ANUNCIO de 30 de septiembre de 2026 por el que se hace pública la convocatoria de las "Becas Europeas de Investigación y Movilidad en Estudios Europeos Premio Europeo Carlos V - Mario Draghi" de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste.
TEXTO ORIGINAL
La Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, es una entidad pública sin ánimo de lucro, de carácter cultural, científico, investigador y divulgador, integrada en el sector público fundacional de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adscrita a la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura, conforme al Decreto 105/2026, de 26 de mayo el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura.
Mediante Decreto 54/2018, de 8 de mayo, se aprobaron las bases reguladoras de las Becas Europeas de Investigación y Movilidad en Estudios Europeos Premio Europeo Carlos V de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste (DOE núm. 92, de 14 de mayo de 2018) que versan sobre la historia, memoria e integración europea tomando como marco y prioridad el perfil de la persona, institución, proyecto o iniciativa galardonada en cada edición, con quien se define el tema y prioridades de investigación bajo una perspectiva multidisciplinar. La base séptima del decreto citado establece que el procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva, y que la convocatoria será aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, previa autorización del Secretario General de la Presidencia de la Junta de Extremadura. Por tanto, con arreglo y en virtud de lo establecido en el citado Decreto 54/2018, de 8 de mayo, se anuncia la convocatoria pública de las ayudas previstas en dicho decreto.
En la XVII edición, el Jurado del Premio Europeo Carlos V otorgó el galardón a Mario Draghi, presidente del Banco Central Europeo (2011-2019) y presidente del Consejo de Ministros de la República de Italia (2021-2022) por su liderazgo al frente del Banco Central Europeo que permitió afrontar una de las mayores crisis que ha vivido la Unión Europea desde su creación, poniendo en marcha una serie de medidas contundentes y arriesgadas que lograron, en plena recesión de la economía europea, mantener la fortaleza del euro y la autonomía del BCE, así como salvar la moneda única permitiendo que Europa saliera fortalecida de dicha crisis . El jurado destacó igualmente la manera ejemplar a través de la cual ha promovido los principios éticos europeos como ejes centrales de la gobernanza económica, destacando su extraordinaria capacidad, previsión y diálogo al servicio de una Europa unida, así como su atención y apuesta por la juventud como garante del futuro de Europa, cometidos que van más allá del ámbito estrictamente económico . Todos estos méritos —y más que atesora— le hicieron, a juicio del jurado, merecedor del Premio Europeo Carlos V en su XVII edición. Teniendo en cuenta estos argumentos, y tras consultar con la persona galardonada, el tema de la XVII edición de las Becas Europeas de Investigación y Movilidad en Estudios Europeos versará sobre: “La autonomía estratégica europea: competitividad industrial, gobernanza económica, federalismo pragmático y mecanismos de toma de decisiones en la UE”.
De acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, apruebo la presente convocatoria, previa autorización del Secretario General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura, de 26 de marzo de 2026,
BASES:
Primera. Objeto.
La presente convocatoria tiene como objeto ofertar 10 becas europeas de investigación y movilidad en estudios europeos Premio Europeo Carlos V con una dotación individual de 2.500 euros, de conformidad con el Decreto 54/2018, de 8 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de las Becas Europeas de Investigación y Movilidad en Estudios Europeos Premio Europeo Carlos V de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, que financiarán:
a) El estudio y la investigación documental en el ámbito europeo para la preparación de las contribuciones que deben presentarse en el marco del Seminario Doctoral Premio Europeo Carlos V de Estudios Pluridisciplinares sobre la Europa Contemporánea que tendrá lugar en el Monasterio de San Jerónimo de Yuste (Extremadura, España).
b) La elaboración de los trabajos de investigación realizados en el marco de la convocatoria, que posteriormente serán publicados en una obra conjunta por la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, junto con una editorial de prestigio.
c) La movilidad de los investigadores para realizar sus trabajos de investigación, para su participación en el seminario doctoral donde presentarán sus trabajos y para asistir posteriormente al acto de presentación de la publicación de las investigaciones.
Segunda. Orientación y prioridades de la convocatoria.
La orientación de la presente convocatoria versará sobre la temática La autonomía estratégica europea: competitividad industrial, gobernanza económica, federalismo pragmático y mecanismos de toma de decisiones en la UE , teniendo en cuenta el perfil, trayectoria y contribución al proceso de construcción europea de Mario Draghi, así como el argumentario y contexto del anexo III que se publicará en la página web de la Fundación Yuste junto a la presente convocatoria, y las prioridades que se indican a continuación, sin perjuicio de que las personas candidatas a las becas propongan otras líneas de investigación innovadoras respecto al tema principal de la misma.
Las prioridades específicas y horizontales que deben ser consideradas a la hora de desarrollar y presentar las propuestas son las siguientes:
a) Prioridades específicas.
La contribución de la Unión Europea, como proyecto histórico, político, económico y jurídico, a la construcción de una capacidad europea de actuación y decisión, reforzando su autonomía estratégica, su competitividad y su capacidad para afrontar crisis y transformaciones globales, a través de:
— El concepto y evolución de la autonomía estratégica europea, entendida en sus dimensiones económica, industrial, tecnológica, energética, financiera, comercial y geopolítica, así como su relación con la soberanía europea y la capacidad de la Unión para definir y defender sus intereses.
— La evolución histórica de la integración económica y monetaria europea, del mercado único y de la Unión Económica y Monetaria, analizando los avances, límites y aprendizajes derivados de las sucesivas crisis económicas y financieras.
— La evolución de la Unión Económica y Monetaria, el papel del Banco Central Europeo y de las instituciones y mecanismos de la Unión Europea en la estabilidad económica y financiera, la gobernanza de la zona euro y la respuesta común ante las crisis, así como su contribución al fortalecimiento de la integración económica y monetaria europea.
— La gobernanza económica de la Unión Europea: coordinación de las políticas económicas y fiscales, reglas presupuestarias, supervisión económica y financiera, mecanismos de solidaridad y financiación común, así como las reformas necesarias para mejorar la capacidad europea de respuesta a crisis y desafíos actuales y futuros.
— La competitividad europea y sus principales determinantes, incluyendo productividad, innovación, inversión, investigación y desarrollo, calidad del empleo, capital humano y capacidad de las empresas y economías europeas para competir en un entorno internacional cambiante.
— La política industrial europea y el fortalecimiento del mercado único, prestando especial atención a la innovación, las tecnologías estratégicas, las cadenas de suministro, las materias primas críticas y otros sectores esenciales para la autonomía estratégica europea.
— La transición digital y ecológica y sus implicaciones para la competitividad, la productividad, la inversión y la transformación del tejido productivo europeo.
— La seguridad y autonomía energética de la Unión Europea, la diversificación de fuentes y suministros y la relación entre transición energética, competitividad industrial y resiliencia europea.
— La dimensión internacional de la autonomía estratégica, incluyendo la política comercial común, las cadenas globales de valor, las dependencias económicas, la competencia geoeconómica y las relaciones de la Unión con las principales potencias y regiones del mundo, y en especial con América Latina y el Caribe.
— La movilización de la inversión pública y privada y el desarrollo de instrumentos financieros europeos para apoyar la competitividad, la innovación, las infraestructuras, la energía, las transiciones digital y ecológica y otros bienes públicos europeos.
— El presupuesto de la Unión, los recursos propios, los mecanismos de financiación común y la posibilidad de desarrollar instrumentos europeos capaces de responder a necesidades estratégicas compartidas.
— El proceso de integración europea y las distintas concepciones del federalismo europeo, con especial atención al denominado federalismo pragmático como enfoque orientado a profundizar la integración allí donde la acción europea aporta un valor añadido claro, preservando al mismo tiempo la diversidad de los Estados miembros.
— Los mecanismos de toma de decisiones de la Unión Europea, incluyendo la unanimidad, la mayoría cualificada, la cooperación reforzada y otras fórmulas de integración diferenciada, analizando su eficacia, legitimidad democrática y capacidad para permitir respuestas europeas eficaces, ágiles y oportunas.
— Las relaciones entre las instituciones europeas y los Estados miembros en las políticas económicas, industriales y estratégicas, así como la evolución del equilibrio institucional y del reparto de competencias.
— Los principios de subsidiariedad, proporcionalidad y solidaridad como elementos para articular una Unión capaz de actuar conjuntamente sin menoscabar la diversidad territorial, política y económica de sus Estados miembros.
— La dimensión social de la competitividad europea, analizando la relación entre productividad, empleo, cohesión social, protección social, bienestar y sostenibilidad del modelo social europeo.
— El papel del capital humano, la educación, la formación, la investigación, la movilidad y la juventud en el fortalecimiento de la autonomía estratégica y la competitividad de Europa.
— La investigación científica, las universidades y los ecosistemas de innovación como elementos esenciales para generar capacidades estratégicas, reducir dependencias externas y fortalecer la posición internacional de la Unión.
— Las relaciones entre profundización y ampliación de la Unión Europea y sus implicaciones para la gobernanza, la competitividad, la cohesión y la autonomía estratégica de la Unión.
— El papel de la Unión Europea como actor global y sus relaciones con Estados Unidos, China, América Latina y el Caribe, África y otras potencias y regiones, considerando los cambios en el equilibrio geopolítico, tecnológico y económico mundial.
— La relación entre autonomía estratégica, democracia, Estado de Derecho, derechos fundamentales y valores europeos, analizando cómo la capacidad de actuación exterior e interior de la Unión puede reforzar su modelo político y social.
— El análisis de las propuestas y conclusiones del informe de Mario Draghi sobre el futuro de la competitividad europea y de sus implicaciones para la integración económica, industrial y política de la Unión, principales barreras para su puesta en marcha y posibles soluciones.
b) Prioridades horizontales.
En coherencia con el carácter pluridisciplinar y europeo de estas becas, los trabajos deberán incorporar los siguientes enfoques transversales:
— La perspectiva histórica, analizando la evolución de la construcción europea y de sus políticas económicas, industriales y financieras, desde los orígenes de la integración hasta la actualidad.
— La perspectiva económica, estudiando la competitividad, la productividad, la innovación, la inversión, la estabilidad macroeconómica y las transformaciones del mercado único y de la Unión Económica y Monetaria.
— La perspectiva política e institucional, considerando el reparto de competencias, el equilibrio institucional, las relaciones entre la Unión y los Estados miembros y los mecanismos de toma de decisiones.
— La perspectiva jurídica, analizando los Tratados, las competencias de la Unión, los procedimientos legislativos y decisorios y los principios de subsidiariedad, proporcionalidad y solidaridad.
— La perspectiva geopolítica e internacional, teniendo en cuenta la transformación del orden económico mundial, las dependencias estratégicas, la competencia tecnológica y comercial, la seguridad energética y el papel de la Unión como actor global.
— La relación entre competitividad, autonomía estratégica y cohesión social y territorial, considerando los efectos distributivos de las transformaciones económicas y de las transiciones digital y ecológica.
— El papel de la juventud, la educación, la investigación, la formación y el talento como factores esenciales para el futuro de la integración europea y de la autonomía estratégica de la Unión.
— La cooperación entre instituciones europeas, Estados miembros, regiones y entidades locales, empresas, universidades, centros de investigación y sociedad civil como elemento para reforzar las capacidades europeas y la legitimidad del proyecto común.
— La reflexión sobre el futuro del proyecto europeo, incluyendo las posibilidades de profundización de la integración, las reformas institucionales, la cooperación reforzada y otras formas de integración diferenciada orientadas a mejorar la eficacia, legitimidad, solidaridad y capacidad de acción de la Unión.
— El análisis de la capacidad de la Unión para anticipar y responder a crisis, incluyendo los mecanismos de decisión, coordinación, financiación y solidaridad desarrollados o reforzados en respuesta a las crisis económicas, sanitarias, energéticas y geopolíticas.
— La dimensión democrática y de valores europeos, asegurando que el fortalecimiento de la autonomía estratégica y de la capacidad de decisión de la Unión se analice conjuntamente con la democracia, el Estado de Derecho, los derechos fundamentales, la transparencia y la rendición de cuentas.
Tercera. Requisitos de las personas beneficiarias.
Podrán adquirir la condición de personas beneficiarias quienes a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan, además de los establecidos con carácter general en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los siguientes requisitos específicos:
1. Poseer nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o de alguno de los países que sean admitidos en esta convocatoria, así como de terceros países cuando se acredite la condición de residente en alguno de los países admisibles con fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria.
Países admitidos en la convocatoria:
Estados miembros de la Unión Europea (UE): Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumania, Suecia.
Balcanes Occidentales: Albania, Bosnia y Herzegovina, Kosovo, Montenegro.
Vecindad oriental: Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Moldavia, Territorio de Ucrania reconocido por el Derecho internacional.
Países del Mediterráneo meridional: Argelia, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, Palestina, Siria, Túnez.
Asia: Bangladés, Bután, Camboya, China, Filipinas, India, Indonesia, Laos, Malasia, Maldivas, Mongolia, Myanmar/Birmania, Nepal, Pakistán, República Popular Democrática de Corea, Sri Lanka, Tailandia y Vietnam, Brunéi, Corea, Hong Kong, Japón, Macao, Singapur y Taiwán.
Asia Central: Afganistán, Kazajistán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán.
Oriente Medio: Irak, Irán y Yemen Arabia Saudí, Baréin, Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Omán y Qatar.
Pacífico: Fiyi, Islas Cook, Islas Marshall, Islas Salomón, Kiribati, Micronesia, Nauru, Niue, Palaos, Papúa Nueva Guinea, Samoa, Timor Oriental, Tonga, Tuvalu, Vanuatu, Australia, Nueva Zelanda.
África subsahariana: Angola, Benín, Botsuana, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camerún, Chad, Comoras, Congo, Costa de Marfil, Eritrea, Esuatini, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bisáu, Guinea Ecuatorial, Kenia, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauricio, Mauritania, Mozambique, Namibia, Níger, Nigeria, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Somalia, Sudáfrica, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Togo, Uganda, Yibuti, Zambia, Zimbabue.
América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.
Caribe: Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Cuba, Dominica, Granada, Guyana, Haití, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Trinidad y Tobago.
Estados Unidos y Canadá: Estados Unidos de América y Canadá.
Otras regiones: Andorra, Mónaco, San Marino y Estado de la Ciudad del Vaticano, Islas Feroe, Reino Unido y Suiza.
2. Estar matriculado en el programa de doctorado de alguna universidad de los países admitidos como elegibles en la presente convocatoria y encontrarse en la fase de preparación de la tesis doctoral en Historia, Ciencias Políticas, Economía, Derecho, y otras disciplinas de las Ciencias Humanas y Sociales, así como otras ramas de la ciencia, sobre un tema relacionado con el objeto y orientación establecidas en la convocatoria.
3. No haber recibido una Beca de Investigación y Movilidad en Estudios Europeos Premio Europeo Carlos V de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste con anterioridad.
4. Acreditar el conocimiento de alguna de las dos lenguas de trabajo (inglés o español) con un nivel igual o superior al B2 del MCERL (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas), en caso de que ninguna de ellas se trate de su lengua materna.
Cuarta. Procedimiento de concesión.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en la presente convocatoria es el de concurrencia competitiva y convocatoria pública.
Quinta. Criterios de selección.
1. Para valorar las solicitudes se atenderá al resultado de la baremación realizada por un jurado que tendrá en cuenta méritos objetivos, así como la calidad y adecuación de las propuestas presentadas en la presente convocatoria.
Las solicitudes se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
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MÉRITOS ACADÉMICOS
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PUNTUACIÓN
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Títulos universitarios
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1 punto por cada título complementario al Grado, o Licenciatura principal hasta un máximo de 5 puntos.
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Nota media del expediente académico de la titulación principal
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Hasta 10 puntos en correspondencia con la nota media
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Premios académicos, becas y ayudas obtenidas para trabajos de investigación y/o proyectos relacionados con el tema y prioridades de la convocatoria
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0,5 puntos por cada una
hasta un máximo de 3 puntos
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Estancias de investigación internacionales (Por cada estancia de un mínimo de 15 días)
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Hasta 3 meses: 0,5 puntos
Más de 3 meses: 1 punto
hasta un máximo de 5 puntos
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Publicaciones científicas relacionadas con el tema de la convocatoria y prioridades de la convocatoria
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0,5 puntos por cada una hasta un máximo de 5 puntos
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Experiencia profesional relacionada con el tema y prioridades de la convocatoria
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0,5 puntos por año trabajado hasta un máximo de 2 puntos
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Competencia lingüística (Cualquier idioma oficial)
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Nivel B1: 0,5 puntos
Nivel B2: 1 punto
Nivel C1 o superior: 1,5 puntos Hasta un máximo de 5 puntos
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PROYECTO INVESTIGACIÓN
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PUNTUACIÓN
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Orientación de la contribución
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Hasta 15 puntos
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Adaptación a la temática de la convocatoria
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Hasta 10 puntos
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Adaptación a las prioridades de la convocatoria
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Hasta 10 puntos
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Calidad del tema de la propuesta
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Hasta 10 puntos
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Calidad de la estructura de la propuesta
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Hasta 10 puntos
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Calidad de la metodología de la propuesta
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Hasta 10 puntos
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2. Las becas se adjudicarán a los solicitantes que hayan obtenido mayor puntuación en la valoración realizada. En caso de empate en la puntuación, el orden de prelación se establecerá por la mayor puntuación alcanzada en la nota media global del expediente académico. Si se mantuviera el empate se resolverá por sorteo entre los candidatos.
Sexta. Solicitudes y plazo de presentación de candidaturas.
1. Las solicitudes se formalizarán a través del modelo que figura en el anexo I de la presente convocatoria.
2. Las solicitudes junto con la documentación anexa se presentarán por vía electrónica cumplimentando el formulario digital publicado en la web: www.fundacionyuste.org (Menú: ( Premio Europeo Carlos V /Becas Premio Europeo Carlos V), y remitiendo la documentación requerida a la siguiente dirección: becas@fundacionyuste.org.
También podrán optar por presentar la solicitud físicamente en el registro de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, sita en el Monasterio de San Jerónimo de Yuste, 10430 Cuacos de Yuste (Cáceres) o a través de las oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto a fin de que en ellas se haga constar, por el responsable de la oficina, la fecha en que tiene lugar la presentación y remisión por correo certificado.
3. El formulario de solicitud (anexo I) cumplimentado deberá ir acompañado de la siguiente documentación:
a. Copia del NIF y/o Pasaporte en vigor.
b. Copia de la tarjeta de residente (solo nacionales de países distintos a los elegibles en la convocatoria).
c. Copia del resguardo de matrícula en el grado de doctorado de la Universidad.
d. Copia del Expediente Académico.
e. Copia de documentación acreditativa de los requisitos y méritos incluidos en el formulario de solicitud.
f. Carta de recomendación del director/a de la Tesis.
g. Declaración de compromiso (anexo II).
h. Acreditación de conocimiento de inglés o español, nivel igual o superior a B2. (solo en el caso de no ser lengua materna).
La Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste podrá solicitar en cualquier momento, y de manera motivada, el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrá requerir la exhibición del documento original.
4. El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días hábiles que se computará a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
5. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Séptima. Ordenación e instrucción del procedimiento.
1. Corresponde al Director Gerente de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las becas de la presente convocatoria.
2. El órgano instructor revisará las solicitudes presentadas, realizando de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los que deba formularse la propuesta de resolución. En esta fase se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de persona beneficiaria de la subvención, previa emisión del correspondiente informe técnico del que se dará traslado al jurado que será constituido al efecto.
3. Para el análisis, valoración y prelación de las solicitudes presentadas conforme a los criterios establecidos, se constituirá un jurado designado por el Director Gerente de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, compuesto por:
Un presidente y entre 8 y 14 vocales designados entre personalidades del ámbito académico y universitario y/o con trayectorias profesionales relacionadas con la Unión Europea y/o el tema y prioridades de la presente convocatoria, actuando uno de los vocales como secretario.
La composición definitiva del jurado se publicará en la página web de la Fundación.
4. Tras la fase de evaluación de las solicitudes presentadas, el jurado emitirá un informe en el que se concretará el resultado de la misma, y adjuntará una relación de los solicitantes presentados, ordenados por puntuación, así como los excluidos y el motivo de exclusión.
5. El órgano instructor, a la vista del expediente y de la valoración del jurado, formulará la propuesta de resolución definitiva de concesión de las becas, que debidamente motivada se elevará al órgano competente para resolver el procedimiento. A estos efectos, el informe del jurado tendrá carácter vinculante. La propuesta de resolución irá acompañada de la relación de candidatos seleccionados para el disfrute de las becas, en la que, por orden decreciente de puntuación, se distinguirá entre candidatos seleccionados y solicitantes suplente.
6. La propuesta de resolución se notificará al interesado en la dirección de correo que éste haya comunicado, informándole de la puesta a disposición del listado provisional en la página web de la de la Fundación (www.fundacionyuste.org) (Menú: Premio Europeo Carlos V /Becas Premio Europeo Carlos V), concediéndose un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones a la dirección de correo electrónico becas@fundacionyuste.org, tras el cual, si no hay alegaciones, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
7. Examinadas por el jurado las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, si las mismas fueran relativas a la valoración efectuada, se remitirá informe de valoración al órgano instructor para que a la vista del mismo formule la propuesta de resolución definitiva.
8. La resolución del procedimiento de concesión corresponde a la persona que ostente la Presidencia de la Comisión Ejecutiva de la Fundación, previa autorización de la Secretaria General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura para que continúe con la tramitación de las becas y proceda a su concesión de conformidad con las bases reguladoras y la presente convocatoria.
9. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo máximo sin haberse comunicado la resolución de concesión, se podrá entender desestimada la solicitud.
10. La resolución del procedimiento se notificará individualmente a cada interesado. Igualmente, la resolución de concesión se publicará en la página web de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste: www.fundacionyuste.org y Diario Oficial de Extremadura conforme a lo previsto por el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11. La resolución de concesión deberá contener las personas beneficiarias de las ayudas, la puntuación de la solicitud, así como las obligaciones y compromisos adquiridos por los mismos.
12. Una vez notificada la resolución de concesión, la persona beneficiaria deberá aceptarla en el plazo máximo de 5 días hábiles transcurrido el cual sin que se haya producido manifestación expresa se entenderá tácitamente rechazada.
13. Asimismo, se publicará la relación de personas beneficiarias, así como de suplentes, con el desglose de la puntuación obtenida por cada uno de ellos, priorizada por orden de puntuación de la solicitud.
14. Las renuncias que se produzcan tras la publicación de la resolución, así como el incumplimiento de obligaciones, incapacidad sobrevenida o cualquier otra causa que implique la pérdida de la condición de personas beneficiarias, podrán dar lugar a la incorporación de una nueva persona beneficiaria, siguiendo el orden establecido en la relación de suplentes y el orden de puntuación obtenido. La resolución por la que se adjudique la ayuda a la persona beneficiaria suplente será notificada al interesado, debiendo la persona beneficiaria suplente aceptarla en los mismos términos que se establecen en el punto 12 de este mismo apartado.
15. En ejercicio de las funciones de control y demás que comporten potestades administrativas, conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la resolución que ponga fin al procedimiento de concesión será recurrible ante la persona titular de la Secretaria General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se notifique el acto, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Octava. Financiación y cuantía.
1. El importe de la presente convocatoria será financiado con cargo a los presupuestos de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste del ejercicio presupuestario 2026.
2. La cuantía de cada una de las becas es de 2.500 euros, siendo la cuantía total de la presente convocatoria de 25.000 euros.
Novena. Obligaciones de las personas beneficiarias, pago y forma de justificación.
1. Las personas beneficiarias de las ayudas de la presente convocatoria están sometidas a las obligaciones que con carácter general se establecen en el artículo 13 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, y en particular deberán, siguiendo los plazos de la presente convocatoria:
a) Enviar un esquema y un resumen de su trabajo de investigación en inglés o en español en caso de enviarse en español, deberá aportarse una copia en inglés, de no más de 8.000 caracteres (espacios incluidos).
b) Participar en la totalidad del seminario doctoral que se organizará en el Monasterio de San Jerónimo de Yuste (en Extremadura, España) en la fecha que será comunicada con suficiente antelación a los candidatos seleccionados.
c) Enviar en una de las dos lenguas de trabajo el texto íntegro de su contribución, que tendrá una extensión máxima de 50.000 caracteres (espacios y notas incluidos). El plazo de entrega, así como las normas y reglas editoriales a seguir para la publicación se indicarán a cada persona beneficiaria una vez finalizado el seminario doctoral.
d) Aceptar ser miembro de la Red Euro-Iberoamericana de Alumni de Yuste, que reúne a los investigadores que han participado en seminarios doctorales anteriores.
e) Participar en la presentación de la publicación colectiva que recogerá la versión final de todas las contribuciones de los becarios.
2. El pago se realizará siguiendo los siguientes plazos: dos quintos del total tras la resolución definitiva de la concesión de la beca, un quinto tras la celebración del Seminario Doctoral Premio Europeo Carlos V Mario Draghi en el Monasterio de San Jerónimo de Yuste, y los dos quintos restantes tras la entrega de la versión definitiva del texto de la contribución para su publicación.
3. La justificación se realizará mediante la certificación expresa de la presentación de los trabajos finales (versión definitiva), firmada por el Director Gerente de la Fundación.
4. La Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste se compromete a abonar los pagos de las becas en un plazo máximo de tres meses desde la resolución de la convocatoria.
Décima. Efectos.
La presente convocatoria producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Undécima. Reintegro de la beca concedida.
1. Procederá el reintegro total o parcial de la beca concedida, así como la exigencia del interés de demora devengado desde el momento efectivo del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
a) Ocultar o falsear datos tomados en cuenta para la concesión de la ayuda.
b) Anulación de la matrícula universitaria.
c) No finalización del trabajo de investigación o incumplimiento de alguna de las obligaciones que se detallan en la base decimotercera del Decreto 54/2018, de 8 de mayo.
d) Cualesquiera otras previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Cuando el cumplimiento por parte de la persona beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada en virtud del principio de proporcionalidad. Se considera que el cumplimiento se aproxima de modo significativo al cumplimiento total, cuando se hayan cumplido las obligaciones establecidas en el apartado a), c) y d) de la citada base decimotercera, procediéndose a efectuar el reintegro del 20 % de la cuantía total de la beca concedida en caso de incumplimiento del punto b) y del 10 % en caso de incumplimiento del punto e) de dicha base decimotercera.
3. La Secretaría General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura, será el órgano competente para revocar la subvención y exigir de la persona beneficiaria el reintegro de subvenciones cuando se aprecie la existencia de alguno de los supuestos señalados.
4. El procedimiento para la revocación y reintegro será el establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
Mérida, 30 de septiembre de 2026. El Presidente de la Comisión Ejecutiva de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, ABEL BAUTISTA MORÁN.