RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Fundación Jóvenes y Deporte, por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo conjunto del Programa "El Ejercicio te Cuida" en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2025, de 5 de agosto de 2025.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 18 de diciembre de 2025, la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Fundación Jóvenes y Deporte, por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo conjunto del Programa El Ejercicio te Cuida en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2025, de 5 de agosto de 2025, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 21 de enero de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES, Y LA FUNDACION JOVENES Y DEPORTE, POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA PARA EL DESARROLLO CONJUNTO DEL PROGRAMA EL EJERCICIO TE CUIDA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA EN 2025, DE 5 DE AGOSTO DE 2025.
18 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Sara García Espada, titular de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto de la Presidenta 21/2023, de 20 de julio, DOE número 140 de 21 de julio de 2023, actuando en ejercicio de las funciones atribuidas por los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el artículo 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
Y de otra parte, Don José Alberto Cacho Macías, en calidad de Director Gerente de la Fundación Jóvenes y Deporte, en virtud del Decreto 92/2024, de 30 de julio, por el que se dispone su nombramiento (DOE n.º 154, de 8 de agosto de 2024), y con poderes suficientes de representación, según artículo 24 de los Estatutos de la citada Fundación.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal necesaria para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El 5 de agosto de 2025, se firmó el convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y La Fundación Jóvenes y Deporte, por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo del programa El Ejercicio Te Cuida en Extremadura (DOE núm. 170, de 3 de septiembre de 2025) con un coste total de 1.320.000,00 €, aportando el SEPAD la cantidad de setecientos treinta mil euros (730.000,00 €) con cargo al centro gestor 11006000, aplicación presupuestaria G/232A/44000, proyecto 20230234 y Fondo CAG0000001.
Segundo. En aplicación de la cláusula tercera del citado convenio referida a pago y justificación , la Consejería de Salud y Servicios Sociales, ha hecho efectivos el primer y segundo pagos por un importe total de 730.000,00 euros.
Tercero. Durante el transcurso de la ejecución del convenio, se han dictado diversas sentencias judiciales firmes que reconocen derechos laborales y salariales al personal vinculado al proyecto, derivados de la regulación de sus condiciones retributivas y contractuales. Estas resoluciones generan la necesidad de afrontar obligaciones económicas adicionales no previstas en el presupuesto inicial del convenio, lo que conlleva a que el coste total del programa sea de 3.204.901,47 euros:
SENTENCIA: 00141/2024 del Juzgado de lo Social número 1 de Badajoz.
SENTENCIA: 00409/2025 del Juzgado de lo Social número 2 de Badajoz.
SENTENCIA: 00094/2025 de la sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Las resoluciones judiciales firmes constituyen obligaciones de cumplimiento ineludible para la Fundación, en tanto que es la empleadora del personal adscrito al proyecto. Por tanto, alteran de forma directa los costes salariales inicialmente previstos en el convenio.
Cuarto. Con el fin de dar cumplimiento a las citadas resoluciones judiciales, garantizar la adecuada retribución del personal y asegurar la continuidad del programa sin afectar a las actividades previstas, se considera imprescindible ampliar la transferencia inicial (730.000,00 euros) en 300.000,00 euros, alcanzando una aportación total por parte del SEPAD de 1.030.000,00 euros para financiar ese nuevo coste de 3.204.901,47 €. Así mismo, se establece que el incremento del coste del proyecto derivado de las nuevas obligaciones económicas (1.884.901,47 €) será cubierto entre ambas partes del convenio, lo que refleja la corresponsabilidad y el compromiso conjunto en la sostenibilidad financiera del proyecto. De esta manera, el SEPAD contribuirá en un 15,9159% y La Fundación Jóvenes y Deporte en el porcentaje restante.
El incremento no altera el objeto ni las actividades del convenio: el proyecto se mantiene íntegro, pero los recursos humanos necesarios para su ejecución tienen un coste superior al inicialmente previsto debido a los atrasos salariales y ajustes retributivos ordenados judicialmente.
Este ajuste presupuestario no implica modificación alguna del objeto del convenio ni de las actuaciones previstas, manteniéndose inalteradas las actividades, objetivos e indicadores de evaluación establecidos. El incremento responde exclusivamente a la necesidad de garantizar la adecuada ejecución del proyecto en condiciones de equilibrio económico y cumplimiento de las obligaciones laborales impuestas judicialmente.
La Fundación también asume parte del sobrecoste con una aportación adicional de 1.584.901,47 €, lo que refuerza el carácter de esfuerzo compartido y demuestra que la modificación no se destina a financiar nuevas actuaciones, sino a mantener la ejecución en condiciones equivalentes a las previstas.
Quinto. El artículo 45.4 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados durante este año 2025, establece que el mencionado incremento exige la previa autorización de Consejo de Gobierno.
Sexto. Que conforme a los artículos 49.g) y 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes pueden acordar la modificación del convenio mediante adenda, siempre que no se altere la naturaleza y el objeto esencial del mismo.
De conformidad con lo establecido en los citados artículos, y previa autorización del Consejo de Gobierno en sesión de 16 de diciembre de 2025, ambas partes acuerdan suscribir la misma conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la Adenda.
Modificar el convenio inicial, para prever nuevos gastos necesarios para la ejecución del programa, que a su vez constituyen modificaciones sobre el presupuesto global de la operación. Todo ello, con la finalidad última de mejorar la eficacia del programa El ejercicio te cuida de Fundación jóvenes y Deportes.
A tal efecto, se modifican las cláusulas segunda y tercera del convenio inicial, relativas a la aportación económica y al pago y justificación, a fin de incrementar la transferencia específica prevista inicialmente.
Segunda. Modificación de la cláusula Segunda. Aportación económica.
Se modifica la cláusula segunda del convenio, que queda redactada como sigue:
El coste íntegro del proyecto asciende a un total de 3.204.901,47 €.
Para cumplir el objeto, desde la Consejería de Salud y Servicios Sociales, a través del SEPAD, se aportará la cantidad total de un millón treinta mil euros (1.030.000,00 €) con cargo al centro gestor 11006000, aplicación presupuestaria G/232A/44000, programa 20230234, y Fondo CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
Los 1.584.901,47 € restantes hasta los 3.204.901,47 €, los aportará la Fundación Jóvenes y Deporte con fondos propios.
Tercera. Modificación de la cláusula tercera. Pago y justificación.
Se modifica la cláusula tercera del convenio, que queda redactada como sigue:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.3 de la citada Ley 1/2024, de 5 de febrero, la forma de pago de la transferencia específica deberá ajustarse al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería.
El Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos, establece en su artículo 3.2.c) que las órdenes de pago se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer mes de cada trimestre. Sin embargo, en la transferencia específica instrumentalizada por el presente convenio, teniendo en cuenta la financiación de gastos desde el 1 de enero de 2025 y la fecha de suscripción del presente convenio, existe una dificultad material de aplicación de lo dispuesto con carácter general en el Decreto 105/2005, de 12 de abril.
Debido a las singularidades antes expuestas, el abono de esta transferencia específica se realizará de la siguiente manera:
— 547.500,00 euros a la firma del convenio por las partes.
— 182.500,00 euros en el último trimestre de 2025, previa presentación de Certificación de gastos y pagos por un importe igual o superior al primer pago, en la que consten los gastos efectuados en la ejecución de las actuaciones, debiendo certificarse, igualmente, el pago de los mismos, suscrito por la persona que ejerza la secretaría de la entidad y con el Vº Bº de la persona que ejerza la representación legal. Esta justificación habrá de ser presentada en la Dirección Gerencia del SEPAD antes del 1 de octubre de 2025.
— Los 300.000,00 euros restantes, se abonarán antes de que finalice la anualidad 2025, previa presentación de gastos y pagos por importe igual o superior al segundo pago (182.500,00 euros). Dicha justificación deberá ser presentada en la Dirección Gerencia del SEPAD antes del 26 de diciembre de 2025.
En lo relativo a la documentación justificativa final, hasta el día 1 de marzo de 2026, la Fundación Jóvenes y Deporte presentará ante el SEPAD:
— Certificado de la persona responsable de la entidad donde conste el importe del programa ejecutado en la anualidad 2025 y que se ha cumplido la finalidad del mismo; acompañado de las nóminas, seguros sociales referidos a los gastos de personal y rendición de cuenta justificativa en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la transferencia para el resto de gastos. La cuenta justificativa deberá incluir declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
— Memoria detallada de las actuaciones financiadas correspondientes a la anualidad 2025 donde se recogerán los resultados de la evaluación efectuada, en aplicación de los indicadores establecidos en el proyecto financiado, que permitan conocer el grado de consecución de los objetivos establecidos y el impacto en la población destinataria del programa, con datos desagregados por sexo y franjas de edad.
Con carácter previo a cada pago, la Fundación Jóvenes y el Deporte deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y frente a la Seguridad Social.
Los gastos que podrán financiarse deberán haberse realizado entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
Cuarta. Modificación del punto 14 del Anexo Técnico (Anexo I.a)
Asimismo, se requiere incluir los gastos que conforman el nuevo coste del programa, por ello se hace necesario modificar el punto 14 del Anexo Técnico (Anexo I.a), que quedaría redactado de la siguiente manera:
ANEXO Ia
PRESUPUESTO MODIFICADO 2025 PROGRAMA EL EJERCICIO TE CUIDA
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INGRESOS
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|---|
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FUNDACIÓN JÓVENES Y DEPORTE
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2.174.901,47
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SEPAD
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1.030.000,00
|
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TOTAL
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3.204.901,47
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GASTOS
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SEPAD
|
FUNDACIÓN
|
|
|---|
|
SUELDOS
|
1.797.000,00
|
730.000
|
1.067.000
|
|
SEGURIDAD SOCIAL
|
363.000,00
|
|
363.000
|
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OTROS (Desplazamientos...)
|
60.000,00
|
|
60.000
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|
ATRASOS SENTENCIAS JUDICIALES
|
984.901,47
|
300.000
|
684.901,47
|
|
TOTAL
|
3.204.901,47
|
1.030.000
|
2.174.901,47
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DESGLOSE DE LOS GASTOS REGULARES
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27 técnicos
|
1
coordinador
|
TOTAL
MENSUAL
|
TOTAL
ANUAL
|
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|---|
|
Sueldo mensual
|
144.401,79
|
5.348,21
|
149.750,00
|
1.797.000,00
|
|
Seguridad Social Mensual
|
29.169,64
|
1.080,36
|
30.250,00
|
363.000,00
|
|
Gastos desplaz.
(Kilometraje)*
|
5.000
|
|
5.000
|
60.000,00
|
*Esta partida se ha calculado en función de los desplazamientos que cada técnico tiene que realizar dentro de la zona que tiene asignada para impartir las clases. Tal y como aparece detallado en el Anexo Técnico, cada zona está compuesta por varias localidades. Una localidad principal o de cabecera desde la cual, se calculan los desplazamientos desde dónde el técnico se traslada de una localidad a otra para poder impartir las clases. Cada kilometraje se paga a 0,22 euros de enero a abril, y a partir de mayo a 0,26 euros.
DESGLOSE DE LOS GASTOS RELATIVOS A LAS SENTENCIAS
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SENTENCIA 141/2024 (Juzgado de lo Social n.º 1 Badajoz)
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SENTENCIA 409/2025 (Juzgado de lo Social n.º 1 Badajoz)
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|---|
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Bruto
|
569.407,92
|
91.627,23
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Seg. Social
|
188.178,00
|
30.287,07
|
|
Seg. Social - Recargos
|
44.820,36
|
7.226,96
|
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Intereses
|
18.844,30
|
34.509,63
|
|
TOTAL
|
821.250,58
|
163.650,89
|
|
984.901,47
|
|
BALANCE
|
|
|---|
|
INGRESOS
|
3.204.901,47
|
|
GASTOS
|
3.204.901,47
|
|
RESULTADO
|
0
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Quinta. Mantenimiento de las cláusulas del convenio.
El contenido del resto de cláusulas del convenio inicial, se mantienen.
Sexta. Eficacia.
La presente Adenda producirá efectos desde su firma, hasta la fecha de finalización del Convenio.
Y en prueba de conformidad con el contenido de esta Adenda, las partes la suscriben a la fecha de la última firma electrónica.
Consejera de Salud y
Servicios Sociales,
D.ª Sara García Espada
Gerente de la Fundación
Jóvenes y Deporte,
D.ª José Alberto Cacho Macías