MODIFICACIÓN del Extract o y Anuncio por el que se da publicidad al aumento del crédito asignado a la convocatoria de subvenciones destinadas a la integración social de menores y jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura mediante su incorporación o mantenimiento en el mercado laboral para el año 2026.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 875179
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 245, de 22 de diciembre de 2025, Resolución de 27 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan la concesión de subvenciones destinadas a la integración social de menores y jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura mediante su incorporación o mantenimiento en el mercado laboral para el año 2026, junto con su Extracto, al amparo de la Orden de 29 de febrero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la integración social de menores y jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura mediante su incorporación o mantenimiento en el mercado laboral (DOE núm. 245 de 22 de diciembre), por importe de 480.724,68 € (cuatrocientos ochenta mil setecientos veinticuatro euros con sesenta y ocho céntimos) correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ).
Los créditos aprobados inicialmente de la convocatoria son:
— Línea I:
Anualidad 2026:
110030000/G/252A /46000/CAG0000001/20150045: 33.980,00 €.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 180.028,67 €.
110030000G/252A/48000/CAG0000001/20150045: 19.756,01 €.
Anualidad 2027:
110030000/G/252A /46000/CAG0000001/20150045: 2.880,00 €.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 7.200,00 €.
110030000/G/252A/48000/CAG0000001/20150045: 1.440,00 €.
— Línea II:
Anualidad 2026:
110030000/G/252A /46000/CAG0000001/20150045: 23.760,00 €.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 146.880,00 €.
110030000/G/252A/48000/CAG0000001/20150045: 17.280,00 €.
Anualidad 2027:
110030000/G/252A /46000/CAG0000001/20150045: 2.880,00 €.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 27.360,00 €.
110030000/G/252A/48000/CAG0000001/20150045: 2.880,00 €.
Minimis agrícolas Línea I:
Anualidad 2026:
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 8.640,00 €.
Anualidad 2027:
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 1.440,00 €.
Minimis agrícolas Línea II:
Anualidad 2026:
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 2.880,00 €.
Anualidad 2027:
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 1.440,00 €.
Existiendo disponibilidades presupuestarias con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026 cargo a las aplicaciones presupuestarias 24002/G/252A/46000/CAG0000001/, 24002/G/252A/47000/CAG0000001 y 24002/G/252A /48000/CAG0000001/ Programa de Financiación: 20150045, esta Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia propone un aumento de la convocatoria en la aplicación 24002/G/252A/47000/CAG0000001 en la Línea I.
Conforme a lo anterior, se procede a la modificación de la Resolución de 27 de noviembre de 2025 en el siguiente apartado:
Decimoprimero. Crédito y financiación de la ayuda:
El importe de los créditos previstos para la presente convocatoria asciende a un total de 576.869,58 € (quinientos setenta y seis mil ochocientos sesenta y nueve euros con cincuenta y ocho céntimos) imputable al Centro Gestor 110030000, Aplicación Presupuestaria G/252A/46000, G/252A/47000 G/252A/48000, Programa de Financiación: 20150045 (Ayudas en materia de Inserción Sociolaboral de jóvenes que pertenezcan o hayan pertenecido al sistema de protección de menores), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, conforme el siguiente detalle:
— Línea I:
Anualidad 2026:
110030000/G/252A /46000/CAG0000001/20150045: 33.980,00 €.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 252.678,17€
110030000G/252A/48000/CAG0000001/20150045: 19.756,01 €.
Anualidad 2027:
110030000/G/252A /46000/CAG0000001/20150045: 2.880,00 €.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 30.695,40€
110030000/G/252A/48000/CAG0000001/20150045: 1.440,00 €.
— Línea II:
Anualidad 2026:
110030000/G/252A /46000/CAG0000001/20150045: 23.760,00 €.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 146.880,00 €.
110030000/G/252A/48000/CAG0000001/20150045: 17.280,00 €.
Anualidad 2027:
110030000/G/252A /46000/CAG0000001/20150045: 2.880,00 €.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 27.360,00 €.
110030000/G/252A/48000/CAG0000001/20150045: 2.880,00 €.
— Minimis agrícolas Línea I:
Anualidad 2026.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 8.640,00 €.
Anualidad 2027.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 1.440,00 €.
— Minimis agrícolas Línea II:
Anualidad 2026.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045:2.880,00 €.
Anualidad 2027.
110030000/G/252A/47000/CAG0000001/20150045: 1.440,00 € .
Mérida, 6 de octubre de 2026.
El Secretario General,
FERNANDO JOSÉ GUERRERO MORENO