EXTRACTO de la Resolución de 15 de octubre de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 937046
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de las ayudas dirigidas a profesionales en ganadería para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
El objeto es establecer una ayuda para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
Segundo. Beneficiarias.
Ostentarán la condición de beneficiarias las personas físicas o jurídicas, titulares de los caballos y/o yeguas que cumplan lo dispuesto en el apartado décimo de la resolución de convocatoria para ser considerados conceptos subvencionables.
Tercero. Bases reguladoras.
Las subvenciones se establecen por las bases reguladoras del Decreto 126/2024, de 8 de octubre, de ayudas para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan ayudas para el ejercicio 2024 (DOE n.º 213, de 31 de octubre).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000 CAG0000001, proyecto 20180106 Actuaciones del Plan Estratégico Equino , con una dotación inicial para la anualidad 2026 de setenta y cinco mil euros (75.000,00 euros).
Las ayudas están financiadas con cargo a los créditos consignados en la Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026 (DOE núm. 149, de 4 de agosto de 2026).
La ayuda consistirá en la percepción económica de 5.000 euros por parte del titular de cada uno de los productos que hayan resultado beneficiarios.
La asignación económica máxima fijada para cada línea de ayuda será de 15.000,00 euros, o la que resulte de añadir el sobrante de otras líneas a estos importes máximos, siempre que se cumpla lo establecido en el artículo 7.3 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 10 días hábiles computados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 15 de octubre de 2026.
El Secretario General,
JOSÉ MARÍA GUERRERO PÉREZ