EXTRACTO de la Resolución de 29 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura del año 2026.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):933148
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y articulo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria de los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
1. Convocatoria para la concesión de los premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura del año 2026.
2. El objeto de estos premios es reconocer, estimular, difundir y premiar las actuaciones que supongan una interesante aportación en el ámbito de la arquitectura, el urbanismo y la ordenación del territorio realizadas o que puedan llevarse a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Bases reguladoras.
Las mismas, se regulan en el Decreto 112/2024, de 3 de septiembre (publicado en el DOE n.º 193, de 3 de octubre de 2024), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura, y se aprobó la primera convocatoria para el año 2024.
Tercero. Persona o entidad beneficiaria.
1. Podrán ser beneficiarias de estos premios:
a) En la categoría 1.ª, la persona o entidad, pública o privada, titular de la actuación.
b) En el resto de las categorías, las autoras y autores de la propuesta. En el caso de que la titular de la actuación sea una administración pública y el proyecto haya sido redactado por personal a su cargo, la beneficiaria será la administración pública, sin perjuicio del reconocimiento de la autoría.
2. Las categorías de los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura son las indicadas en punto 3 de la resolución de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
Cuarto. Cuantía.
1. Para la financiación de estos premios se destinará la cantidad máxima de 28.000 euros, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
Centro gestor 160060000, posición presupuestaria G/262A/48000, Fondo CAGC0000001, y proyecto de financiación 20001029.
2. Los premios consistirán en:
a) A la persona autora o entidad clasificada en primer lugar en cada categoría: 3.000 euros, una placa distintiva y ser incluida en actividades organizadas por la consejería competente en materia de arquitectura, urbanismo y ordenación del territorio, en las que se difunda la persona o entidad ganadora del premio.
b) A la persona autora o entidad clasificada en segundo lugar en cada categoría: 1.000 euros y un diploma acreditativo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las candidaturas será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y de su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y en el modelo que figura como anexo, indicando también la dirección donde está ubicado el trámite del Punto de Acceso General y que es la siguiente:
https://www.juntaex.es/w/0606222 , según lo dispuesto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad autónoma de Extremadura.
Mérida, 18 de septiembre de 2026.
La Secretaria General,
PD, Resolución de 16 de junio 2026 (DOE n.º 117, de 19 de junio)
El Director General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana,
SATURNINO CORCHERO PÉREZ