ANUNCIO de 2 de septiembre de 2026 sobre aprobación de la ampliación de la Oferta de Empleo Público de 2026.
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía 2026-0724 de este Ayuntamiento de fecha 2 de septiembre de 2026, se aprobó la ampliación de la oferta de Empleo Público para el ejercicio 2026, con el tenor literal siguiente:
Siendo que por acuerdo del Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2025, se aprobó el Presupuesto Municipal para el año 2026, que entró en vigor el 1 de enero de 2026 tras su publicación en el BOP n.º 249 de fecha 31 de diciembre de 2025, junto con la Plantilla de Personal y la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación.
Mediante providencia de Alcaldía de fecha 30 de enero de 2026 se inició el expediente para la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2026, emitiéndose informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir en fecha 2 de febrero de 2026.
Considerando que en el informe de control permanente 2026-0008 de fecha 02/02/2026 se expuso que Tras la declaración como personal laboral indefinido no fijo por sentencia de 1 técnico audiovisual, y al no computar dentro de la tasa de reposición de efectivos, debe procederse a la cobertura legal de dicho puesto/plaza, incluyendo la plaza en la OEP, debiendo modificar la plantilla de personal para incluir la plaza en presupuesto; y todo ello previa valoración del puesto y su inclusión en la RPT .
Visto que se aprobó la modificación de la RPT y de la plantilla de personal y que por Resolución de Alcaldía 2026-0321, de fecha 29 de abril de 2026, se aprobó la oferta de empleo público para el ejercicio 2026 publicándose en el BOP n.º 83 de fecha 5 de mayo de 2026 y en el DOE n.º 89 de fecha 12 de mayo de 2026.
Teniendo en cuenta que se ha tramitado la aprobación de la 4.ª modificación de la RPT y la 2ª modificación de la plantilla del presupuesto 2026, incluyendo la plaza en la plantilla de personal y regulando el puesto vinculado en la RPT, y que en la comisión negociadora de 22 de junio de 2026 se negoció la ampliación de la OEP 2026.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe-propuesta de Secretaría de fecha 2 de septiembre de 2026, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como lo dispuesto en los artículos 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la ampliación de la Oferta de Empleo Público para 2026, con la siguiente relación de plazas:
PERSONAL LABORAL:
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GRUPO/SUBGRUPO
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CATEGORÍA LABORAL
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CD
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N.º PLAZAS
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Proc. Selección
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A2
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Técnico audiovisual- gestor cultural
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20
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1
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Concurso-oposición
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Segundo. Certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas ocupadas de forma temporal en cada uno de los ámbitos afectados.
Tercero. Remitir la presente Resolución a la Administración General del Estado, a efectos de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Cuarto. Publíquese en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento, para general conocimiento.
Quinto. Proporcionar, en su caso, la información estadística correspondiente a los resultados del proceso de estabilización de empleo temporal a través del Sistema de Información Salarial del Personal de la Administración.
Sexto. Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la siguiente sesión que se celebre .
Lo que en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra dicha resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.
También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Mérida, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 114.1.c) y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Puebla de la Calzada, 2 de septiembre de 2026. El Alcalde-Presidente, JUAN MARÍA DELFA CUPIDO.