EXTRACTO de la Resolución de convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a las mismas, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenes no asociados para el ejercicio 2026. Línea I.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 882223
De conformidad lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a las mismas, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenes no asociados para el ejercicio 2026 (Línea I) cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE.
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas las asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas que lo soliciten en tiempo y forma y, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 25 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles (DOE núm. 116, de 18 de junio), entidades asimiladas a las mismas, entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenes no asociados, a la fecha de publicación de la convocatoria.
Segundo. Objeto.
Se subvencionarán, con cargo a la convocatoria, proyectos que, teniendo como destinataria la población joven de Extremadura, se desarrollen en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Extremadura y tengan entre sus objetivos o medidas de actuación, al menos, una de las siguientes líneas de acción:
a) Igualdad de género: acciones que persigan fomentar la igualdad de oportunidades y el acceso a los derechos a los jóvenes de todos los géneros, incluidos el colectivo de jóvenes LGTBIQ+. Tendrán cabida en este apartado los proyectos dirigidos a concienciar sobre la participación activa en la lucha contra la violencia de género abordando y combatiendo de manera efectiva el problema en todas sus formas.
b) Sociedades inclusivas: fomentar que las personas jóvenes en riesgo de exclusión participen en todos los procesos de toma de decisiones, combatir la discriminación y la segregación tanto social como educacional y laboral.
c) Información y diálogo constructivo: acciones dirigidas a fomentar en las personas jóvenes un espíritu crítico en el análisis y difusión de la información a que tengan acceso reconociendo y denunciando noticias engañosas, así como aquellas que incitan al odio y la discriminación, tanto en internet como de manera analógica.
d) Salud mental y bienestar: acciones dirigidas a sensibilizar sobre la salud mental en los jóvenes y que rompan con la estigmatización de quienes sufren problemas. Acciones que fomenten la educación en nutrición, autocuidado y alimentación saludable, programas de educación afectivo-sexual, prevención de adicciones y prevención del acoso escolar.
e) Juventud rural: acciones que fomenten en los jóvenes de las zonas rurales la formación y empleo sin necesidad de abandonar el ámbito rural. Acciones que afronten el reto de despoblación rural y a atraer de vuelta a la juventud que ha tenido que salir de la región.
f) Empleo de calidad: acciones dirigidas a dar a conocer los recursos existentes para los jóvenes en formación, reglada o no, y sobre recursos de mejora de empleabilidad y empleo. Acciones que, directa o indirectamente, contribuyan al emprendimiento joven tanto para entornos urbanos como rurales.
g) Aprendizaje de calidad: acciones que mejoren el acceso de la juventud a herramientas de la sociedad digital.
h) Espacios y participación: acciones que fortalezcan la participación democrática, la autonomía de los jóvenes y promuevan el voluntariado juvenil como un medio para mejorar las aptitudes y competencias de los jóvenes, su sentido de la solidaridad y el fomento de una ciudadanía activa.
i) Desarrollo sostenible: acciones encaminadas a que los jóvenes conozcan el efecto de sus acciones en el medio ambiente y a empoderarlos para que actúen como agentes de cambio para el desarrollo ambiental y sostenible.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025 (DOE núm. 116, de 18 de junio).
Cuarto. Cuantía.
Para el objeto de la convocatoria se destinará una cantidad total de trescientos diez mil euros (310.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 150070000 G/253B/48000 CAG0000001 y proyecto de gasto 20250168, denominado Participación juvenil: ayudas al movimiento asociativo juvenil , de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.
Se establece una cuantía mínima de ayuda de 3.000 euros y una máxima de 7.000 euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado por una entidad sea inferior a la cuantía resultante de la aplicación del baremo que se recoge en el apartado decimoséptimo de la convocatoria, la cantidad subvencionada será equivalente a la solicitada.
Quinto. Plazo de presentación.
El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y de los extractos de las líneas contenidas en la misma previstos en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 18 de diciembre de 2025.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO