RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la incorporación de la relación de personas candidatas a la lista de espera constituida para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría Intervención, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Las Comunidades Autónomas tienen atribuida la potestad, de acuerdo con la normativa establecida por la Administración del Estado, para otorgar nombramientos interinos de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional en las entidades locales situadas en su ámbito territorial, según el artículo 92.bis.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
En desarrollo de esta previsión legal, el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación nacional, señala en su artículo 53 la preferencia de aquellos aspirantes que hayan aprobado algún ejercicio en las pruebas de acceso a las subescalas correspondientes convocadas por la Administración General del Estado.
A los efectos de esta inclusión en las listas que constituyan las comunidades autónomas, se publica la Orden TPF/297/2019, de 7 de marzo, que establece el procedimiento de elaboración de relaciones de candidatos de las diferentes Subescalas de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, y su remisión a las Comunidades Autónomas. Dicha orden acuerda en su epígrafe tercero que las relaciones de candidatos elaboradas conforme al procedimiento establecido en el apartado anterior serán remitidas por el Instituto Nacional de Administración Pública a las Comunidades Autónomas, a los efectos de su utilización de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo .
En desarrollo de este marco normativo, la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobó el Decreto 107/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de selección y nombramiento de personal funcionario interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración Local con habilitación nacional en las entidades de las Comunidad autónoma de Extremadura, donde se prevé la posibilidad de constitución de la relación de personas candidatas para la provisión temporal de aquellos puestos reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, respetando la preferencia de las personas candidatas incluidas en las relaciones remitidas por el Instituto Nacional de Administración Pública, perteneciente al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
En ejecución de estas previsiones, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública con fecha 10 de agosto de 2026 ha remitido la relación de personas candidatas que han superado algún ejercicio de las pruebas selectivas para el ingreso en la subescala de secretaria-intervención, de la escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, y que solicitaron su inclusión en la lista de espera de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 10 de decreto 107/2024, de 3 de septiembre, establece un orden para la constitución de la relación autonómica de candidatos para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, de puestos reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional:
a) Por la incorporación preferente de aquellas personas aspirantes que procedan de una relación de personas candidatas remitida por el Instituto Nacional de Administración Pública, en virtud de la Orden del Ministerio de Política Territorial y Función Pública TFP/297/2019, de 7 de marzo, a los efectos de su inclusión en la lista que constituyan las comunidades autónomas para la provisión con carácter nacional.
Cuando el Instituto Nacional de Administración Pública remita sucesivas relaciones de aspirantes, éstas serán sustituidas por las nuevas listas remitidas por parte del INAP.
b) Por las personas aspirantes que superen los correspondientes procesos selectivos, en virtud de la convocatoria realizada por la consejería competente en materia de administración local.
c) Por las personas aspirantes que hayan superado con aprovechamiento óptimo los másteres en materia de administración local, organizados por la Universidad de Extremadura y las Diputaciones Provinciales, en convenio con la Junta de Extremadura, que pasarán a formar parte de la relación de personas candidatas en los términos establecidos en la convocatoria realizada a estos efectos por la consejería competente, para su integración a la misma, incorporándose, en su caso, al final de la relación autonómica vigente y sólo para las relaciones autonómicas confeccionadas para cubrir puestos de la subescala Secretaría-Intervención.
El Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye las competencias de administración local a la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción del Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura, asimismo la constitución de las listas de espera para la provisión, mediante nombramientos interinos, de puestos reservados funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en las entidades locales extremeñas, esta delegada en la persona titular de la Dirección General de Administración Local, por Resolución de 7 de mayo de 2026, del Vicepresidente y Consejero de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencia de la Junta de Extremadura, por todo ello esta Dirección General de Administración Local,
RESUELVE:
Primero. Dejar sin efecto las listas de espera para la provisión, mediante nombramiento interino, en puestos reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención, existentes en las entidades locales sitas en la Comunidad Autónoma de Extremadura constituidas en base a la relación de aspirantes remitidas por el Ministerio con competencia en materia de función pública en base a la convocatoria anterior. Todo ello conforme a los dispuesto en la Orden TFP/297/2019, de 7 de marzo, en relación con el artículo 10 del Decreto 107/2024, de 3 de septiembre.
Segundo. Incorporar a la lista de espera actualmente vigente para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de SecretaríaIntervención en las entidades locales del ámbito territorial de la Junta de Extremadura, la relación de personas candidatas remitida por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, como consecuencia del proceso selectivo convocado por Orden TDF/569/2025, de 2 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la subescala de secretaria-intervención, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. Todo ello, conforme a los dispuesto en la Orden TFP/297/2019.
La mencionada lista de espera, que establece el orden de prelación y la indicación de las zonas territoriales seleccionadas será publicada junto a esta resolución en el área de Administración Local del Portal de la Junta de Extremadura.
https://www.juntaex.es/temas/administracion-publica/entidades-locales/funcionarios-con-habilitacion
Tercero. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, cuyos efectos se producirán al día hábil siguiente al de su publicación.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican, los recursos siguientes:
— Las personas interesadas en el procedimiento que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano que haya dictado la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la misma, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, en los términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme al artículo 46.1 de la citada ley. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.
— Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su sede, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Mérida, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previsto en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se considere procedente.
Mérida, 3 de septiembre de 2026.
El Vicepresidente y Consejero de Presidencia,
Coordinación de la acción de Gobierno, Interior y Emergencias,PD, Resolución de 7 de mayo de 2026 (DOE núm. 87, de 8 de mayo),
La Directora General de Administración Local,
ANA MARÍA CANCHO BERMEJO