolución durante las anualidades 2026 y 2027 se imputarán al Programa 222 C:
Educación Especial, Enseñanzas Artísticas e Idiomas.
Aplicación presupuestaria: 13003.222C.470.00. Proyecto: 20220045.
La imputación por anualidades se hará de la siguiente manera:
— Anualidad 2026: 118.125,00 €.
— Anualidad 2027: 219.375,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Los centros educativos privado-concertados formularán las solicitudes por cada etapa que soliciten según el modelo que se acompaña como anexo III en la resolución de convocatoria que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
Con la solicitud acompañarán la siguiente documentación:
a) Autorización del padre, madre o tutor legal del alumno para su participación en dichos programas, anexo IIA de la resolución.
b) Compromiso de participación de, al menos, el 60% claustro de profesorado, anexo III de la resolución.
c) Certificado acreditativo de la dirección del centro en el que conste el % de alumnado educativamente vulnerable respecto del total facilitado por el EOEP que atiende al centro, según modelo normalizado del anexo IV de la resolución, visado por la inspección educativa que atiende al centro. Dichos datos se tomarán en base al número de unidades de apoyo educativo concertadas.
d) Declaración responsable de que no se hayan incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 13 de julio de 2026.
La Directora General de Innovación e Inclusión Educativa,
(PD, Resolución de 13 de mayo de 2023)
CARMEN MARÍA GÓMEZ LABRADOR
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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