RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre el Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática Jara. RCN202600264.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 23 de septiembre de 2026, la Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre el Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática Jara. RCN202600264, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 25 de septiembre de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA (ACTUALMENTE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES) Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL USO DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA JARA.
En Madrid, a 23 de septiembre de 2026
REUNIDOS
De una parte, el Secretario de Estado de Justicia, Sr. Don Manuel Olmedo Palacios, nombrado por Real Decreto 949/2023, de 28 de noviembre, en representación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y en el ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, la Consejera de Salud y Atención a la Dependencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Doña Sara García Espada, nombrada por Decreto de la Presidenta 17/2026, de 29 de abril, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de la delegación otorgada por Decreto de la Presidenta 22/2026, de 8 de mayo, por el que se delega en las personas titulares de las Vicepresidencias y Consejerías la firma de los Convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con el Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias y autorizada para la firma de la presente Adenda por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 9 de septiembre de 2026.
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga y, a tal fin,
EXPONEN
I. Con fecha 1 de septiembre de 2022, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática JARA.
II. La cláusula sexta del Convenio establece que tendrá una duración de cuatro años y producirá efectos con fecha 5 de octubre de 2022, siendo prorrogable a su término mediante acuerdo expreso por igual periodo, que deberá formalizarse con anterioridad a la expiración del convenio.
III. Tanto el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Comunidad Autónoma de Extremadura coinciden en la necesidad de mantener la colaboración prevista en el citado convenio, actualizar la denominación de los órganos firmantes, y modificar los profesionales con acceso a la aplicación, manifestando su voluntad de firmar la presente adenda, por lo que ambas partes
ACUERDAN
Primero. Prórroga y Modificación.
Prorrogar por cuatro años, desde la finalización de la vigencia inicial prevista en el convenio, previa inscripción (antes de la fecha de extinción del convenio), el convenio suscrito entre el Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática JARA. Asimismo, se modifica dicho convenio entrando en vigor las modificaciones a partir de la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.
Segundo. Modificación de la antigua denominación del Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) en el convenio suscrito con fecha 1 de septiembre de 2022 entre el Ministerio de Justicia y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática JARA.
Se modifica la mención al Ministerio de Justicia en todo el texto del convenio por la nueva denominación del Ministerio:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Tercero. Modificación de la antigua denominación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Se modifica la mención a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en todo el texto del Convenio por la nueva denominación de la Consejería:
Consejería de Salud y Atención a la Dependencia
Cuarto. Modificación de la cláusula segunda del convenio. Compromisos de las partes.
Se modifica el segundo párrafo de la cláusula segunda del convenio.
Donde dice:
El acceso al Sistema Jara se limitará a la Dirección del IMLCF o a la persona o personas en las que delegue .
Debe decir:
El acceso a la herramienta de historia clínica disponible en cada momento, se limitará a la Dirección del IMLCF o a la persona o personas en las que delegue de entre los médicos forenses y psicólogos del Instituto .
Quinto. Efectos.
La presente adenda de modificación y prórroga resultará eficaz una vez sea inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y será objeto de publicación, en el plazo de diez días hábiles desde su inscripción, en el Boletín Oficial del Estado .
La prórroga de 4 años comenzará a contar automáticamente desde la finalización de la vigencia inicial prevista en el convenio, previa inscripción (antes de la fecha de extinción del convenio).
Sexto. Mantenimiento de las cláusulas del convenio.
En todo lo no previsto, ni expresamente modificado en la presente Adenda, seguirá en vigor y será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 1 de septiembre de 2022.
Y, de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben electrónicamente la presente adenda.
El Secretario de Estado de Justicia,
Manuel Olmedo Palacios
La Presidenta de la ComunidadAutónoma de Extremadura
PA, La Consejera de Salud y Atencióna la Dependencia
Decreto 22/2026, de 8 de mayo
Sara García Espada