MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria para el ejercicio 2025-2026, de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo, Programa IV: "Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el régimen especial de trabajadores autónomos", para el periodo 2025-2026.
TEXTO ORIGINAL
para el periodo 2025-2026
BDNS(Identif.): 848616
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 149, de fecha 4 de agosto de 2025, Extracto de la Resolución de 16 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones para el Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) , para el periodo 2025-2026, al amparo del Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ).
Los créditos iniciales de la convocatoria para el Programa IV eran:
20001389 Fomento del Autoempleo , financiado con Fondos Propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por un importe de 1.500.000,00 euros, de los que 600.000,00 euros corresponden al ejercicio 2025, y el resto, es decir, 900.000,00 euros, corresponden al ejercicio 2026, aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/ CAG000001/20001389.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Por todo lo anterior se procede al anuncio de ampliación de crédito previsto en el Resuelvo 12.2 de la Resolución de 16 de julio de 2025, y en el artículo 13.6 del Decreto 39/2024, de 30 de abril, correspondiente al proyecto de gastos del Programa IV, anualidad 2026, siguiente: 20001389 Fomento del Autoempleo por importe de 228.000,00 euros y a la modificación del Extracto de 4 de agosto de 2025 en el apartado Cuarto referido a la financiación y cuantías de la subvención, de manera que la aplicación, proyecto y cuantía correspondientes a las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura será la siguiente:
Los créditos de la convocatoria para el Programa IV:
20001389 Fomento del Autoempleo , financiado con Fondos Propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por un importe de 1.728.000,00 euros, de los que 600.000,00 euros corresponden al ejercicio 2025, y el resto, es decir, 1.128.000,00 euros, corresponden al ejercicio 2026, aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/ CAG000001/20001389.
Mérida, 25 de septiembre de 2026.
PD, Resolución de 29 de mayo de 2026
(DOE n.º 108, de 08/06/2026),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO