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RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2026, de la Secretaría General, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura del trámite de consulta pública previa, audiencia e información pública, en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización.
DOE Número: 197
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 13 de octubre de 2026
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO NATURAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 42790
Página Fin: 42791
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, y, del apartado 3 del artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los ciudadanos tienen derecho a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general.
El apartado 1 del artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos, que podrán incorporar la convocatoria de las mismas, se tramitarán por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran resultar interesados durante un plazo común de siete días naturales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, y, del apartado 3 del artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los ciudadanos tienen derecho a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general.
El apartado 1 del artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos, que podrán incorporar la convocatoria de las mismas, se tramitarán por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran resultar interesados durante un plazo común de siete días naturales.
Por tanto, una vez elaborado el proyecto de decreto por el que se modificaría el Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, y se efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
RESUELVE:
Primero. Acordar la apertura del trámite de consulta pública, audiencia e información públicapor un plazo de siete días naturales, a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto de decreto y formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas, así como para que puedan hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Segundo. El proyecto de decreto permanecerá expuesto durante los días señalados, de 10:00 a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, Paseo de Roma, s/n., de Mérida (Badajoz), para aquellas personas que deseen consultarlo.
Así mismo, el proyecto de decreto citado estará a disposición de la ciudadanía en el Punto Único de Acceso a la Información de la Junta de Extremadura, área de Transparencia, sección de Participación Ciudadana, en la dirección de internet:
https://www.juntaex.es/tuatencion/participacion
Tercero.Las alegaciones y sugerencias formuladas se podrán presentar por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la dirección de correo electrónico sia.dgpac@juntaex.es, o desde el área personalizada denominada Miespacio del Punto Único de Acceso a la información de la Junta de Extremadura en la dirección de internet:
https://www.juntaex.es
Mérida, 6 de octubre de 2026. El Secretario General, JOSÉ MARÍA GUERRERO PÉREZ.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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