RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda del Convenio Interadministrativo suscrito entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para "La modificación, revisión y mantenimiento de la Red Spida en Extremadura. Anualidades 2024-2027". RCN202600286.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 7 de octubre de 2026, la Adenda del Convenio Interadministrativo suscrito entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para La modificación, revisión y mantenimiento de la Red Spida en Extremadura. Anualidades 2024-2027 . RCN202600286, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 14 de octubre de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO SUSCRITO ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIALOGO SOCIAL Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN, LABORATORIO DE RADIACTIVIDAD AMBIENTAL, LARUEX, PARA LA MODIFICACIÓN, REVISIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA RED SPIDA EN EXTREMADURA. ANUALIDADES 2024-2027 .
Mérida, 7 de octubre de 2026.
REUNIDOS
De una parte, D. David González Gil, Secretario General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura, nombrado por Decreto 28/2026, de 5 de mayo (DOE n.º. 85 de 6 de mayo de 2026), que interviene en nombre y representación de dicha Vicepresidencia y Consejería en virtud de la delegación de firma otorgada por Resolución de 7 de mayo de 2026, del Vicepresidente y Consejero, por la que se delegan competencias en diversas materias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General y otros órganos administrativos de la Vicepresidencia y Consejería (DOE n.º. 87, de 8 de mayo de 2026).
De otra parte, D. Pedro María Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto 166/2022, de 30 de diciembre (DOE núm. 9, de 13 de enero de 2023), actuando en nombre y representación de esta, de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 93.h) de los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo.
La celebración de la presente Adenda al Convenio ha sido autorizada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 15 de septiembre de 2026 y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura celebrado el día 28 de julio de 2026.
Intervienen ambos en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción de la presente Adenda al Convenio y, al efecto
EXPONEN
Primero. Con fecha 10 de junio de 2024 se firmó Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la Modificación, Revisión y Mantenimiento de la Red SPIDA en Extremadura. Anualidades 2024-2027 .
Segundo. Con fecha 25 de junio de 2024 se acuerda en Comisión Mixta de Seguimiento la modificación del Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la Modificación, Revisión y Mantenimiento de la Red SPIDA en Extremadura. Anualidades 2024-2027 , con el fin de adecuar los conceptos de gasto a lo previsto en la memoria económica, así como de ajustar la temporalización de las actuaciones y el régimen de justificación establecido en el convenio, entre otras cuestiones.
Tercero. En la cláusula Octava del Convenio antes citado: Modificación, Extinción y Resolución, se dispone: El presente convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre las partes, de manera expresa, siempre y cuando no modifique el objeto de lo convenido, por así convenir a los intereses institucionales, previo informe que sustente tal acto y acuerdo de la Comisión Mixta de Seguimiento, que deberá ser adoptado, antes del vencimiento del plazo de ejecución inicialmente previsto y refrendado por los firmantes del convenio mediante la suscripción del respectivo convenio modificatorio .
Cuarto. Con fecha 15 de julio de 2026, previa convocatoria y de conformidad con lo establecido en la cláusula novena del Convenio Interadministrativo suscrito entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, a través del Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental (LARUEX), para la ejecución del proyecto Modificación, revisión y mantenimiento de la Red SPIDA en Extremadura. Anualidades 2024-2027 , se reunió la Comisión de Seguimiento prevista en dicho convenio al objeto de examinar y aprobar el borrador de una adenda al mismo, de acuerdo con lo dispuesto en su cláusula octava y a la vista del correspondiente informe justificativo que sirve de fundamento a los acuerdos adoptados por la Comisión.
Quinto. Que ambas instituciones están interesadas en continuar colaborando en el desarrollo de las inversiones previstas en el Programa de Extremadura FEDER 2021-2027 OP 2. Una Europa más verde, baja en carbono, en transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente, promoviendo una transición energética limpia y equitativa, la inversión verde y azul, la economía circular, la mitigación y adaptación al cambio climático, la prevención y gestión de riesgos y la movilidad urbana sostenible / objetivo específico RSO2.4 Favorecer la adaptación al cambio climático y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas / Prioridad de inversión P2A. Transición verde , código 058.
Medidas de adaptación al cambio climático y prevención y gestión de riesgos relacionados con el clima: inundaciones y deslizamientos de terreno (incluidas las acciones de sensibilización, la protección civil, los sistemas e infraestructuras de gestión de catástrofes y los enfoques ecosistémicos) para recibir ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Comunidad Autónoma de Extremadura en España, en su objetivo de prevención y gestión de riesgos, con el fin de mejorar la respuesta y actuación del sistema de protección civil y emergencia para su gestión, invirtiendo en redes automáticas de alerta temprana para la gestión de riesgos naturales.
En el ámbito de la cooperación, colaboración y coordinación entre las distintas Administraciones Públicas, configurados en el artículo 54, en relación con el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, como principios rectores de la actuación entre las Administraciones Públicas y, de conformidad con lo establecido en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015 citada y 49, 50 y 53 de la Ley 1/2002, también citada, las partes intervinientes muestran su conformidad e interés en suscribir la presente adenda, en base a los siguientes:
ACUERDOS
Primero. Objeto.
La presente Adenda tiene por objeto la modificación del Convenio Interadministrativo suscrito entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para La modificación, revisión y mantenimiento de la Red SPIDA en Extremadura. Anualidades 2024-2027 .
Segundo. Modificación del convenio.
En concreto se modifica el clausulado del convenio en los términos siguientes:
Uno. Se modifica la cláusula segunda referida a las actuaciones, que quedará redactada de la siguiente manera:
Para la consecución de estos objetivos se contempla la realización de las siguientes actuaciones:
1. La gestión y el mantenimiento de la Red SPIDA.
2. Ampliación de la Red SPIDA.
3. Actualizar el software de gestión de alerta y aviso de la Red SPIDA.
4. Monitorizar la red completa SPIDA con el fin de generar alertas que permitan reducir el efecto de las posibles afecciones de una inundación.
Dos. En la cláusula tercera. Obligaciones y compromisos de las partes, su apartado 2, quedará redactado de la forma siguiente:
La Universidad de Extremadura, a través del Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental de la Universidad de Extremadura, LARUEX, se compromete a realizar las actuaciones que se describen con detalle en la memoria técnica y económica y que se indican resumidamente a continuación:
a) Revisión y mantenimiento de la red SPIDA. Revisión de la operatividad y funcionamiento de cada uno de los sensores de forma continuada mientras esté en vigor el convenio.
b) Ampliación de la red SPIDA. Actualmente se están instalando 14 nuevas estaciones, que forman parte del contrato de dos lotes de suministro por parte de la empresa ARANTECH, el lote 1 fue certificado en diciembre de 2025 y el lote 2 está siendo ejecutado actualmente. Además, a lo largo de las anualidades 2026/2027 se prevé la instalación de otras 5 estaciones más en la CA de Extremadura, que serían incluidas en el mismo.
En el contrato en vigor están contempladas las siguientes estaciones (la mayoría de ellas ya instaladas).
En la demarcación de la CHT:
— Baños de Montemayor.
— Jerte.
— Mohedas de Granadilla.
— Navalmoral de la Mata.
— Plasencia.
— Montehermoso (pte de instalar).
— Zarza de Granadilla.
En la demarcación de la CHG:
— Don Benito.
— Madrigalejo.
— Medellín.
— Puebla de la Calzada.
— Alburquerque (pte de instalar).
— Gévora (pte de instalar).
— Villanueva de la Serena (pte de instalar).
Para las anualidades 2026 y 2027, está prevista la ejecución de cinco nuevas estaciones SPIDA. La ubicación definitiva de dichas estaciones se determinará en los próximos meses.
c) Integración con la información de los Sistemas Automáticos de Información Hidrológica (SAIHs) de las Confederaciones. Se obtendrán los valores proporcionados por las Confederaciones Hidrográficas del Tajo y del Guadiana en tiempo real que permitan aportar datos a la Red SPIDA o complementarla allá donde no haya estaciones.
d) Calibración de los sensores. Con el uso conjunto de datos reales de afección, pluviómetros y sensores de nivel de cauce se realizará una calibración continua de los umbrales de alerta de cada estación para adecuar la información recibida por los sensores sin que se produzcan subestimaciones de avenidas o alertas ficticias.
e) Mejora del Software de visualización de datos Web. Se actualizará el visualizador web de la actual red SPIDA para permitir la inclusión de los sensores adicionales que amplíen la red.
f) Acceso a los datos registrados por las estaciones. La SGIEPC tendrá acceso en todo momento al registro de todos los valores obtenidos por cada uno de los sensores de cada estación en tiempo real. Siendo, además, esta información almacenada y transmitida con periodicidad mensual.
Tres. La cláusula cuarta, los apartados C y D quedan redactados de la siguiente forma:
C. Año 2026, las justificaciones correspondientes a las certificaciones de los gastos efectuados desde el 1 de diciembre de 2025 a 30 de noviembre de 2026, se tendrán que presentar antes del 5 de diciembre de 2026.
D. Año 2027, las justificaciones correspondientes a las certificaciones de los gastos efectuados desde el 1 de diciembre de 2026 a 30 de noviembre de 2027 se tendrán que presentar antes del 5 de diciembre de 2027.
Para los gastos ejecutados en 2026 cuyo pago no pueda acreditarse dentro del plazo de justificación de dicha anualidad, podrán justificarse con cargo a la anualidad 2027 siempre que cumplan los requisitos de elegibilidad establecidos. No obstante, para el ejercicio 2027, al tratarse del último año de vigencia del convenio, tanto el gasto como su correspondiente pago deberán realizarse dentro del periodo elegible.
Los remanentes no ejecutados al finalizar un ejercicio, no podrán ser objeto de incorporación al ejercicio inmediato posterior.
Las justificaciones anuales de las actuaciones previstas en el presente Convenio se realizarán siguiendo las directrices que contiene el Anexo I Memoria Técnico-Económica .
Cuatro. El Anexo I Memoria Técnico-Económica , quedará redactado de la forma siguiente: