RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2026, de la Consejera, por la que se actualiza el calendario común de vacunaciones e inmunizaciones a lo largo de toda la vida de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el calendario de vacunación e inmunización específica en menores y adolescentes (menores de 18 años) con condiciones de riesgo y el calendario de vacunación específica en personas adultas (iguales o mayores de 18 años) con condiciones de riesgo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
El calendario de vacunaciones constituye una herramienta esencial de salud pública para garantizar una protección adecuada frente a diversas enfermedades inmunoprevenibles a lo largo de todas las etapas de la vida.
La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, establece en su artículo 6 el derecho a la igualdad en el acceso a las prestaciones sanitarias, previendo en la cartera común básica de servicios asistenciales un calendario único de vacunación. Asimismo, el artículo 19.3.a) de dicha ley atribuye al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) la competencia para acordar ese calendario común.
La Comisión de Salud Pública (CSP) del CISNS, en su reunión de 12 de diciembre de 2025, aprobó el calendario común de vacunación a lo largo de toda la vida para 2026 y las actualizaciones de los calendarios específicos por condiciones de riesgo.
En atención a dicha actualización y como consecuencia de la evolución de la evidencia científica y la situación epidemiológica, la Dirección General de Salud Pública (DGSP) del Servicio Extremeño de Salud (SES) considera necesaria la adopción de las siguientes medidas:
1. Introducción en el calendario de vacunación específica en personas adultas (iguales o mayores de 18 años) con condiciones de riesgo la vacuna frente al virus respiratorio sincitial (VRS) en determinados grupos de riesgo.
En cumplimiento de la actualización de diciembre de 2025 del documento técnico Evaluación de la vacunación frente a VRS en la población adulta (publicado inicialmente en noviembre de 2024) por la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones y aprobada por CSP en diciembre de 2025, se establece para la Comunidad Autónoma de Extremadura la vacunación de la siguiente población:
1. Personas institucionalizadas en residencias de mayores y de personas con discapacidad (a partir de 60 años de edad).
2. Personas adultas (iguales o mayores de 18 años) con condiciones de muy alto riesgo: Se recomendará la vacunación frente a VRS a los siguientes grupos, por su elevada probabilidad de presentar enfermedad grave:
— Cáncer hematológico en tratamiento activo o que lo hayan recibido en los últimos 6 meses.
— Errores innatos de la inmunidad (anteriormente nombradas como Inmunodeficiencias primarias).
— Infección por VIH avanzada (CD4 <200/µl).
— Trasplante de progenitores hematopoyéticos y pacientes sometidos a terapia celular (CAR-T) en los 2 años siguientes al mismo. En caso de recibir tratamiento inmunosupresor o desarrollar enfermedad de injerto contra receptor también estará indicada independientemente del tiempo transcurrido desde el TPH o terapia celular.
— Diálisis (peritoneal y hemodiálisis).
— Trasplante de órgano sólido (especialmente trasplante de pulmón) y personas en lista de espera para el mismo.
— Cáncer no hematológico en tratamiento activo con quimioterapia o tratamiento inmunosupresor recibido en los últimos 6 meses.
2. Introducción en el calendario de vacunación específica en personas adultas (iguales o mayores de 18 años) con condiciones de riesgo la vacuna frente a la difteria, tétanos y Tosferina (dTpa) en pacientes EPOC.
Las personas con enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) presentan una mayor susceptibilidad a infecciones respiratorias y un riesgo incrementado de exacerbaciones, hospitalización y mortalidad. La infección por Bordetella pertussis en adultos cursa con tos intensa y prolongada y se asocia a descompensaciones de la EPOC y eventos clínicamente relevantes. Se recomienda:
— Administrar una dosis de dTpa a toda persona adulta con EPOC que no disponga de una dosis previa de dTpa en la vida adulta, independientemente del estado de vacunación infantil.
3. Vacunación frente a Herpes Zóster en población adulta. Actualización 2026.
En cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de Salud Pública (CSP) de 25 de marzo de 2021, se mantiene el calendario de vacunación sistemática frente al virus Herpes Zóster, que contempla cada año la inmunización de dos cohortes poblacionales:
— Cohorte de personas que cumplen 80 años en el año correspondiente.
— Cohorte de personas que cumplen 65 años en el año correspondiente.
Durante el año 2026, se vacunarán las personas nacidas en 1946 (80 años) y en 1961 (65 años), manteniéndose este esquema progresivo y anual en años posteriores.
Asimismo, podrán recibir la vacuna aquellas personas pertenecientes a cohortes previamente incluidas que aún no hayan sido vacunadas
En virtud de cuanto antecede, a fin de implementar los nuevos calendarios con las medidas propuestas por la Dirección General de Salud Pública, en mi condición de autoridad sanitaria en salud publica,
RESUELVO:
Primero.
Actualizar el calendario común de vacunaciones e inmunizaciones a lo largo de toda la vida de la Comunidad Autónoma de Extremadura, constituido por las vacunas recomendadas para todas las etapas de la vida, según lo dispuesto en el anexo I.
Actualizar el calendario de vacunación e inmunización específica en menores y adolescentes (<18 años) con condiciones de riesgo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al anexo II.
Actualizar el calendario de vacunación específica en personas adultas (iguales o mayores de 18 años) con condiciones de riesgo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al anexo III.
Segundo.
Los calendarios se aplicarán en todos los centros y servicios sanitarios, tanto públicos como privados, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 20 de enero de 2026.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
SARA GARCÍA ESPADA