MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución de la Junta Directiva de la Asociación para el Desarrollo de Monfragüe y su entorno de la I convocatoria de ayudas en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos productivos de acciones de inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
DOE Número: 202
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 20 de octubre de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Desarrollo rural. Ayudas.
Página Inicio: 43644
Página Fin: 43645
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 884265
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ).
El extracto aprobado inicialmente en referencia a esta convocatoria, publicado el 6 de febrero de 2026, DOE n.º 25 y que es objeto de modificación a través del presente, recogía que el crédito aprobado era:
— 700.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Según lo referido en el Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027, que establece en su artículo 28.5 ... Asimismo, podrá incrementarse la cuantía asignada a la convocatoria, en cualquiera de sus procedimientos, como consecuencia de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido autorizados por el órgano directivo con competencias en materia de desarrollo rural antes de resolver la concesión de las ayudas, con los límites establecidos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura .
Aprobado por la Junta Directiva del GAL ADEME de fecha 15 de septiembre de 2026, un aumento del crédito en trescientos mil euros (300.000 euros) y, tras su autorización por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural con fecha 28 de septiembre de 2026, se procede a la modificación del extracto de fecha 6 de febrero de 2026 en el siguiente apartado:
Apartado cuarto. Cuantía , quedará redactado de la siguiente manera.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 1.000.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hasta el 60 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de 200.000 € por proyecto .
Mérida, 1 de octubre de 2026.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ