RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2026, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, de concesión de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2026/2027.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en el resuelvo decimoctavo de la Resolución de 20 de mayo de 2026, de la Dirección del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2026/2027 (DOE núm. 110, de 10 de junio de 2026),
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas que se especifican en los anexos I y II a esta resolución de concesión, por un importe total de un millón doscientos cuarenta y cuatro mil veinticuatro euros con sesenta y dos céntimos de euro (1.244.024,62 €), los cuales se imputarán con cargo al centro gestor 130090000, aplicación presupuestaria G/222G/47000, fondo CAG0000001 y programa de financiación 20130082, imputándose en su totalidad a la anualidad 2026, con la siguiente distribución por modalidades:
— Adquisición de material escolar: ciento veintiséis mil ochocientos veinte euros (126.820,00 euros).
— Adquisición de libros de texto: un millón ciento diecisiete mil doscientos cuatro euros con sesenta y dos céntimos de euro (1.117.204,62 euros).
Segundo. La resolución es un primer acto de concesión.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 11 de septiembre de 2026.
El Director General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios
PD, Resolución de la Presidenta, de 12/05/2026,
(DOE n.º 92, de 15 de mayo),
GONZALO BLANCO GALLEGO