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MODIFICACIÓN del Extracto de la convocatoria para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música.
DOE Número: 183
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 22 de septiembre de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Teatro. Ayudas.
Página Inicio: 40185
Página Fin: 40186
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 878232
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 2, de 5 de enero de 2026, Extracto de la convocatoria para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2026, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/gob.es ).
Esta modificación tiene por objeto reflejar la nueva distribución del montante económico total de la convocatoria entre los dos procedimientos previstos, como consecuencia del traslado al segundo procedimiento de la cantidad no aplicada en el primer procedimiento, en aplicación de lo previsto en el artículo 26.3, del Decreto 152/2024, de 12 de diciembre, por el que se regula la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas (DOE n.º 7, 13 de enero de 2025).
En base a lo anterior, se procede a la siguiente modificación del Extracto indicado:
— El apartado Cuarto. Cuantía , queda redactado de la siguiente forma:
1. A la financiación de estas ayudas se destinará la cantidad máxima de un millón seiscientos mil euros (1.600.000,00 euros), que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273A/46000/20001143/CAG0000001, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026.
El montante económico total de la convocatoria se asignará conforme a la siguiente distribución:
a) 1.085.633,99 euros para el primer procedimiento.
b) 514.366,01 euros para el segundo procedimiento.
2. La cuantía máxima por ayuda anual, incluidos los dos procedimientos, será como máximo de 80.000 euros por solicitante y un máximo de 12 actuaciones, con los siguientes condicionantes y limitaciones: 70 % del caché de compañías extremeñas, 50 % de no extremeñas .
Mérida, 15 de septiembre de 2026.
La Secretaria General,
ISABEL GUTIÉRREZ DE LA BARREDA MENA
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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